{"id":339131,"date":"2022-10-13T06:59:27","date_gmt":"2022-10-13T09:59:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=339131"},"modified":"2022-10-13T07:03:11","modified_gmt":"2022-10-13T10:03:11","slug":"el-gobierno-creo-el-dolar-catar-y-son-15-las-cotizaciones-vigentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2022\/10\/13\/el-gobierno-creo-el-dolar-catar-y-son-15-las-cotizaciones-vigentes\/","title":{"rendered":"El Gobierno cre\u00f3 el d\u00f3lar Catar y son 15 las cotizaciones vigentes"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-331813\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto.webp\" alt=\"\" width=\"767\" height=\"511\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto.webp 767w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto-300x200.webp 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto-585x390.webp 585w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto-263x175.webp 263w\" sizes=\"(max-width: 767px) 100vw, 767px\" \/><\/p>\n<p>Mediante el Decreto 682\/2022 publicado en el Bolet\u00ednOficial de la Naci\u00f3n, el gobierno de Alberto Fern\u00e1ndez modific\u00f3 la \u201cLey de solidaridad social y reactivaci\u00f3n productiva en el marco de la emergencia p\u00fablica\u201d, por el cual cre\u00f3 otros tres nuevos tipos de cambio.<\/p>\n<p>Decreto 682\/2022<br \/>\nDCTO-2022-682-APN-PTE &#8211; Decreto N\u00b0 99\/2019. Modificaci\u00f3n.<br \/>\nCiudad de Buenos Aires, 12\/10\/2022<\/p>\n<p>VISTO el Expediente N\u00ba EX-2022-107532859-APN-DGDA#MEC, la Ley N\u00ba 27.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones, el Decreto N\u00ba 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Cap\u00edtulo 6 del T\u00edtulo IV de la Ley N\u00ba 27.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones incorpor\u00f3 el denominado \u201cImpuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)\u201d.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 35 de la citada norma legal enumera las operaciones alcanzadas por el mencionado gravamen precisando, en su inciso a), que comprende la compra de billetes y divisas en moneda extranjera -incluidos cheques de viajero- para atesoramiento o sin un destino espec\u00edfico vinculado al pago de obligaciones, efectuadas por residentes en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Que el inciso a) del art\u00edculo 41 de la citada ley delega en el PODER EJECUTIVO NACIONAL la facultad de incorporar nuevas operaciones al listado enunciado en el art\u00edculo 35, en la medida en que impliquen la adquisici\u00f3n de moneda extranjera de manera directa o indirecta.<\/p>\n<p>Que existen operaciones de importaci\u00f3n de bienes suntuarios concentradas en usuarios y usuarias de alto poder adquisitivo y que demandan la adquisici\u00f3n de moneda extranjera para cuestiones ajenas a cualquier cadena productiva nacional.<\/p>\n<p>Que, por otro lado, se desarrollan en el pa\u00eds actividades definidas como servicios personales, culturales y recreativos, que involucran operaciones en moneda extranjera exclusivamente destinadas a sujetos residentes del exterior.<\/p>\n<p>Que, por ello, corresponde en esta oportunidad incluir dentro de ese \u00e1mbito de imposici\u00f3n a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera, efectuadas por residentes en el pa\u00eds, para el pago de obligaciones por: i) la adquisici\u00f3n en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye ense\u00f1anza educativa) y ii) la importaci\u00f3n de los bienes suntuarios incluidos en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COM\u00daN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se detallan en la presente norma.<\/p>\n<p>Que lo dispuesto en la presente medida no modifica de manera alguna el tratamiento actual de los servicios digitales comprendidos en el numeral 7 del inciso m) del apartado 21 del inciso e) del art\u00edculo 3\u00ba de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que incluye la descarga de series, pel\u00edculas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet y la difusi\u00f3n de m\u00fasica, pel\u00edculas o cualquier contenido digital a trav\u00e9s de tecnolog\u00eda de transmisi\u00f3n de datos (streaming), entre otros.<\/p>\n<p>Que la Ley N\u00ba 26.122 regula el tr\u00e1mite y los alcances de la intervenci\u00f3n del HONORABLE CONGRESO DE LA NACI\u00d3N respecto de los Decretos delegados dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.<\/p>\n<p>Que la citada ley determina que la COMISI\u00d3N BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos delegados, as\u00ed como para elevar el dictamen al plenario de cada C\u00e1mara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 22 de la Ley N\u00ba 26.122 dispone que las C\u00e1maras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobaci\u00f3n de los decretos deber\u00e1 ser expreso conforme lo establecido en el art\u00edculo 82 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL.<\/p>\n<p>Que ha tomado intervenci\u00f3n el servicio jur\u00eddico competente.<\/p>\n<p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los art\u00edculos 76 y 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL y por el art\u00edculo 41 de la Ley N\u00ba 27.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones.<\/p>\n<p>Por ello,<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DE LA NACI\u00d3N ARGENTINA<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba.- Incorp\u00f3rase en el T\u00edtulo III del Decreto N\u00ba 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones, como art\u00edculo 13 bis, el siguiente:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 13 bis.- Quedan comprendidas en el inciso a) del art\u00edculo 35 de la Ley N\u00ba 27.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones, las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el pa\u00eds para el pago de obligaciones por:<\/p>\n<p>a) La adquisici\u00f3n en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye ense\u00f1anza educativa), de conformidad a la normativa del BANCO CENTRAL DE LA REP\u00daBLICA ARGENTINA, o su adquisici\u00f3n en el pa\u00eds cuando sean prestados por no residentes.<\/p>\n<p>A estos efectos, el impuesto establecido en el art\u00edculo 35 de la ley se determinar\u00e1 de acuerdo a lo dispuesto en el inciso b) del primer p\u00e1rrafo de su art\u00edculo 39 en relaci\u00f3n con los servicios alcanzados.<\/p>\n<p>b) La importaci\u00f3n de las mercader\u00edas incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COM\u00daN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en el Anexo I de este decreto.<\/p>\n<p>A los fines de este inciso, el impuesto establecido en el art\u00edculo 35 de la ley se determinar\u00e1 sobre el monto total de la operatoria por la que se compren billetes y divisas en moneda extranjera.<\/p>\n<p>El pago del impuesto por las obligaciones mencionadas en los dos incisos precedentes estar\u00e1 a cargo del adquirente o prestatario, pero deber\u00e1n actuar en car\u00e1cter de agentes de percepci\u00f3n y liquidaci\u00f3n las entidades detalladas en el inciso a) del art\u00edculo 37 de la ley\u201d.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba.- Incorp\u00f3rase como Anexo I del Decreto N\u00ba 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones el Anexo I (IF-2022-107870740-APN-SLYA#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba.- El MINISTERIO DE ECONOM\u00cdA y la ADMINISTRACI\u00d3N FEDERAL DE INGRESOS P\u00daBLICOS dictar\u00e1n, en el marco de sus respectivas competencias, las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en el presente decreto.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba.- La presente medida comenzar\u00e1 a regir el d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial, surtiendo efectos para las operaciones concertadas a partir de esa fecha.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5\u00b0.- Dese cuenta a la COMISI\u00d3N BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACI\u00d3N.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00ba.- Comun\u00edquese, publ\u00edquese, dese a la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch\u00edvese.<\/p>\n<p>FERN\u00c1NDEZ &#8211; Juan Luis Manzur \u2013 E\/E Alexis Ra\u00fal Guerrera<\/p>\n<p>NOTA: El\/los Anexo\/s que integra\/n este(a) Decreto se publican en la edici\u00f3n web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-<\/p>\n<p>Lo hace con el objetivo de encarecer el tipo de cambio para algunas actividades y as\u00ed, cuidar las reservas del Banco Central. De esta manera, ya hay m\u00e1s de 15 cotizaciones en Argentina. En esta nota, uno por uno.<\/p>\n<p>D\u00f3lar Qatar- D\u00f3lar turista- D\u00f3lar solidario<\/p>\n<p>El Gobierno nacional resolvi\u00f3 que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de cr\u00e9dito y d\u00e9bito en pasajes y paquetes tur\u00edsticos que superen los u$s300 al mes pagar\u00e1n una percepci\u00f3n extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo se calcula?<\/p>\n<p>Tipo de cambio Banco Naci\u00f3n + 30% del impuesto pa\u00eds + 45% de Ganancias y bienes personales + NUEVO 25% de Bienes personales.<\/p>\n<p>Otras datos<\/p>\n<p>Este precio ser\u00e1n los que tendr\u00e1n que afrontar todos aquellos que superen los 300 d\u00f3lares consumidos en el mes. Importante: si un contribuyente realiza operaciones por u$s301, pagar\u00e1 el precio nuevo por TODO EL CONSUMO.<\/p>\n<p>Los 300 d\u00f3lares se sumar\u00e1n entre los consumos que se hagan con tarjeta de cr\u00e9dito y d\u00e9bito DE TODAS LAS TARJETAS POR CUIT.<\/p>\n<p>No se afectan los consumos mensuales con tarjeta de cr\u00e9dito de aplicaciones o de servicios de streaming ni al d\u00f3lar ahorro.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>D\u00f3lar lujo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El Gobierno tambi\u00e9n dispuso un nuevo d\u00f3lar para la compra de bienes suntuarios o de \u00ablujo\u00bb en el exterior. Este d\u00f3lar ser\u00e1 de $300, el doble del valor del que se aplicaba hasta el martes.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo se calcula?<\/p>\n<p>Tipo de cambio Banco Naci\u00f3n ($150) + 30% del Impuesto pa\u00eds + 45% de Ganancias y Bienes personales + NUEVO 25% de Bienes Personales = $300 (Valores al 12\/10).<\/p>\n<p>Se consideran bienes de lujo, veh\u00edculos de alta gama, jets privados y peque\u00f1os aviones, embarcaciones de uso recreativo, bebidas alcoh\u00f3licas premium, relojes, piedras preciosas, m\u00e1quinas tragamonedas y m\u00e1quinas para minado de criptomonedas.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong>D\u00f3lar Coldplay- D\u00f3lar cultura<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se trata de un tipo de cambio diferencial para servicios de recreaciones y actividades art\u00edsticas contratados en el exterior. Esta actividad, que cuenta como una importaci\u00f3n de servicios, tiene un plazo de 180 d\u00edas hasta que el Banco Central gire los d\u00f3lares para los productores que necesiten hacer ese pago al exterior.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo se calcula?<\/p>\n<p>Tipo de cambio Banco Naci\u00f3n+ 30% de Impuesto Pa\u00eds<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong>D\u00f3lar oficial<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Es el tipo de cambio de referencia en la Argentina. Este es el d\u00f3lar que toma el Ministerio de Econom\u00eda para calcular la deuda bruta y las empresas que deben cancelar vencimientos en moneda extranjera.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong>D\u00f3lar mayorista<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se trata del intercambiado en el segmento donde operan bancos y agentes de comercio exterior.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong>D\u00f3lar blue<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se trata del billete que se comercializa en cuevas o a trav\u00e9s de \u00abarbolitos\u00bb, es decir, por fuera del circuito legal.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong>D\u00f3lar futuro<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se trata del que se compra en el mercado Rofex. A ese valor se pactan operaciones con meses de anticipaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong>D\u00f3lar \u00abContado con Liquidaci\u00f3n\u00bb<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Surge de cambiar pesos por d\u00f3lares en el exterior mediante la compra y venta de acciones y t\u00edtulos de deuda.<\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li><strong>D\u00f3lar Bolsa o MEP<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Consiste en la compra de bonos en la bolsa porte\u00f1a con pesos y la venta del mismo t\u00edtulo en d\u00f3lares.<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>D\u00f3lar ahorro<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Este billete tiene un impuesto del 30% y cada persona podr\u00e1 comprar hasta un m\u00e1ximo de u$s200. Consult\u00e1 si est\u00e1s habilitado para comprar d\u00f3lar ahorro.<\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li><strong>D\u00f3lar Cedears<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Otra manera de dolarizar ahorros es a trav\u00e9s de los Cedears, que son certificados de dep\u00f3sitos que representan acciones de empresas que cotizan en el exterior y no en la Argentina, como sucede por ejemplo con Apple, Google, Amazon, Kimberly Clark, Walmart, entre otras. Los Cedears se compran en pesos y despu\u00e9s se los convierte al valor de las acciones, que cotizan en d\u00f3lares.<\/p>\n<ol start=\"12\">\n<li><strong>D\u00f3lar Ledes<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Comprar Letras del Tesoro en pesos es otra forma de dolarizarse, ya que algunos t\u00edtulos de corto plazo cotizan en moneda local y en d\u00f3lares. De esta forma, se puede hacer una operaci\u00f3n de contado con liquidaci\u00f3n (CCL) sin un tope m\u00e1ximo de monto. La letra m\u00e1s utilizada est\u00e1n siendo las de descuento (LEDE).<\/p>\n<ol start=\"13\">\n<li><strong>D\u00f3lar Cripto<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El tipo de cambio para acceder a d\u00f3lares mediante criptomonedas opera por encima de los $300. En el ecosistema cripto, no obstante, existen diferentes cotizaciones seg\u00fan la billetera virtual con la que se opere.<\/p>\n<ol start=\"14\">\n<li><strong>D\u00f3lar SENEBI<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El d\u00f3lar Senebi, es la cotizaci\u00f3n impl\u00edcita en bonos que no cuenta con intervenci\u00f3n del Banco Central ni tiene l\u00edmites al volumen para operar. Existe una rueda paralela de operaci\u00f3n al d\u00f3lar de pantalla, denominada Segmento de Negociaci\u00f3n Bilateral que surge de la operaci\u00f3n de compra y venta de bonos y donde participan grandes firmas que acuerdan como compradores o vendedores un precio para la transacci\u00f3n, distinto al que marca el mercado. En cuanto al precio, suele estar por encima del Contado con Liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"15\">\n<li><strong>D\u00f3lar Netflix<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Esta cotizaci\u00f3n engloba a todos los servicios de streaming que se pagan desde Argentina para plataformas internacionales, como Netflix, Spotify o Twitch. En estos casos se aplica un 8% de impuesto PAIS, pero se tiene que tributar un 21% de IVA y el 45% a cuenta de Ganancias. Esto implica un recargo de 74% respecto del precio de la moneda estadounidense en el Banco Naci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Otros tipos de cambio diferenciados<\/strong><\/p>\n<p>D\u00f3lar tecno: Para quienes exporten servicios o para la industria del conocimiento existe la posibilidad de que las empresas que realicen inversiones superiores a u$s3 millones queden exceptuadas de liquidar 20% de las divisas en el mercado oficial. Adem\u00e1s, las empresas que incrementen sus exportaciones en este 2022 tendr\u00e1n libre disponibilidad del 30% de las divisas para usar en remuneraciones.<\/p>\n<p>D\u00f3lar soja: por un mes, con el objetivo de sumar reservas, el Gobierno puso en marcha el Programa de Incentivo Exportador, que consisti\u00f3 en reconocerle al complejo sojero una cotizaci\u00f3n de $200 por d\u00f3lar exportado.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-193057\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/dolares-2.jpg\" alt=\"\" width=\"945\" height=\"531\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/dolares-2.jpg 945w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/dolares-2-300x169.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/dolares-2-768x432.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/dolares-2-585x329.jpg 585w\" sizes=\"(max-width: 945px) 100vw, 945px\" \/><\/p>\n<p><strong>El decreto<\/strong><\/p>\n<div id=\"tituloDetalleAviso\" class=\"col-md-12 form-group\"><\/div>\n<div id=\"cuerpoDetalleAviso\" class=\"col-md-12 form-group detalle-cuerpo justified\">\n<p>VISTO el Expediente N\u00ba\u00a0EX-2022-107532859-APN-DGDA#MEC, la Ley N\u00ba\u00a027.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones, el Decreto N\u00ba\u00a099 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones,\u00a0y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Cap\u00edtulo 6 del T\u00edtulo IV de la Ley N\u00ba\u00a027.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones incorpor\u00f3 el denominado \u201cImpuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)\u201d.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 35 de la citada norma legal enumera las operaciones alcanzadas por el mencionado gravamen precisando, en su inciso a), que comprende la compra de billetes y divisas en moneda extranjera -incluidos cheques de viajero- para atesoramiento o sin un destino espec\u00edfico vinculado al pago de obligaciones, efectuadas por residentes en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Que el inciso a) del art\u00edculo 41 de la citada ley delega en el PODER EJECUTIVO NACIONAL la facultad de incorporar nuevas operaciones al listado enunciado en el art\u00edculo 35, en la medida en que impliquen la adquisici\u00f3n de moneda extranjera de manera directa o indirecta.<\/p>\n<p>Que existen operaciones de importaci\u00f3n de bienes suntuarios concentradas en usuarios y usuarias de alto poder adquisitivo y que demandan la adquisici\u00f3n de moneda extranjera para cuestiones ajenas a cualquier cadena productiva nacional.<\/p>\n<p>Que, por otro lado, se desarrollan en el pa\u00eds actividades definidas como servicios personales, culturales y recreativos, que involucran operaciones en moneda extranjera exclusivamente destinadas a sujetos residentes del exterior.<\/p>\n<p>Que, por ello, corresponde en esta oportunidad incluir dentro de ese \u00e1mbito de imposici\u00f3n a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera, efectuadas por residentes en el pa\u00eds, para el pago de obligaciones por: i) la adquisici\u00f3n en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye ense\u00f1anza educativa) y ii) la importaci\u00f3n de los bienes suntuarios incluidos en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COM\u00daN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se detallan en la presente norma.<\/p>\n<p>Que lo dispuesto en la presente medida no modifica de manera alguna el tratamiento actual de los servicios digitales comprendidos en el numeral 7 del inciso m) del apartado 21 del inciso e) del art\u00edculo 3\u00ba de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que incluye la descarga de series, pel\u00edculas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet y la difusi\u00f3n de m\u00fasica, pel\u00edculas o cualquier contenido digital a trav\u00e9s de tecnolog\u00eda de transmisi\u00f3n de datos (streaming), entre otros.<\/p>\n<p>Que la Ley N\u00ba\u00a026.122 regula el tr\u00e1mite y los alcances de la intervenci\u00f3n del HONORABLE CONGRESO DE LA NACI\u00d3N respecto de los Decretos delegados dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.<\/p>\n<p>Que la citada ley determina que la COMISI\u00d3N BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos delegados, as\u00ed como para elevar el dictamen al plenario de cada C\u00e1mara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 22 de la Ley N\u00ba\u00a026.122 dispone que las C\u00e1maras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobaci\u00f3n de los decretos deber\u00e1 ser expreso conforme lo establecido en el art\u00edculo 82 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL.<\/p>\n<p>Que ha tomado intervenci\u00f3n el servicio jur\u00eddico competente.<\/p>\n<p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los art\u00edculos 76 y 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCI\u00d3N NACIONAL y por el art\u00edculo 41 de la Ley N\u00ba\u00a027.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones.<\/p>\n<p>Por ello,<\/p>\n<p>EL\u00a0PRESIDENTE DE\u00a0LA\u00a0NACI\u00d3N ARGENTINA<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba.- Incorp\u00f3rase en el T\u00edtulo III del Decreto N\u00ba\u00a099 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones, como art\u00edculo 13 bis, el siguiente:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 13 bis.- Quedan comprendidas en el inciso a) del art\u00edculo 35 de la Ley N\u00ba\u00a027.541 de Solidaridad Social y Reactivaci\u00f3n Productiva en el Marco de la Emergencia P\u00fablica y sus modificaciones, las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el pa\u00eds para el pago de obligaciones por:<\/p>\n<p>a) La adquisici\u00f3n en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye ense\u00f1anza educativa), de conformidad a la normativa del BANCO CENTRAL DE LA REP\u00daBLICA ARGENTINA, o su adquisici\u00f3n en el pa\u00eds cuando sean prestados por no residentes.<\/p>\n<p>A estos efectos, el impuesto establecido en el art\u00edculo 35 de la ley se determinar\u00e1 de acuerdo a lo dispuesto en el inciso b) del primer p\u00e1rrafo de su art\u00edculo 39 en relaci\u00f3n con los servicios alcanzados.<\/p>\n<p>b) La importaci\u00f3n de las mercader\u00edas incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COM\u00daN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en el Anexo I de este decreto.<\/p>\n<p>A los fines de este inciso, el impuesto establecido en el art\u00edculo 35 de la ley se determinar\u00e1 sobre el monto total de la operatoria por la que se compren billetes y divisas en moneda extranjera.<\/p>\n<p>El pago del impuesto por las obligaciones mencionadas en los dos incisos precedentes estar\u00e1 a cargo del adquirente o prestatario, pero deber\u00e1n actuar en car\u00e1cter de agentes de percepci\u00f3n y liquidaci\u00f3n las entidades detalladas en el inciso a) del art\u00edculo 37 de la ley\u201d.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba.- Incorp\u00f3rase como Anexo I del Decreto N\u00ba\u00a099 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones el Anexo I (IF-2022-107870740-APN-SLYA#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba.- El MINISTERIO DE ECONOM\u00cdA y la ADMINISTRACI\u00d3N FEDERAL DE INGRESOS P\u00daBLICOS dictar\u00e1n, en el marco de sus respectivas competencias, las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en el presente decreto.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba.- La presente medida comenzar\u00e1 a regir el d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial, surtiendo efectos para las operaciones concertadas a partir de esa fecha.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5\u00b0.- Dese cuenta a la COMISI\u00d3N BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACI\u00d3N.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00ba.- Comun\u00edquese, publ\u00edquese, dese a la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch\u00edvese.<\/p>\n<p>FERN\u00c1NDEZ &#8211; Juan Luis Manzur \u2013 E\/E Alexis Ra\u00fal Guerrera<\/p>\n<p>NOTA: El\/los Anexo\/s que integra\/n este(a) Decreto se publican en la edici\u00f3n web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante el Decreto 682\/2022 publicado en el Bolet\u00ednOficial de la Naci\u00f3n, el gobierno de Alberto Fern\u00e1ndez modific\u00f3 la \u201cLey de solidaridad social y reactivaci\u00f3n productiva en el marco de la&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":331813,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12,15],"tags":[],"class_list":["post-339131","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-pais","category-tapa"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/massa-alberto.webp","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/339131","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=339131"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/339131\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":339137,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/339131\/revisions\/339137"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/331813"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=339131"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=339131"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=339131"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}