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Aprueban capacitación a municipales sobre Derechos Humanos y Perspectiva de Género

28 octubre, 2016
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La ordenanza de la concejala Alba Fernández crea el «Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia” en la órbita del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa.

La concejala humanista en el Frente Pampeano para la Victoria (FPV), Alba Fernández, presentó una ordenanza para que se implemente una capacitación a todos los empleados municipales sobre Derechos Humanos, Perspectiva de Gènero y No Violencia.

La misma fue aprobada por unanimidad el pasado jueves en la sesión correspondiente.

El texto plantea que se extienda la capacitación en Derechos Humanos a todas las esferas administrativas del Estado es un pedido que la ONU subrayara el año pasado.

Entre sus fundamentos, la norma plantea que “bajo un enfoque de Derechos Humanos, los Estados están obligados a proporcionar leyes, marcos regulatorios, programas y políticas que fortalecerán la capacidad de los hogares para manejar los riesgos y mejorar sus estándares de vida y que los Estados deben respetar los derechos humanos (es decir no violarlos) y proporcionar protección contra las violaciones por terceros.”

“Atendiendo a estas premisas, reafirmamos enfáticamente que existe actualmente desigualdad entre las mujeres y los varones y que ha existido a lo largo de la historia y que cada uno/a de nosotros/as puede dar cuenta, desde su lugar en la sociedad, de innumerables situaciones donde se pone en evidencia y se reproduce la subordinación de género”, sostiene.
“La perspectiva de género es un tipo de mirada que apunta a investigar, revisar, interrogar y analizar los roles, los espacios y los atributos socialmente asignados tanto a las mujeres como a los varones, haciendo foco en las marcadas desigualdades que observamos entre ellos”.

La ordenanza crea el «Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia” en la órbita del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa.

El Plan creado en el Artículo 1 será estructurado, organizado, proyectado y desarrollado por personal capacitado en DD.HH, Perspectiva de Género y No Violencia del que disponga el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Educación, Cultura, Turismo y Empleo.

En su defecto, podrá también organizar dichas capacitaciones con el apoyo de organismos y/o intituciones que posean cátedras especializadas en DDHH, Perspectiva de Género y No Violencia.

También pone un plazo de 60 días al Departamento Ejecutivo para su reglamentación.

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