{"id":308040,"date":"2022-03-03T13:31:06","date_gmt":"2022-03-03T16:31:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=308040"},"modified":"2022-03-03T13:31:06","modified_gmt":"2022-03-03T16:31:06","slug":"el-tip-confirmo-una-condena-a-prision-efectiva-por-violencia-de-genero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2022\/03\/03\/el-tip-confirmo-una-condena-a-prision-efectiva-por-violencia-de-genero\/","title":{"rendered":"El TIP confirm\u00f3 una condena a prisi\u00f3n efectiva por violencia de g\u00e9nero"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_267286\" style=\"width: 1290px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-267286\" class=\"size-full wp-image-267286\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena.jpg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"793\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena.jpg 1280w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena-300x186.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena-1024x634.jpg 1024w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena-768x476.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena-1170x725.jpg 1170w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/violencia-contra-la-mujer-condena-585x362.jpg 585w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><p id=\"caption-attachment-267286\" class=\"wp-caption-text\">Imagen de <a href=\"https:\/\/pixabay.com\/es\/users\/tumisu-148124\/?utm_source=link-attribution&amp;utm_medium=referral&amp;utm_campaign=image&amp;utm_content=4209778\">Tumisu<\/a> en <a href=\"https:\/\/pixabay.com\/es\/?utm_source=link-attribution&amp;utm_medium=referral&amp;utm_campaign=image&amp;utm_content=4209778\">Pixabay<\/a><\/p><\/div>\n<p>Los hechos ocurrieron a fines de 2020. El agresor golpe\u00f3 y le cort\u00f3 realiz\u00f3 un corte en uno de los dedos de la mano a su expareja con una cuchilla<\/p>\n<p>El Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal confirm\u00f3 hoy una condena a un hombre a tres a\u00f1os y cuatro meses de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo, declar\u00e1ndolo reincidente, por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por haber mantenido una relaci\u00f3n de pareja con la v\u00edctima, en concurso real con amenazas agravadas por el uso de armas; concursando materialmente a su vez con amenazas simples, todo ello en un contexto de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\"><\/script><\/p>\n<p><!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><script><\/p>\n<p>(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});<\/p>\n<p><\/script><\/p>\n<p>As\u00ed lo resolvi\u00f3 la Sala B, conformada por los jueces Filinto Rebechi y Fernando Rivarola, asistidos por la secretaria Mar\u00eda Elena Gr\u00e9goire, al no hacer lugar al recurso de impugnaci\u00f3n interpuesto por el defensor particular Benjam\u00edn Ortiz.<\/p>\n<p>Los hechos probados en el juicio oral, y ratificados ahora, ocurrieron a fines de 2020. Una vez finalizada la relaci\u00f3n con su pareja, Ra\u00fal Orlando Aguirre le envi\u00f3 un mensaje a la v\u00edctima, expres\u00e1ndole: \u201cTe cuento que ando con un ca\u00f1o de gas por si me los cruzo, ya que andan amenazando a ver que tanto aguanta. \u00bfVos te pens\u00e1s que yo tengo alg\u00fan miedo? Yo los cruzo y los rompo todos. As\u00ed que no quiero ni que me escriba ni me moleste porque se pudre todo\u201d.<\/p>\n<p>D\u00edas despu\u00e9s, el acusado fue hasta la casa de la expareja. Aguirre observ\u00f3 por la ventana que estaba durmiendo junto a su nuevo compa\u00f1ero, manifest\u00e1ndole \u201cah\u2026 est\u00e1s acompa\u00f1ada\u201d y luego se fue del lugar. Regres\u00f3 a los 15 minutos, abri\u00f3 la puerta de una patada e ingres\u00f3 con una cuchilla. Amenaz\u00f3 al hombre y tom\u00f3 de los pelos a la mujer, la sac\u00f3 de la cama, le golpe\u00f3 la cabeza contra la pared y con el mango del arma la agredi\u00f3 en la nuca. La insult\u00f3, le cuestion\u00f3 que estuviera con otra persona y dijo que la matar\u00eda. Como consecuencia de ello, le produjo a la damnificada un corte en uno de los dedos de una mano. Despu\u00e9s se fue con la cuchilla, tras sacar la llave de la puerta principal.<\/p>\n<p>El primer cuestionamiento de Ortiz fue que el juez de audiencia, Gast\u00f3n Boulenaz, al condenar a Aguirre el pasado 14 de septiembre, afect\u00f3 su garant\u00eda de imparcialidad. \u00bfCu\u00e1l fue la respuesta del TIP? \u201cEs indudable que la argumentaci\u00f3n de la defensa acerca de que su defendido se encontraba en un estado de inimputabilidad; lo que no le permiti\u00f3 comprender la criminalidad de su accionar, carece de credibilidad ya que Aguirre fue totalmente consciente de su accionar y de que pod\u00eda acarrearle incluso la detenci\u00f3n\u201d, al dar su propio relato de lo ocurrido.<\/p>\n<p>\u201cPor otra parte, este Tribunal, en reiteradas oportunidades, dej\u00f3 sentado su criterio en el sentido de que qui\u00e9n injiere alcohol, o cualquier otro tipo de sustancia voluntariamente que pueda llegar a afectar sus facultades mentales; y que a consecuencia de ello comete un accionar en perjuicio de terceras personas o bienes ajenos, no puede esgrimir su inimputabilidad, toda vez que esa afectaci\u00f3n lo fue siendo la persona totalmente consciente de lo que la ingesta podr\u00eda producirle\u201d, se\u00f1alaron Rebechi y Rivarola.<\/p>\n<p>El otro agravio del defensor fue que Aguirre utiliz\u00f3 un arma blanca, pero que ella no fue secuestrada; por lo que no debi\u00f3 ser tenido en cuenta como un agravante. El TIP volvi\u00f3 a recordar el testimonio que dio el acusado, y a\u00f1adi\u00f3 que el m\u00e9dico que examin\u00f3 a la v\u00edctima inform\u00f3 que la herida cortante en la falange del dedo hab\u00eda sido efectuada por un cuchillo.<\/p>\n<p><strong>Otro caso<\/strong><\/p>\n<p>El juez de control de Santa Rosa, N\u00e9stor Daniel Ralli, conden\u00f3 hoy, por el procedimiento de juicio abreviado, a Mariano Su\u00e1rez Becerra a ocho meses de prisi\u00f3n en suspenso, como autor del delito de lesiones leves calificadas por la relaci\u00f3n de pareja preexistente.<\/p>\n<p>La agresi\u00f3n se produjo en el domicilio de la v\u00edctima y pareja del imputado. En medio de una discusi\u00f3n, y cuando el acusado quer\u00eda tomar una cerveza \u2013\u201cya se encontraba alcoholizado y bajo alguna sustancia\u201d, se detall\u00f3 en el fallo\u2013, le dijo a la mujer: \u201c\u00bbvos no est\u00e1s bien, me voy a llevar al nene a lo de mi mam\u00e1, vos andate a la pieza\u201d. A ra\u00edz de ello se produjo un forcejeo ante la negativa de la v\u00edctima a que se llevara a su hijo. La reacci\u00f3n de Su\u00e1rez Becerra fue golpearla contra las paredes, las aberturas y un calefactor, \u201ctomarla del cuello bruscamente, pegarle la cabeza contra la pared y decirle \u2018me muero de ganas de cagarte a trompadas y romperte la cara\u2019\u201d.<\/p>\n<p>El juicio abreviado es una salida alternativa del proceso, en el que no se llega al juicio oral porque el acusado acepta la autor\u00eda de los hechos y la fiscal\u00eda y la defensa acuerdan la pena y la calificaci\u00f3n legal. En ese caso, excepto en algunas situaciones muy espec\u00edficas, el juez debe admitirlo y no puede imponer sanciones m\u00e1s severas a las requeridas por el Ministerio P\u00fablico Fiscal.<\/p>\n<p>En este legajo, el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial Mariel Annecchini y el propio acusado estuvieron de acuerdo en los ochos meses en suspenso y la fijaci\u00f3n de reglas de conducta durante dos a\u00f1os (fijar residencia, someterse al control del Ente de Pol\u00edticas Socializadoras, realizar un tratamiento psicol\u00f3gico y no acercarse ni entrar en contacto con la v\u00edctima). Esta \u00faltima, al ser informada de los alcances del acuerdo, tambi\u00e9n dio su conformidad.\u200b<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los hechos ocurrieron a fines de 2020. 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