{"id":231585,"date":"2020-07-30T12:47:00","date_gmt":"2020-07-30T15:47:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=231585"},"modified":"2020-07-30T13:35:34","modified_gmt":"2020-07-30T16:35:34","slug":"declararon-a-olery-y-martines-como-autores-del-asesinato-de-felisa-acevedo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2020\/07\/30\/declararon-a-olery-y-martines-como-autores-del-asesinato-de-felisa-acevedo\/","title":{"rendered":"Declararon a O&#8217;Lery y Martines como autores del asesinato de Felisa Acevedo"},"content":{"rendered":"<p class=\"Normal\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full\" src=\"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Martines-2.jpg\" width=\"1000\" height=\"750\" \/><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Los jueces dictaminaron que ambos la asesinaron. La pena se dar\u00e1 a conocer en otra audiencia, dentro de unos d\u00edas.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Este jueves, la Audiencia de Juicio de Santa Rosa declar\u00f3\u00a0 a Pablo Daniel O\u00b4Lery y Melody Cecilia Martines, como autores materiales y penalmente responsables de los delitos de homicidio criminis causa \u2013para preparar, consumar y lograr la impunidad\u2013, en concurso real con robo calificado por el uso de un arma impropia en grado de tentativa, en calidad de coautores y en perjuicio de Felisa Acevedo.\u200b<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">El asesinato ocurri\u00f3 el 31 de agosto de 2018. El Ministerio P\u00fablico Fiscal hab\u00eda pedido que O\u2019Lery y Martines sean condenados por el delito de homicidio criminis causa, en concurso real con robo.<\/span><\/p>\n<p>\u00a0<script async src=\"\/\/\"><\/script><\/p>\n<p><!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><script><\/p>\n<p>(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});<\/p>\n<p><\/script><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">La Audiencia de Juicio de Santa Rosa declar\u00f3 hoy a Pablo Daniel O\u00b4Lery y Melody Cecilia Martines, como autores materiales y penalmente responsables de los delitos de homicidio criminis causa \u2013para preparar, consumar y lograr la impunidad\u2013, en concurso real con robo calificado por el uso de un arma impropia en grado de tentativa, en calidad de coautores. La v\u00edctima fue Felisa Acevedo, de 86 a\u00f1os, y el hecho se produjo el 31 de octubre de 2018 en su propio departamento. La docente falleci\u00f3 a las tres semanas por las lesiones sufridas a ra\u00edz de una golpiza brutal.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Como previamente al juicio oral se hab\u00eda requerido la divisi\u00f3n del debate \u2013ya que la pena eventual superaba los seis a\u00f1os de prisi\u00f3n\u2013, ahora la Oficina Judicial fijar\u00e1 la fecha de la audiencia de cesura donde cada una de las partes presentar\u00e1 pruebas y alegar\u00e1 por los pedidos de pena. A posteriori, los mismos jueces Andr\u00e9s Oli\u00e9, Gast\u00f3n Boulenaz y Daniel S\u00e1ez Zamora le impondr\u00e1n las sanciones a los condenados. No obstante, el delito de homicidio criminis causa solo prev\u00e9 la prisi\u00f3n perpetua.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">El Tribunal, con las pruebas acumuladas durante el debate, dio por probado que aquel d\u00eda, luego de las 20.24, O\u00b4Lery (42 a\u00f1os) ingres\u00f3 a la vivienda de Acevedo, ubicada en el barrio Cafulcur\u00e1, en Santa Rosa, \u201chabi\u00e9ndole la coimputada Martines (30) abierto la puerta lateral, ya que se encontraba dentro del departamento, pues hab\u00eda sido contratada para hacer tareas de limpieza\u201d, dice el fallo.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">\u201cUna vez dentro, ambos imputados golpearon y agredieron brutalmente a la v\u00edctima de 86 a\u00f1os, utilizando para ello \u2013al menos\u2013 una barreta sacaclavos (la que previamente hab\u00edan llevado y luego fue descartada en el pasillo del departamento) con el \u00fanico motivo y finalidad de colocarse en una mejor posici\u00f3n para efectuar la sustracci\u00f3n de bienes totalmente ajenos (dinero y joyas), y a la vez evitar ser descubiertos ya que la v\u00edctima conoc\u00eda a Mart\u00ednes\u201d, a\u00f1ade la sentencia. Las lesiones de gravedad le impidieron a Acevedo \u201csiquiera levantarse del suelo, resultaron irreversibles y causaron su deceso\u201d el 21 de noviembre a las 22.30.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">El robo fue calificado en grado de tentativa porque los jueces consideraron que no fue posible tener la certeza absoluta de que \u201chayan logrado la sustracci\u00f3n bienes u objeto de valor de propiedad de la v\u00edctima\u201d.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Pruebas.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Las pruebas m\u00e1s importantes que tuvo en consideraci\u00f3n la Audiencia, entre otras, fueron el ADN de Acevedo que se encontr\u00f3 dentro de la camioneta de O\u2019Lery \u2013puesta luego a la venta\u2013, las huellas de las zapatillas del acusado en el departamento de la v\u00edctima, el testimonio de la vecina Selva Elena (vio al imputado esa tarde en la puerta del inmueble), las filmaciones obtenidas de una farmacia ubicada a menos de una cuadra del lugar y la declaraci\u00f3n del testigo Franco R\u00edos. Tambi\u00e9n valor\u00f3 que los familiares directos afirmaran que la docente, por las medidas de seguridad que adoptaba en su casa, jam\u00e1s le hubiera abierto a un desconocido como O\u2019Lery.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Por otra parte, los magistrados remarcaron que pudo acreditarse que Martines estuvo en el departamento en ese momento, a partir de los dichos de R\u00edos, de los mensajes y audios intercambiados con una amiga \u2013de la que no se inform\u00f3 el nombre durante el juicio\u2013, otra conversaci\u00f3n donde \u201cadmiti\u00f3 la participaci\u00f3n en el robo\u201d y el dije hallado en el departamento y que ella usaba con frecuencia.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">La huella hallada en un pasillo interno de la vivienda correspondi\u00f3 al pie izquierdo de una zapatilla marca Topper que fue secuestrada en el domicilio de O\u2019Lery y que, seg\u00fan la pericia, \u201cfue estampada por un mismo y \u00fanico calzado\u201d, indica el fallo.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Con respecto a las filmaciones de la farmacia, los jueces expresaron que pudo verse al acusado caminando en dos momentos de ese d\u00eda, uno a las 21.57 y otro a las 22.07, y tambi\u00e9n que las im\u00e1genes \u201cno dejaron margen de duda de que las zapatillas secuestradas y peritadas se correspond\u00edan con las utilizadas por O\u00b4Lery\u201d.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">M\u00e1s adelante, sobre el ADN encontrado en el veh\u00edculo, el Tribunal la calific\u00f3 como \u201cotra prueba categ\u00f3rica y relevante\u201d. Remarc\u00f3 que a trav\u00e9s del trabajo del laboratorio de Gen\u00e9tica Forense se hall\u00f3 material gen\u00e9tico de Acevedo en el sector medio del asiento y en el panel de la puerta del acompa\u00f1ante. \u201cSin duda alguna puede aseverarse que el material biol\u00f3gico perteneciente a Acevedo, encontrado en el veh\u00edculo secuestrado a O\u00b4Lery, fue producto de transferencia, entendida esta como principio de la ciencia criminal\u00edstica, que se basa en un traspaso de materia o circunstancias entre el hombre y el ambiente en que se desenvuelve\u201d, indicaron los jueces .<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">\u201cDicha aseveraci\u00f3n encuentra sustento, habida cuenta que la escena primaria del hecho fue el departamento de la v\u00edctima, lugar donde fue descubierto el cuerpo \u2013a\u00fan con vida\u2013 y de cuyo lugar solo fue retirado por personal de salud (\u2026) De ello se colige que los transferentes del material biol\u00f3gico estuvieron necesariamente en contacto directo con el escenario primario donde ocurri\u00f3 el violento hecho \u2013que produjo una importante cantidad de sangrado\u2013 producto del cual perdiera la vida\u201d, a\u00f1adieron.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">En otro punto del texto se hizo menci\u00f3n al audio obtenido a trav\u00e9s de una intervenci\u00f3n telef\u00f3nica judicial donde Martines le reconoci\u00f3 a una amiga que deb\u00eda \u201chacerse cargo del robo y de lo otro que se haga cargo \u00e9l\u201d. \u201cLa conversaci\u00f3n remite claramente a la participaci\u00f3n en el hecho que tuvo la imputada, como as\u00ed tambi\u00e9n que particip\u00f3 otra persona que en el caso es quien deber\u00eda hacerse cargo del homicidio criminis causa. Se infiere adem\u00e1s que existi\u00f3 un desapoderamiento de bienes de propiedad de Acevedo\u201d, acotaron los jueces.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Sin contradicciones.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Con relaci\u00f3n al testimonio de R\u00edos, atacado por las defensas durante el juicio, el Tribunal indic\u00f3 que si bien dio detalles nuevos \u2013en comparaci\u00f3n con su primera declaraci\u00f3n ante la Justicia\u2013, \u201cno se observaron contradicciones\u201d entre ambas.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">R\u00edos fue importante porque afirm\u00f3 que Martines llev\u00f3 la barreta oculta en la manga, explic\u00f3 c\u00f3mo entr\u00f3 O\u2019Lery al departamento y detall\u00f3 que Melody \u201cle dio ropa a G\u00f3mez para que se la guarde\u201d. De acuerdo a R\u00edos, Juan \u2018Toto\u2019 G\u00f3mez \u2013otro testigo\u2013 estaba con \u00e9l cuando esa noche Martines lleg\u00f3 a su casa ensangrentada y se baj\u00f3 de la Ford F-100 de O\u2019Lery.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Oli\u00e9, Boulenaz y Saez Zamora aceptaron que el testigo no dijera eso antes y ahora s\u00ed, en funci\u00f3n de que con el tiempo logr\u00f3 entrar en confianza con la fiscal\u00eda y, adem\u00e1s, porque estuvo detenido y en esas circunstancias fue \u201capu\u00f1alado para que se retracte\u201d. Sobre \u00e9l tambi\u00e9n dijeron que se present\u00f3 ante la Brigada de Investigaciones en forma voluntaria y espont\u00e1nea, a instancias de su madre, y que ello desacredit\u00f3 \u201cla teor\u00eda conspirativa y de persecuci\u00f3n policial\u201d hacia O\u00b4Lery que hab\u00eda sustentado su defensa.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Por contrapartida, el Tribunal concluy\u00f3 sobre G\u00f3mez que su testimonio \u201cdio cuenta de la escasa solvencia del testigo de la defensa, ya que sus respuestas fueron escasas y limitadas; e incluso en los puntos m\u00e1s comprometidos respondi\u00f3 que no recordaba (\u2026) Su declaraci\u00f3n se present\u00f3 aislada del resto del plexo probatorio y claramente discordante con la de R\u00edos, cuya informaci\u00f3n qued\u00f3 debidamente comprobada\u201d.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\"><strong>Cabe recordar que hace dos semanas<\/strong>, el Ministerio P\u00fablico Fiscal pidi\u00f3 que O\u2019Lery y Martines sean condenados por el delito de homicidio criminis causa, en concurso real con robo, de Felisa Acevedo (86) ocurrida el mi\u00e9rcoles 31 de agosto de 2018 en su departamento del barrio Calfucur\u00e1, en Santa Rosa.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Durante su alegato, el\u00a0 fiscal Facundo Bon Dergham,\u00a0 reiter\u00f3 la teor\u00eda de que ambos acusadores idearon un plan criminal y que ingresaron a la vivienda de Acevedo con el \u00e1nimo de sustraerle dinero y joyas. En ese contexto la golpearon brutalmente para que no pudiera reconocer a Martines, quien hab\u00eda realizado all\u00ed tareas dom\u00e9sticas.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Adem\u00e1s el patrocinante Alberto Acosta, querellante particular en nombre de la hija de la v\u00edctima, Nilda Susana Redondo, adhiri\u00f3 a la solicitud de fiscal\u00eda y en su alegato describi\u00f3 c\u00f3mo era la v\u00edctima, a partir de su experiencia personal.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Para la defensora oficial de O\u00b4Lery (42 a\u00f1os), Silvina Blanco G\u00f3mez; y el defensor particular de Martines (29), Gast\u00f3n G\u00f3mez, plantearon la inocencia de ambos.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">El fiscal Bon Dergham sostuvo que existi\u00f3 un plan delictivo y que los acusados \u201cmataron a Acevedo para facilitarse el robo de sus ahorros y alhajas, y para lograr la impunidad de ambos\u201d, ya que la v\u00edctima conoc\u00eda a Martines porque hab\u00eda ido a efectuar tareas dom\u00e9sticas.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"tm5\">Argument\u00f3 que el hecho se produjo entre las 20.14 y 20.37 y que la docente fue agredida brutalmente, pues que recibi\u00f3 al menos cuatro golpes en la cabeza con una barreta que llev\u00f3 la imputada. \u201cEl mayor despliegue de violencia fue ejercido por Martines\u201d, acot\u00f3, en alusi\u00f3n al uso de la barreta; a\u00f1adiendo que O\u2019Lery fue quien le dio los golpes de pu\u00f1o. \u201cPrimero la golpearon y luego le robaron\u201d, destac\u00f3.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los jueces dictaminaron que ambos la asesinaron. 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