{"id":309610,"date":"2022-03-13T20:29:27","date_gmt":"2022-03-13T23:29:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=309610"},"modified":"2022-03-13T20:29:27","modified_gmt":"2022-03-13T23:29:27","slug":"anulan-sentencia-porque-la-defensa-no-pudo-interrogar-a-una-victima-de-violencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2022\/03\/13\/anulan-sentencia-porque-la-defensa-no-pudo-interrogar-a-una-victima-de-violencia\/","title":{"rendered":"Anulan sentencia porque la defensa no pudo interrogar a una v\u00edctima de violencia"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-267512\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1.jpeg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"853\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1.jpeg 1280w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-300x200.jpeg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-1024x682.jpeg 1024w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-768x512.jpeg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-1170x780.jpeg 1170w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-585x390.jpeg 585w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1-263x175.jpeg 263w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><\/p>\n<p>El Superior Tribunal de Justicia anul\u00f3 una sentencia condenatoria, en un caso de violencia de g\u00e9nero, por \u201cfundamentaci\u00f3n insuficiente y afectaci\u00f3n al derecho de defensa en juicio\u201d y le orden\u00f3 al Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal que dicte un nuevo fallo con otra conformaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n fue firmada por los ministros Fabricio Luis Losi y Elena Victoria Fresco, integrantes de la Sala B (Penal). En ella hicieron lugar al recurso de casaci\u00f3n presentado por la defensora oficial del imputado, Silvina Blanco G\u00f3mez.<br \/>\n<script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\"><\/script><br \/>\n<!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><br \/>\n<ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 320px; height: 100px;\" data-ad-client=\"ca-pub-7250018434179914\" data-ad-slot=\"1040343543\"><\/ins><br \/>\n<script>\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n<\/script><\/p>\n<p>La Audiencia de Juicio de Santa Rosa hab\u00eda condenado al hombre a seis meses de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por la relaci\u00f3n de pareja preexistente con la v\u00edctima; un hecho valorado en el marco de la ley 26485 de Protecci\u00f3n Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer. A su vez le unific\u00f3 esa pena con otra condena anterior de 2019, en una pena \u00fanica de dos a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n y lo declar\u00f3 reincidente.<\/p>\n<p>Todo a ello, a posteriori, fue ratificado por el TIP al analizar el recurso de impugnaci\u00f3n de la defensa. Ante ese rechazo, Blanco G\u00f3mez fue en casaci\u00f3n al STJ y obtuvo la invalidez de la sentencia del TIP y el reenvi\u00f3 a ese Tribunal para que revise el fallo de la Audiencia de Juicio con otra integraci\u00f3n y teniendo en cuenta los argumentos del STJ. El procurador general, Mario Oscar Bongianino, al recibir vista del planteo, se hab\u00eda pronunciado a favor de confirmar la condena.<\/p>\n<p>El recurso de la defensora oficial gir\u00f3, fundamentalmente, en la violaci\u00f3n de la defensa en juicio, al cuestionar espec\u00edficamente la incorporaci\u00f3n por lectura de la denuncia de la v\u00edctima ante su incomparecencia en el juicio. Ello, adujo, le imposibilit\u00f3 ese derecho a su defendido ya que no pudo ejercer el contrainterrogatorio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fundamentos.<\/strong><\/p>\n<p>El Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal, al ratificar la condena del presunto agresor sexual, se\u00f1al\u00f3 que la falta de concurrencia de la v\u00edctima al debate \u201cno es obst\u00e1culo para tener por acreditadas las lesiones y que (el imputado) fue el causante de ellas\u201d; surgiendo ello de los informes m\u00e9dicos y del testimonio de la psic\u00f3loga que mantuvo contacto\u00a0 con la mujer. Tambi\u00e9n mencion\u00f3 dos antecedentes cercanos en el tiempo para respaldar esa postura.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 respondi\u00f3 la Sala B? Que \u201ccuando se decide en un pronunciamiento referir a un antecedente jurisprudencial, es preciso que se presenten circunstancias semejantes (\u2026) Un error puede consistir en no advertir que la situaci\u00f3n de hecho que sirve de marco al precedente no es an\u00e1loga, en sus circunstancias relevantes, a la del caso a resolver\u201d. O sea que esos dos antecedentes citados por el TIP eran diferentes a lo investigado en esta causa.<\/p>\n<p>Losi y Fresco agregaron que si bien de los informes t\u00e9cnicos surgi\u00f3 la voluntad de la v\u00edctima de no concurrir al debate oral, ella \u201ctiene el derecho a ser informada, en primer lugar, de la carga y el inter\u00e9s p\u00fablico que implica judicializar una cuesti\u00f3n de instancia privada, como lo fue su denuncia; y, en segundo lugar, las distintas modalidades en que su declaraci\u00f3n puede llevarse a cabo bajo estricta protecci\u00f3n de su situaci\u00f3n y sin agravar su situaci\u00f3n personal, ni revictimizarla\u201d.<\/p>\n<p>\u201cAhora bien \u2013remarcaron\u2013, en la situaci\u00f3n suscitada en el legajo, surgi\u00f3 del sistema inform\u00e1tico que la denunciante fue contactada por personal de la Oficina Judicial, al que le manifest\u00f3 que, por cuestiones de salud, no iba a presentarse en el juicio (\u2026) Es decir que existieron, por parte de la fiscal\u00eda, intentos de que la v\u00edctima se presentara a la audiencia, aunque no surgi\u00f3 una certificaci\u00f3n m\u00e9dica que acreditara esa imposibilidad, como tampoco se arbitraron medios alternativos para obtener su declaraci\u00f3n (por ejemplo a trav\u00e9s de una declaraci\u00f3n en C\u00e1mara Gesell)\u201d.<\/p>\n<p>M\u00e1s adelante, el STJ indic\u00f3 que \u201cel art\u00edculo 308 del C\u00f3digo Procesal Penal de La Pampa prev\u00e9 la posibilidad de suspender el debate ante situaciones como la descripta, por lo que existen herramientas que hubieran permitido a la v\u00edctima declarar en el juicio (\u2026) Tampoco surge si fue informada de la carga y el inter\u00e9s p\u00fablico que conlleva judicializar una cuesti\u00f3n de instancia privada\u201d.<\/p>\n<p>Incluso los ministros remarcaron que \u201cadem\u00e1s no podemos soslayar que en la acusaci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico, que conllevaba tambi\u00e9n el delito de amenazas simples, el propio fiscal solicit\u00f3 en el debate la absoluci\u00f3n del imputado, pues al no contar con el testimonio de la v\u00edctima no pod\u00eda comprobarse el hecho, en raz\u00f3n de esa orfandad probatoria (\u2026) Si bien a este Tribunal le compete analizar la existencia de arbitrariedad o no respecto de las sentencias dictadas por el TIP, y sin desatender que por el delito de amenazas el imputado fue absuelto, no puede dejar de observar un sesgo de auto contradicci\u00f3n en el dictamen fiscal; ya que mientras el testimonio de la v\u00edctima era imprescindible para acusarlo por amenazas, no result\u00f3 necesario para acusarlo por las lesiones\u201d.<\/p>\n<p>Finalmente, el STJ record\u00f3 que hace cinco meses, en esta misma l\u00ednea, la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en un informe que \u201ccorresponde evaluar, a la luz del principio de presunci\u00f3n de inocencia y del derecho de defensa, si la prueba practicada con serias limitaciones a dicho derecho, tuvo un valor fundamental en la condena (\u2026) La Corte Interamericana y la Corte Europea han se\u00f1alado que la condena no puede estar fundada &#8216;\u00fanicamente o en grado decisivo&#8217; en declaraciones de testigos en las que los derechos del inculpado han sido limitados\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Superior Tribunal de Justicia anul\u00f3 una sentencia condenatoria, en un caso de violencia de g\u00e9nero, por \u201cfundamentaci\u00f3n insuficiente y afectaci\u00f3n al derecho de defensa en juicio\u201d y le orden\u00f3&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":267512,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[],"class_list":["post-309610","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-provincia"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/ciudad-judicial1.jpeg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/309610","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=309610"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/309610\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":309611,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/309610\/revisions\/309611"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/267512"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=309610"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=309610"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=309610"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}