
La iniciativa incluye modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo, a la formalización del empleo, licencias por enfermedad y vacaciones anuales, reforma tributaria e incentivos a la inversión.
En la práctica, elimina el sistema actual de vacaciones, el derecho a huelga, considera prestadores de servicios a monotributistas negreados por sus patrones o a trabajadores de las aplicaciones de mensajería y cadetería y, como hizo en dos años de gestión, obliga a las provincias a hacer el ajuste de su gobierno nacional.
El jueves 19 de febrero, la Cámara de Diputados tratará el proyecto de Reforma Laboral y más allá de la modificación del artículo 44 que en la actualidad no contempla a trabajadores que padecen enfermedades graves y plantea descuentos del 50% de sus haberes, plantea otras modificaciones que afectan derechos adquiridos y avalados por la Constitución Nacional.
El texto reúne una batería de modificaciones estructurales que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo hasta cambios en la justicia laboral, incentivos fiscales y un régimen especial para medianas inversiones.
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En el capítulo de modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, la iniciativa introduce cambios profundos en las relaciones laborales, con mayor flexibilidad en la contratación y una redefinición del esquema indemnizatorio. En materia salarial, se establece que los pagos deberán realizarse por medios bancarios, se incorpora el concepto de «salario dinámico» acordado en convenios y se excluyen de la base de cálculo indemnizatoria conceptos como aguinaldo, premios o bonos. Además, se fija un tope vinculado al convenio colectivo y se habilita la posibilidad de compensar indemnizaciones con pagos ya efectuados.
Uno de los puntos centrales es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que podrán constituirse con aportes patronales para cubrir eventuales despidos, modificando el sistema tradicional.
Se trata de una suerte de AFJP de los ’90, que habilita un gran negocio para quienes se encarguen de la administración de los fondos y desfinancia las cajas jubilatorias, ya que el aporte patronal que iba a ANSES irá a FAL.
También se regulan vacaciones -con posibilidad de fraccionamiento- y se habilita la ampliación de la jornada laboral hasta 12 horas diarias, respetando el descanso semanal, junto con la implementación del banco de horas para compensar extras con francos.
El proyecto redefine además el régimen de enfermedades y accidentes de trabajo, estableciendo que, si el hecho es ajeno a las tareas laborales, el trabajador percibirá el 50% del salario básico durante los primeros meses y el 75% en determinados supuestos.
En resumen, se pone fin a la obligación de licenciar al personal en el período de receso escolar y se deja sin cobertura total a las personas que se enferman.
En paralelo, mantiene la cuota sindical obligatoria y ratifica la prioridad de los convenios de empresa por sobre los sectoriales en ciertos aspectos.
Nada de paros
En relación con el derecho de huelga, la reforma elimina la posibilidad de hacer paro en la gran mayoría de las actividades, ya que obliga a prestaciones mínimas obligatorias -con cobertura de hasta el 75% del servicio- y porcentajes en servicios trascendentales.
En la actualidad, rige esa obligación para algunas actividades como la Salud, pero la reforma amplía la prohibición de hacer huelga a la gran mayoría de las actividades laborales. Incluye, con énfasis, a la Educación.
Nada para las y los cadetes de las aplicaciones.
Los trabajadores de las plataformas digitales, que votaron a Javier Milei con la esperanza de mejorar su situación, se van con las manos vacías.
La ley que tiene media sanción del Senado crea una nueva categoría que no los considera trabajadores, ya que los define como independientes y establece que no habrá relación de dependencia tradicional. Asimismo, mantiene la derogación de varios estatutos profesionales históricos, aunque con un plazo transitorio para su aplicación.
Solo crea incentivos fiscales para que las empresas contraten más barato.
En el eje que apunta a la formalización y creación del empleo, perdona a quienes negrearon y se crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) y un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con reducción de contribuciones patronales y beneficios fiscales por tiempo determinado, bajo condiciones específicas.

En el plano judicial, la iniciativa impulsa cambios en la Justicia Nacional del Trabajo, con el objetivo de acelerar el traspaso a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires bajo el supuesto argumento de la existencia de una industria del juicio.
Se establece que los acuerdos homologados tendrán efecto de cosa juzgada y se introducen límites a honorarios e intereses. También se mantiene la vigencia de la justicia laboral nacional hasta que se concrete el traspaso definitivo.
Provincias
Como lo hizo en los dos años de gobierno, Milei le hace pagar el ajuste a las provincias. Primero les recortó los fondos que les correspondían, acrecentó la deuda de Nación con provincias como La Pampa, que no transfirieron la caja jubilatoria y el Estado argentino debía financiar.
El proyecto incorpora además un capítulo de reforma tributaria, que incluye reducción de impuestos internos, eliminación de gravámenes a determinados productos y cambios en el financiamiento del INCAA. Finalmente, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que prevé amortización acelerada, devolución anticipada del IVA y beneficios en Ganancias para inversiones productivas de entre US$150.000 y US$9 millones. (Redacción Plan B, con información de Identidad Sindical).

