{"id":185882,"date":"2019-08-16T08:17:53","date_gmt":"2019-08-16T11:17:53","guid":{"rendered":"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=185882"},"modified":"2019-08-16T08:22:34","modified_gmt":"2019-08-16T11:22:34","slug":"oficial-via-dnu-gobierno-congelo-por-90-dias-el-precio-de-las-naftas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2019\/08\/16\/oficial-via-dnu-gobierno-congelo-por-90-dias-el-precio-de-las-naftas\/","title":{"rendered":"Oficial: v\u00eda DNU, Gobierno congel\u00f3 por 90 d\u00edas el precio de las naftas"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-185752\" src=\"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/macri-1.jpg\" alt=\"\" width=\"937\" height=\"460\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/macri-1.jpg 937w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/macri-1-300x147.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/macri-1-768x377.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/macri-1-585x287.jpg 585w\" sizes=\"(max-width: 937px) 100vw, 937px\" \/><\/p>\n<p>En el marco de las medidas anunciadas para atenuar el impacto de la devaluaci\u00f3n, el Ejecutivo determin\u00f3 que desde el 9 de agosto y por 90 d\u00edas los precios de las naftas no tendr\u00e1n modificaciones.<\/p>\n<p>El Gobierno congel\u00f3 por 90 d\u00edas el precio de las naftas, una decisi\u00f3n enmarcada dentro del paquete de medidas anunciadas esta semana tras la derrota electoral de Mauricio Macri y el derrape financiero que hizo hundir a los mercados y dispar\u00f3 el d\u00f3lar a ubicarse con vaivenes cerca de los $60.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/\"><\/script><br \/>\n<!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><br \/>\n<ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 320px; height: 100px;\" data-ad-client=\"ca-pub-7250018434179914\" data-ad-slot=\"1040343543\"><\/ins><br \/>\n<script>\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n<\/script><\/p>\n<p>A trav\u00e9s de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado este viernes en el Bolet\u00edn Oficial, el Poder Ejecutivo formaliz\u00f3 la medida que establece que \u201clas entregas de petr\u00f3leo crudo efectuadas en el mercado local durante los 90 d\u00edas corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida deber\u00e1n ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al d\u00eda 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de cuarenta y cinco pesos con diecinueve centavos por d\u00f3lar estadounidense ($45,19\/USD) y un precio de referencia BRENT de cincuenta y nueve d\u00f3lares por barril (u$s59\/bbl).<\/p>\n<p>Asimismo, el decreto dicta en su art\u00edculo 2 que \u201cel precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y\/o los expendedores mayoristas y\/o minoristas, en todos los canales de venta, durante los 90 d\u00edas corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, no podr\u00e1 ser superior al precio vigente al d\u00eda 9 de agosto de 2019\u201d.<\/p>\n<p>De esta forma, y tras el fracaso en la negociaci\u00f3n con las petroleras, el Gobierno congel\u00f3 los precios de los combustibles bas\u00e1ndose en la ley 26.741 de \u201cSoberan\u00eda Hidrocarbur\u00edfera\u201d, y no en la de Abastecimiento, como se desliz\u00f3 ayer en principio y luego se descart\u00f3.<\/p>\n<p><strong>El decreto completo, consigna lo siguiente:<\/strong><\/p>\n<p>Decreto 566\/2019<\/p>\n<p>DNU-2019-566-APN-PTE &#8211; Disposiciones.<\/p>\n<p>Ciudad de Buenos Aires, 15\/08\/2019<\/p>\n<p>VISTO el Expediente N\u00b0 EX-2019-73146805- -APN-DGDOMEN#MHA y la Ley N\u00b0 26.741, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que en el art\u00edculo 42 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL se establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relaci\u00f3n de consumo, a la protecci\u00f3n de su salud, seguridad e intereses econ\u00f3micos, a una informaci\u00f3n adecuada y veraz, a la libertad de elecci\u00f3n y a condiciones de trato equitativo y digno.<\/p>\n<p>Que esa disposici\u00f3n de la Carta Magna ordena a las autoridades proveer a la protecci\u00f3n de tales derechos.<\/p>\n<p>Que, en ese marco, en el inciso g del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley N\u00b0 26.741 se establece, como un principio de la pol\u00edtica hidrocarbur\u00edfera de la Rep\u00fablica Argentina, la protecci\u00f3n de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos.<\/p>\n<p>Que desde principios de 2019 el Poder Ejecutivo Nacional moriger\u00f3, a trav\u00e9s de los Decretos Nros. 167 del 1\u00ba de marzo de 2019, 381 del 28 de mayo de 2019, 441 del 28 de junio de 2019 y 531 del 31 de julio de 2019, el impacto de la actualizaci\u00f3n del impuesto sobre los combustibles l\u00edquidos y pospuso una parte sustancial del incremento del impuesto.<\/p>\n<p>Que ante la magnitud de los recientes acontecimientos econ\u00f3mico financieros desencadenados, de p\u00fablico conocimiento, es obligaci\u00f3n del Poder Ejecutivo Nacional utilizar los instrumentos a su alcance y adoptar las medidas espec\u00edficas necesarias para proteger a los consumidores.<\/p>\n<p>Que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACI\u00d3N afirm\u00f3 que cuando una situaci\u00f3n de crisis o de necesidad p\u00fablica exige la adopci\u00f3n de medidas tendientes a salvaguardar los intereses generales se pueden regular, con mayor intensidad, los derechos y obligaciones emergentes de las relaciones entre particulares.<\/p>\n<p>Que la situaci\u00f3n econ\u00f3mica vigente permite avizorar aumentos sustanciales en el precio del petr\u00f3leo crudo y de los combustibles l\u00edquidos en el mercado local, causando efectos perjudiciales para los diferentes sectores de la econom\u00eda.<\/p>\n<p>Que, asimismo, resulta indispensable preservar el abastecimiento de combustibles l\u00edquidos, ya que con ellos se satisfacen necesidades b\u00e1sicas de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que tambi\u00e9n resulta prioritario para la poblaci\u00f3n tener asegurados precios razonables de los hidrocarburos y sus derivados en todo el territorio nacional, evitando, de esta forma, el quiebre de la proporcionalidad con la realidad econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Que, dada la abrupta variaci\u00f3n reciente del tipo de cambio y el contexto econ\u00f3mico y social imperante, se considera necesario asegurar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno a un precio estable por un per\u00edodo de NOVENTA (90) d\u00edas.<\/p>\n<p>Que en ese marco es necesario adoptar medidas urgentes y transitorias que permitan atender eficazmente la situaci\u00f3n descripta y asegurar la paz social.<\/p>\n<p>Que esta medida se enmarca dentro de los par\u00e1metros de razonabilidad a que se refiere el m\u00e1ximo Tribunal respetando un adecuado equilibrio entre el derecho de los agentes del sector hidrocarbur\u00edfero involucrados y los derechos de los consumidores.<\/p>\n<p>Que la naturaleza excepcional de las situaciones planteadas hace imposible seguir los tr\u00e1mites ordinarios previstos en la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL para la sanci\u00f3n de las leyes.<\/p>\n<p>Que las \u00e1reas t\u00e9cnicas competentes han tomado debida intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que el servicio jur\u00eddico permanente de la SECRETAR\u00cdA DE GOBIERNO DE ENERG\u00cdA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervenci\u00f3n que le compete.<\/p>\n<p>Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del art\u00edculo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL.<\/p>\n<p>Por ello,<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DE LA NACI\u00d3N ARGENTINA,<\/p>\n<p>EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00b0.- Establecer que las entregas de petr\u00f3leo crudo efectuadas en el mercado local durante los NOVENTA (90) d\u00edas corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida deber\u00e1n ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al d\u00eda 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de cuarenta y cinco pesos con diecinueve centavos por d\u00f3lar estadounidense ($ 45,19\/USD) y un precio de referencia BRENT de cincuenta y nueve d\u00f3lares por barril (USD 59\/bbl).<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00b0.- Establecer que el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y\/o los expendedores mayoristas y\/o minoristas, en todos los canales de venta, durante los NOVENTA (90) d\u00edas corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, no podr\u00e1 ser superior al precio vigente al d\u00eda 9 de agosto de 2019.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba.- Durante el per\u00edodo alcanzado por esta medida, las empresas refinadoras y\/o los expendedores mayoristas y\/o minoristas deber\u00e1n cubrir, a los precios establecidos en este decreto, el total de la demanda nacional de combustibles l\u00edquidos, de conformidad con los vol\u00famenes que les sean requeridos a partir de las pr\u00e1cticas usuales de mercado, proveyendo de manera habitual y continua a todas y cada una de las zonas que integran el territorio de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba.- Las empresas productoras de hidrocarburos deber\u00e1n cubrir el total de la demanda de petr\u00f3leo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales, proveyendo de manera habitual y continua a todas las refiner\u00edas ubicadas en el territorio de la Rep\u00fablica Argentina para la adecuada satisfacci\u00f3n de las necesidades internas.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5\u00b0.- La comercializaci\u00f3n de los combustibles deber\u00e1 realizarse en un todo de acuerdo con las calidades, tipos y dem\u00e1s requisitos establecidos por la normativa vigente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00b0.- La presente medida comenzar\u00e1 a regir a partir del d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7\u00b0.- D\u00e9se cuenta a la COMISI\u00d3N BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACI\u00d3N.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 8\u00b0.- Comun\u00edquese, publ\u00edquese, dese a la Direcci\u00f3n Nacional de Registro Oficial y arch\u00edvese. MACRI &#8211; Marcos Pe\u00f1a &#8211; Rogelio Frigerio &#8211; Nicolas Dujovne &#8211; Germ\u00e1n Carlos Garavano &#8211; Patricia Bullrich &#8211; Jorge Marcelo Faurie &#8211; Oscar Ra\u00fal Aguad &#8211; Carolina Stanley &#8211; Guillermo Javier Dietrich &#8211; Dante Sica &#8211; Alejandro Finocchiaro &#8211; Luis Miguel Etchevehere<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de las medidas anunciadas para atenuar el impacto de la devaluaci\u00f3n, el Ejecutivo determin\u00f3 que desde el 9 de agosto y por 90 d\u00edas los precios de&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-185882","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-pais"],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185882","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=185882"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185882\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":185887,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/185882\/revisions\/185887"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=185882"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=185882"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=185882"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}