{"id":232790,"date":"2020-08-08T11:55:18","date_gmt":"2020-08-08T14:55:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=232790"},"modified":"2020-08-08T11:55:18","modified_gmt":"2020-08-08T14:55:18","slug":"butalo-la-configuracion-de-un-mecanismo-de-expoliacion-del-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2020\/08\/08\/butalo-la-configuracion-de-un-mecanismo-de-expoliacion-del-estado\/","title":{"rendered":"Butal\u00f3: La configuraci\u00f3n de un mecanismo de expoliaci\u00f3n del Estado"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-187954\" src=\"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo.jpg\" alt=\"\" width=\"934\" height=\"623\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo.jpg 934w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo-585x390.jpg 585w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo-263x175.jpg 263w\" sizes=\"(max-width: 934px) 100vw, 934px\" \/><\/p>\n<p>En la secci\u00f3n de libertad de expresi\u00f3n, el abogado Omar Gebruers cuestiona el fallo judicial que benefici\u00f3 al exintendente jusiticialista, Luis Larra\u00f1aga, en las causa por irregularidades en las obras de cloacas del Barrio Butal\u00f3.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\"><\/script><br \/>\n<!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><br \/>\n<ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 320px; height: 100px;\" data-ad-client=\"ca-pub-7250018434179914\" data-ad-slot=\"1040343543\"><\/ins><br \/>\n<script>\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n<\/script><\/p>\n<p>Desde hace d\u00e9cadas, sabemos que en nuestro pa\u00eds, existe lo que se denomina \u201cla patria contratista\u201d, que no es ni m\u00e1s ni menos que la conformaci\u00f3n de empresas y a veces holdings o grupos de empresas, para obtener la adjudicaci\u00f3n preferencial de diversas obras p\u00fablicas, en los \u00e1mbitos nacional, provinciales y\/o municipales, cuyo objetivo es la apropiaci\u00f3n de fondos del estado, mediante la obtenci\u00f3n de ganancias extraordinarias, muy por encima de la renta natural o leg\u00edtima de todo empresario. Para lograr este fin, el empresario introduce menor cantidad de materiales que los especificados para la obra, utiliza elementos de inferior calidad a la establecida en el pliego y presupuesto o, directamente, certifica tareas no efectuadas, materiales no colocados o de calidad inferior o mano de obra no realizada. Peri\u00f3dicamente y durante la ejecuci\u00f3n de la obra, certifica el avance de la obra, el inspector representante del estado, omite ver las deficiencias que perjudican al estado comitente \u2013o sea a la sociedad toda-, autorizando el pago del certificado, cuyo monto finalmente se transfiere al contratista, con intervenci\u00f3n del funcionario superior del \u00f3rgano que contrat\u00f3, omitiendo tambi\u00e9n cualquier tipo de an\u00e1lisis de cumplimiento de las obligaciones por parte del empresario y respetando a pie juntillas la autorizaci\u00f3n del inspector, que son sus ojos en la obra.<\/p>\n<p>Para que se configure el mecanismo brevemente descripto, necesitamos un empresario apto, suficientemente \u00e1vido de obtener r\u00e1pidas y cuantiosas ganancias, un representante del estado en la obra, que mire para otro lado al tiempo de autorizar las certificaciones y uno o m\u00e1s funcionarios superiores con atribuciones para aprobar y pagar los certificados, sin cuestionar absolutamente nada.<\/p>\n<p>Consultado hace algunos d\u00edas por vecinos afectados del Barrio Butal\u00f3 II\u00a0 estuve analizando el contenido de la resoluci\u00f3n de falta de m\u00e9rito para procesar o sobreseer, en relaci\u00f3n a todos los imputados, en la causa en la que se investigan severas irregularidades, en la concreci\u00f3n de la obra ejecutada en el a\u00f1o 2014 de\u00a0 \u201cRENOVACI\u00d3N RED CLOACAL DE ASBESTO CEMENTO \u2013 BARRIO BUTAL\u00d3\u201d .<\/p>\n<p>Entendemos, que desde el punto de vista penal, tanto la comisi\u00f3n de los hechos, como el car\u00e1cter delictivo de los mismos y la responsabilidad personal de los imputados, se encuentra perfectamente acreditada tal cual lo consider\u00f3 la Justicia Provincial en el a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p>La estructura legal que rige la ejecuci\u00f3n de cada obra p\u00fablica en nuestra provincia, est\u00e1 conformada por la Ley General de Obras P\u00fablicas N\u00ba 38 y sus reglamentaciones, Pliego de Especificaciones T\u00e9cnicas Generales, Pliego de Bases y Condiciones y contrato.-<\/p>\n<p>El art\u00edculo 15 de la Ley 38 establece: El pliego de bases y condiciones determinar\u00e1 con precisi\u00f3n la forma como debe medirse y pagarse la obra&#8230;el art\u00edculo 35 dice: La adjudicaci\u00f3n recaer\u00e1 sobre la propuesta que a juicio de la administraci\u00f3n sea m\u00e1s ventajosa, siempre que est\u00e9 arreglada estrictamente a las bases y condiciones que se hubieren establecido para la licitaci\u00f3n\u2026el art\u00edculo 42: Formar\u00e1n parte del contrato que se suscribe las bases de licitaci\u00f3n, el pliego de condiciones, las especificaciones t\u00e9cnicas y dem\u00e1s documentos de la licitaci\u00f3n\u2026art\u00edculo 45: Una vez firmado el contrato, la iniciaci\u00f3n y realizaci\u00f3n del trabajo se sujetar\u00e1 a lo establecido en los pliegos de condiciones y especificaciones que sirvieron de base para la licitaci\u00f3n directa de las obras.<\/p>\n<p>A los pocos d\u00edas de la recepci\u00f3n de la obra por el estado, se descubri\u00f3 que un domicilio, no estaba conectado a la red troncal, hall\u00e1ndose como \u00fanica instalaci\u00f3n de la acometida, viejos restos del ca\u00f1o de asbesto cemento que la contratista deb\u00eda reemplazar como objeto principal de la obra licitada. O sea que la empresa no hab\u00eda reemplazado el viejo ca\u00f1o, como lo requer\u00eda el pliego de licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este caso es solo un ejemplo, porque inmediatamente y en los d\u00edas y meses subsiguientes, comenzaron a surgir situaciones semejantes, problemas severos de presencia de l\u00edquidos cloacales en el interior de las viviendas, veredas y calles afectadas, con un denominador com\u00fan: en ning\u00fan caso se hab\u00eda reparado la acometida existente reemplazando la vieja como lo marcaba el pliego.<\/p>\n<p>Est\u00e1 probado que el recambio de las acometidas domiciliarias y su conexi\u00f3n a la nueva red troncal construida, era una obligaci\u00f3n contractual del constructor, establecida en la Memoria Descriptiva de la obra, en el Pliego de Especificaciones T\u00e9cnicas Generales, en el C\u00f3mputo y Presupuesto realizado por la administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La contratista certific\u00f3 tareas no realizadas o realizadas parcialmente, con anuencia del inspector de la obra, que autoriz\u00f3 y elev\u00f3 todas y cada una de las certificaciones las que, finalmente, fueron \u00edntegramente abonadas, sin observaciones ni descuentos, por la Municipalidad, con anuencia y autorizaci\u00f3n de los funcionarios de mayor jerarqu\u00eda.-<\/p>\n<p>Esperamos que no resulte nuevamente naturalizada, la utilizaci\u00f3n de este remanido mecanismo de expoliaci\u00f3n del estado, evitando que cierre este c\u00edrculo vicioso, vigente desde hace tanto tiempo en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la secci\u00f3n de libertad de expresi\u00f3n, el abogado Omar Gebruers cuestiona el fallo judicial que benefici\u00f3 al exintendente jusiticialista, Luis Larra\u00f1aga, en las causa por irregularidades en las obras&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":187954,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-232790","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/08\/cloacas-butalo.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/232790","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=232790"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/232790\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":232796,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/232790\/revisions\/232796"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/187954"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=232790"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=232790"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=232790"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}