La ministra de Seguridad indicó que los agentes no tendrán armas de fuego al momento de desalojar una manifestación programada.
Apenas entre cinco y diez minutos. Ese será el tiempo de tolerancia que las fuerzas de seguridad tendrán con los manifestantes que corten calles o rutas antes de desalojarlos, sin necesidad de mediar una orden judicial.
Así lo indicó esta mañana la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que en varias entrevistas radiales aportó detalles sobre el protocolo antipiquetes que se anunció ayer en Bariloche, justo cuando la organización Tupac Amaru realizaba 200 cortes en todo el país.
«Si no se van en 5 o 10 minutos, los vamos a sacar», dijo la funcionaria macrista en diálogo con radio La Red. «Si no se retiran se procederá a liberar la calle. Las fuerzas de seguridad podrán actuar de manera inmediata», apuntó la ministra, en declaraciones reproducidas por La Nación.
Bullrich indicó que los agentes no tendrán armas de fuego cuando procedan a desalojar una protesta que había sido avisada con antelación. Caso contrario sucederá cuando el piquete o el corte de calle ocurra de manera intempestiva.
«Si sabemos que van a cortar la Panamericana, la primera linea de agentes tendrán armas no letales», ejemplificó Bullrich. «Habrá un uso mínimo de las violencia legítima, pero sin armas de fuego», agregó.
Bullrich también adelantó que se secuestrarán los elementos contundentes que tengan los manifestantes a la hora de manifestarse, e incluyó entre ellos a «las capuchas».
«A quienes protesten con capuchas y palos se les van a secuestrar los elementos contundentes. Y si se niegan se los va a detener», señaló la ministra.
El «Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas» se aplicará mediante una simple resolución del Ministerio de Seguridad. Esa norma estableció que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires adecuarán el protocolo a sus características, a sus códigos contravencionales y de procedimientos y establecerán el momento para dar intervención a la justicia.
Como elemento punitivo, a los manifestantes se les advertirá que ante un corte se les aplicará las penas del artículo 194 del Código Penal o las contravenciones previstas en cada jurisdicción. El artículo 194 establece que «será reprimido con prisión de tres meses a dos años» el que «impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas».
El texto indica que «las instrucciones de la autoridad policial se harán por medio de frases cortas y claras» y que los uniformados «no deberán reaccionar ante provocaciones verbales o gestuales de algunos manifestantes».
El protocolo para evitar piquetes se anunció ayer en la reunión del Consejo de Seguridad Interior, en Bariloche. Se establece allí que las fuerzas de seguridad darán aviso al Ministerio del área, luego a la Justicia e instarán a los manifestantes a deponer los bloqueos, luego de lo cual intervendrán para desalojarlos y disolver la protesta.
El «Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas» se aplicará mediante una simple resolución del Ministerio de Seguridad, cuyo texto fue difundido ayer. Esa norma estableció que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires adecuarán el protocolo a sus características, a sus códigos contravencionales y de procedimientos y establecerán el momento para dar intervención a la justicia.
El protocolo ordenará que, ante una protesta «espontánea» o «programada» con cortes de ruta, las fuerzas de seguridad (Gendarmería, Policía Federal o Prefectura) comunicarán la situación al ministerio de Seguridad nacional o a los ministerios provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires, según la jurisdicción.
Luego de ello «se establecerá un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la justicia». Ante un resultado positivo o negativo, el jefe del operativo «impartirá la orden a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz», de que «los manifestantes deben desistir de cortar las vías de circulación de tránsito, retirarse y ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales, garantizando siempre la libre circulación».
Como elemento punitivo, se les advertirá que ante un incumplimiento se les aplicará las penas del artículo 194 del Código Penal o las contravenciones previstas en cada jurisdicción. El artículo 194 establece que «será reprimido con prisión de tres meses a dos años» el que «impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas».
En caso de que los manifestantes no acaten la orden, «se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación».
Tambien el Protocolo ordena que las fuerzas de seguridad federales y provinciales «deben garantizar la libre circulación de personas y bienes, sea en calles, avenidas, autopistas, rutas nacionales, corredores de transporte público y de los principales accesos y avenidas centrales de los ejidos urbanos y rurales».
Dispone también que las fuerzas definen «con criterio objetivo la táctica a utilizar, con atención preferencial de personas que requieran una protección especial de sus derechos, tales como niños, adolescentes, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidad».
Patricia Bullrich afirmó que el protocolo fue aprobado por el 80% de las provincias y que «se busca establecer un nuevo paradigma, que genere cierto orden en la sociedad».
El texto indica que «las instrucciones de la autoridad policial se harán por medio de frases cortas y claras» y que los uniformados «no deberán reaccionar ante provocaciones verbales o gestuales de algunos manifestantes».
Una vez liberadas las rutas, el Ministerio de Seguridad o las autoridades provinciales instruirán a los funcionarios pertinentes de las demandas de los manifestantes para establecer una negociación para canalizar los reclamos. Luego de ello se deberá labrar un acta de todos los participantes.
Si hubiere detenidos, se les informará el motivo de su detención, se dará lectura de sus derechos y se procederá a su inmediato traslado para ser puestos a disposición de la justicia.
El protocolo aclara que «el uso de la fuerza debe limitarse siempre al mínimo posible». El uso de la fuerza debe respetar los principios de «legalidad, oportunidad, último recurso frente a una resistencia o amenaza, y gradualidad».