{"id":283296,"date":"2021-09-03T07:32:44","date_gmt":"2021-09-03T10:32:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=283296"},"modified":"2021-09-03T07:36:18","modified_gmt":"2021-09-03T10:36:18","slug":"nuevo-intento-el-gobierno-nacional-cruzara-datos-para-evaluar-continuidad-de-pensiones-por-discapacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2021\/09\/03\/nuevo-intento-el-gobierno-nacional-cruzara-datos-para-evaluar-continuidad-de-pensiones-por-discapacidad\/","title":{"rendered":"Nuevo intento: El Gobierno Nacional cruzar\u00e1 datos para evaluar continuidad de pensiones por discapacidad"},"content":{"rendered":"<p align=\"left\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-283297\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas.jpg\" alt=\"\" width=\"960\" height=\"640\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas.jpg 960w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas-585x390.jpg 585w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/sillas-de-ruedas-263x175.jpg 263w\" sizes=\"(max-width: 960px) 100vw, 960px\" \/><\/p>\n<p align=\"left\">En el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n se publicaron los requisitos para el acceso a una pensi\u00f3n no contributiva y un cruzamiento de datos socio econ\u00f3micos para establecer posibles bajas. Los seguir\u00e1n percibiendo quienes cobren hasta 4 jubilaciones m\u00ednimas, hoy fijada en 25.922.<\/p>\n<p align=\"left\">El Gobierno Nacional, en medio del ajuste de las transferencias p\u00fablicas, lanz\u00f3 un relevamiento para detectar posibles irregularidades. <strong>Mauricio Macri<\/strong> intent\u00f3 avanzar sobre las pensiones para realizar un ajuste y lo hizo de un plumazo mediante par\u00e1metros inform\u00e1ticos. <strong>Alberto Fern\u00e1ndez<\/strong> har\u00e1 un relevamiento caso por caso antes de tomar una decisi\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"left\">El gobierno nacional public\u00f3 hoy <span style=\"color: #ff0000;\"><a style=\"color: #ff0000;\" href=\"https:\/\/www.boletinoficial.gob.ar\/detalleAviso\/primera\/249030\/20210903\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>la resoluci\u00f3n 1377\/2021 de la Agencia Nacional de Discapacidad<\/strong> <\/a><\/span>para establecer la continuidad o baja de pensiones a personas con discapacidad. Buscan establecer la situaci\u00f3n socio econ\u00f3mica de cada beneficiario.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\"><\/script><br \/>\n<!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><br \/>\n<ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 320px; height: 100px;\" data-ad-client=\"ca-pub-7250018434179914\" data-ad-slot=\"1040343543\"><\/ins><br \/>\n<script>\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n<\/script><\/p>\n<p align=\"left\">Qu\u00e9 trabajos, qu\u00e9 auto, qu\u00e9 inmueble y qu\u00e9 ingresos se pueden tener: en principio, cuatro jubilaciones m\u00ednimas implican en septiembre de este a\u00f1o 103.688 pesos mensuales.<\/p>\n<p align=\"left\">En los anexos de la resoluci\u00f3n se indican los requisitos y los pr\u00e1metros del relevamiento. Plan B los resproduce en su totalidad:<\/p>\n<p align=\"left\">LINEAMIENTOS PARA LA DETERMINACI\u00d3N SOCIO ECON\u00d3MICA Y VULNERABILIDAD PNC (ANDIS)<\/p>\n<p align=\"left\">I- EVALUACI\u00d3N DE INGRESO GRUPO FAMILIAR<\/p>\n<p align=\"left\">Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad cuando los ingresos mensuales que perciban los integrantes del Grupo Familiar no superen el equivalente a CUATRO (4) jubilaciones m\u00ednimas (*).<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 (*) En el caso de solicitantes que hayan probado su residencia en Zona Austral -Ley N\u00ba 19.485-, de acuerdo con la normativa vigente de la ADMINISTRACI\u00d3N NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para el c\u00e1lculo del Ingreso del Grupo Familiar se contemplar\u00e1 el coeficiente de 1.40 establecido por el Art. 1\u00b0 de dicha Ley.<\/p>\n<p align=\"left\">Se entender\u00e1 como ingresos mensuales: las remuneraciones de los\/las trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia registrados, las rentas de referencia para trabajadores aut\u00f3nomos y monotributistas, las sumas originadas en prestaciones contributivas y\/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y en los reg\u00edmenes previsionales de las fuerzas armadas y de las fuerzas de seguridad y policiales, incluyendo las prestaciones previstas en las Leyes N\u00ba 24.013, 24.557, 24.714, 25.191 y sus respectivas modificatorias y complementarias.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Los Programas Sociales -incluyendo el Monotributo Social-, Programas de Capacitaci\u00f3n y Empleo &#8211; incluido peculio por talleres protegidos-, y Subsidios por Desempleo que otorgue el Estado Nacional, Provincial y\/o Municipal no se contemplar\u00e1n para dicho c\u00e1lculo.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 II- VERIFICACI\u00d3N DE SITUACI\u00d3N PATRIMONIAL DEL\/LA SOLICITANTE -BIENES INMUEBLES:<\/p>\n<p align=\"left\">Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad a\u00fan cuando sea propietario de un inmueble, si el mismo coincide con el domicilio de residencia al momento del inicio del tr\u00e1mite.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si el solicitante es propietario de un inmueble que no coincida con su domicilio de residencia, se solicitar\u00e1 justificaci\u00f3n de usufructo.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si el solicitante es titular de la nuda propiedad, pero el usufructo est\u00e1 en cabeza de los padres, se considerar\u00e1 la situaci\u00f3n social a los fines del otorgamiento.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si el solicitante es propietario de m\u00e1s de un inmueble se requerir\u00e1 justificaci\u00f3n del usufructo de los bienes que no coincidan con el domicilio de residencia.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 -AUTOMOTORES:<\/p>\n<p align=\"left\">Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad cuando el\/la solicitante sea titular de hasta un autom\u00f3vil que posea una antig\u00fcedad mayor a los DIEZ (10) a\u00f1os, respecto a los restantes deber\u00e1 presentar justificaci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En caso de veh\u00edculos con una antig\u00fcedad menor a los DIEZ (10) a\u00f1os se deber\u00e1 solicitar justificaci\u00f3n para su otorgamiento a trav\u00e9s de la acreditaci\u00f3n de la siguiente documentaci\u00f3n: forma de adquisici\u00f3n del veh\u00edculo, uso o usufructo. Si ya no detentare la posesi\u00f3n del veh\u00edculo, se requerir\u00e1 la constancia de transferencia ante la Direcci\u00f3n Nacional del Registro de la propiedad Automotor y Cr\u00e9ditos Prendarios, y, si se tratare de una donaci\u00f3n, la documentaci\u00f3n que lo acredite.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 III- VERIFICACI\u00d3N SITUACI\u00d3N PATRIMONIAL GRUPO FAMILIAR<\/p>\n<p align=\"left\">Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad si los integrantes del Grupo Familiar, conforme con lo establecido en el punto 4, resulten propietarios de un inmueble y el mismo coincida con el domicilio de residencia del solicitante.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si los padres\/c\u00f3nyuges\/o persona que conviva con el solicitante y comparta un proyecto de vida en com\u00fan, conforme con los requisitos previstos en el art\u00edculo 510 del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, tienen m\u00e1s de un inmueble, se solicitar\u00e1 justificaci\u00f3n del usufructo y titularidad del bien.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad en caso de que el padre o c\u00f3nyuge, de acuerdo con lo establecido en el punto 4, sea titular de autom\u00f3viles con una antig\u00fcedad mayor a los DIEZ (10) a\u00f1os.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si el padre\/madre y\/o c\u00f3nyuge del solicitante es propietario de un autom\u00f3vil de DIEZ (10) a\u00f1os de antig\u00fcedad o menor, se solicitar\u00e1 justificaci\u00f3n para su otorgamiento a trav\u00e9s de la acreditaci\u00f3n de la siguiente documentaci\u00f3n: i. Forma de adquisici\u00f3n del veh\u00edculo, uso o usufructo; ii. Si ya no detenta la posesi\u00f3n del veh\u00edculo, constancia de transferencia ante la Direcci\u00f3n Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y Cr\u00e9ditos Prendarios; iii. Si fuera donaci\u00f3n, deber\u00e1 acreditarse la documentaci\u00f3n que avale dicho acto, debiendo verificarse si el usufructo del mismo est\u00e1 destinado al uso y\/o al traslado del\/la solicitante,<\/p>\n<p align=\"left\">2<\/p>\n<p align=\"left\">LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE INICIO, CRUCES Y VALIDACIONES PNC (ANSES) I- INICIO DEL TR\u00c1MITE -SOLICITANTES MENORES DE 18 A\u00d1OS<\/p>\n<p align=\"left\">Podr\u00e1n ejercer su representaci\u00f3n: \u2022 Padre\/Madre \u2022 Padre\/Madre con adopci\u00f3n simple o plena. \u2022 Tutor\/a legal. \u2022 Guardador\/a legal. \u2022 Persona que sea designada como medida de abrigo\/medida de protecci\u00f3n del menor. \u2022 Autorizado\/a Judicial: Persona autorizada judicialmente para el inicio y tramitaci\u00f3n del expediente.<\/p>\n<p align=\"left\">En el caso que uno de los padres\/madres no se encuentre vinculado o conviva con el solicitante menor de edad ser\u00e1 el padre\/madre conviviente, o quien tenga la responsabilidad parental, el autorizado\/a a tramitarla.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En el caso que el\/la menor adquiera la emancipaci\u00f3n en virtud de la celebraci\u00f3n del matrimonio, deber\u00e1 poner dicha situaci\u00f3n en conocimiento a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, a fin de iniciar el tr\u00e1mite sin representaci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En todos los casos antes mencionados se deber\u00e1 acreditar la representaci\u00f3n, con la documentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p align=\"left\">-SOLICITANTES MAYORES DE EDAD<\/p>\n<p align=\"left\">Podr\u00e1n iniciar el tr\u00e1mite:<\/p>\n<p align=\"left\">Por s\u00ed solos\/as de acuerdo con lo establecido en el Art. 23 del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, o a trav\u00e9s de la designaci\u00f3n de apoyo -Art. 32 y Art. 43 del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n-.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En todos los casos antes mencionados se deber\u00e1 acreditar la representaci\u00f3n con la documentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p align=\"left\">II- ETAPA DE CRUCE DE DATOS DEL\/LA SOLICITANTE DE LA PNC AL MOMENTO DE REQUERIR TURNO MEDIANTE VENTANILLA \u00daNICA<\/p>\n<p align=\"left\">La Administraci\u00f3n Nacional de la Seguridad Social (ANSES) considerar\u00e1 las siguientes condiciones a los efectos de realizar un cruce inicial: \u2022 -Trabajador\/a Bajo relaci\u00f3n de dependencia -Trabajador\/a Casas Particulares -Trabajador\/a inscripto\/a como Monotributo, Aut\u00f3nomo y\/o Empleador. -Beneficio Previsional o no contributivo vigente -Tramite Previsional Iniciado u otorgado<\/p>\n<p align=\"left\">En el caso que el\/la solicitante sea titular de una Pensi\u00f3n No Contributiva Provincial con monto menor a la PNC, deber\u00e1 presentar una Declaraci\u00f3n Jurada comprometi\u00e9ndose a iniciar el tr\u00e1mite de baja de dicha prestaci\u00f3n provincial, cuyo tr\u00e1mite quedar\u00e1 supeditado al cumplimiento del resto de los requisitos exigidos por la normativa vigente para el otorgamiento del derecho.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Los Programas Sociales -incluyendo el Monotributo Social-, Programas de Capacitaci\u00f3n y Empleo &#8211; incluido el r\u00e9gimen federal de empleo protegido -, y Subsidios por Desempleo que otorgue el Estado Nacional, Provincial y\/o Municipal no se contemplar\u00e1n para el cruce de datos de inicio del tr\u00e1mite.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En caso de que el\/la solicitante resida en jurisdicciones que no se encuentren integradas al Sistema de Identificaci\u00f3n Nacional Tributario y Social (SINTyS) deber\u00e1 presentar constancia del Registro de<\/p>\n<p align=\"left\">Propiedad Inmueble y prestaciones, previsiones y\/o Pensiones No contributivas de Beneficio Provincial emitida por las autoridades competentes.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En caso de que el\/la solicitante resida en jurisdicciones que encontr\u00e1ndose integradas al Sistema de Identificaci\u00f3n Nacional Tributario y Social (SINTyS) no tengan incorporadas al mismo el Registro de Propiedad Inmueble y\/o registros prestaciones, previsiones y\/o Pensiones No contributivas de Beneficio Provincial, deber\u00e1n presentar la constancia que corresponda emitida por autoridad competente. A continuaci\u00f3n, obra detalle de informaci\u00f3n de cada provincia respecto al Sistema de Identificaci\u00f3n Nacional Tributario y Social (SINTyS):<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 III- VALIDACI\u00d3N C\u00d3NYUGE O CONVIVIENTE<\/p>\n<p align=\"left\">Es incompatible la percepci\u00f3n del beneficio de jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n o retiro por parte del c\u00f3nyuge o conviviente con proyecto de vida en com\u00fan.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Si la relaci\u00f3n con el c\u00f3nyuge o conviviente, que surge del sistema no est\u00e1 actualizada, deber\u00e1 informar y actualizar dicha situaci\u00f3n, presentando la documentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 IV- CONFORMACI\u00d3N GRUPO FAMILIAR -SOLICITANTES MENORES DE 18 A\u00d1OS<\/p>\n<p align=\"left\">Se entiende que el grupo familiar est\u00e1 conformado por los Padre\/s\/madre\/s del solicitante que ejerza la responsabilidad parental y son obligados legales.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 En el caso que el solicitante no estuviera a cargo de los Padres\/madres y se encuentre representado por tutor\/a legal, guardador\/a legal o persona designada como medida de protecci\u00f3n, no se tendr\u00e1 en cuenta dicho representante para el c\u00e1lculo del Ingreso Grupo Familiar.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022-TITULAR MAYOR DE EDAD<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Estar\u00e1 conformada por el c\u00f3nyuge o conviviente con proyecto de vida en com\u00fan.<\/p>\n<p align=\"left\">V- C\u00c1LCULO INGRESO GRUPO FAMILIAR<\/p>\n<p align=\"left\">Se considerar\u00e1 la vulnerabilidad cuando los ingresos mensuales que perciban los integrantes del Grupo Familiar de acuerdo con los par\u00e1metros del ac\u00e1pite 4 no superen el equivalente a CUATRO (4) jubilaciones m\u00ednimas (*).<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 (*) En el caso de solicitantes que hayan probado su residencia en Zona Austral -Ley N\u00ba 19.485-, de acuerdo con la normativa vigente de la ADMINISTRACI\u00d3N NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para el c\u00e1lculo del Ingreso del Grupo Familiar se contemplar\u00e1 el coeficiente de 1.40 establecido por el Art. 1\u00b0 de dicha Ley.<\/p>\n<p align=\"left\">Se entender\u00e1 como ingresos mensuales: las remuneraciones de los\/las trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia registrados, las rentas de referencia para trabajadores aut\u00f3nomos y monotributistas, las sumas originadas en prestaciones contributivas y\/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y en los reg\u00edmenes previsionales de las fuerzas armadas y de las fuerzas de seguridad y policiales, incluyendo las prestaciones previstas en las Leyes N\u00ba 24.013, 24.557, 24.714, 25.191 y sus respectivas modificatorias y complementarias.<\/p>\n<p align=\"left\">\u2022 Los Programas Sociales -incluyendo el Monotributo Social-, Programas de Capacitaci\u00f3n y Empleo &#8211; 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