{"id":50782,"date":"2017-02-20T13:33:51","date_gmt":"2017-02-20T16:33:51","guid":{"rendered":"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=50782"},"modified":"2017-02-20T13:33:51","modified_gmt":"2017-02-20T16:33:51","slug":"una-madre-fue-condenada-a-12-anos-por-intentar-matar-a-su-bebe","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2017\/02\/20\/una-madre-fue-condenada-a-12-anos-por-intentar-matar-a-su-bebe\/","title":{"rendered":"Una madre fue condenada a 12 a\u00f1os por intentar matar a su beb\u00e9"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-28303\" src=\"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/09\/ciudad-judicial.jpg\" alt=\"\" width=\"960\" height=\"720\" \/><\/p>\n<p>La justicia le mantuvo la prisi\u00f3n preventiva hasta tanto la resoluci\u00f3n quede firme. La v\u00edctima fue un hijo que ten\u00eda seis meses al momento de los hechos.<!--more--><\/p>\n<p>El Tribunal de Audiencia, conformado por los jueces Andr\u00e9s Oli\u00e9, Gast\u00f3n Boulenaz y Alejandra Ongaro, conden\u00f3 hoy a C.V.B. como autora material y penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el v\u00ednculo de parentesco en grado de tentativa (art\u00edculo 80 inciso 1\u00b0 en relaci\u00f3n con el art\u00edculo 42 del C\u00f3digo Penal), a la pena de 12 a\u00f1os de prisi\u00f3n, y le mantuvo la prisi\u00f3n preventiva hasta tanto la resoluci\u00f3n quede firme. La v\u00edctima fue un hijo que ten\u00eda seis meses al momento de los hechos.<\/p>\n<p>Los jueces dieron por probado que el 10 de abril del a\u00f1o pasado, a las 12.30, en el interior de la casa familiar, C.V.B., una mujer de 31 a\u00f1os sin antecedentes penales, \u201cintent\u00f3 quitar la vida de su hijo de seis meses de vida, con un elemento punzo-cortante, provoc\u00e1ndole heridas en el cuello y en el t\u00f3rax, que generaron un cuadro hipovol\u00e9mico que puso en peligro la vida de la v\u00edctima\u201d.<\/p>\n<p>Agregaron que \u201cno logr\u00f3 su cometido por causas ajenas a su voluntad, ello es la intervenci\u00f3n inmediata y oportuna de sus familiares, especialmente de sus otros dos hijos menores de 6 y 10 a\u00f1os; como as\u00ed de los profesionales de la salud que asistieron al menor, con la eficiencia y efectividad necesaria que evit\u00f3 el originario resultado da\u00f1oso que pretend\u00eda la encartada\u201d.<\/p>\n<p>El primer voto del fallo fue escrito por Ongaro, adhiriendo posteriormente Oli\u00e9 y Boulenaz. En tal sentido, la jueza coincidi\u00f3 con la calificaci\u00f3n legal propuesta por el fiscal Andr\u00e9s Torino \u2013quien hab\u00eda requerido una sanci\u00f3n de 14 a\u00f1os de prisi\u00f3n\u2013, \u201cpor cuanto existi\u00f3 nexo de causalidad directo entre el accionar desplegado por C.V.B. y el riesgo de vida que ello provoc\u00f3 en su hijo\u201d.<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n al planteo del defensor Jos\u00e9 Ram\u00f3n Rodr\u00edguez, que m\u00e1s all\u00e1 de solicitar la absoluci\u00f3n de la acusada, plante\u00f3 subsidiariamente que en caso de condena se tuviera en cuenta que no hubo dolo en su conducta, el tribunal se\u00f1al\u00f3 que \u201cdicha pretensi\u00f3n debe ser rechazada toda vez que las pruebas, descriptas y puntualmente rese\u00f1adas, reconstruyen la conducta de C.V.B. revelando claramente cu\u00e1l fue su intenci\u00f3n, provocar la muerte de su hijo\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPara ello, debe tenerse en cuenta, en primer lugar los momentos inmediatos previos al suceso cuando esta mujer, conforme el relato (de otro de su hijos), intent\u00f3 quedarse sola con su beb\u00e9 en la vivienda \u2013a\u00f1ade el fallo\u2013. En ese sentido el menor dijo que \u2018mi mam\u00e1 me dice , and\u00e1 a comprar algo para comer con tu pap\u00e1 \u2026 le dice lo mismo a mi pap\u00e1 y a mi hermano, yo le dije que no y me qued\u00e9\u2019. Este relato revela la intenci\u00f3n dolosa y planificada en la conducta de C.V.B., quien al no lograr que (otros dos hijos ) se fueran con su padre, se encerr\u00f3 en su cuarto para, en ese recinto cerrado y sin testigos que se lo impidiesen, consumar su decisi\u00f3n delictiva\u201d.<\/p>\n<p>M\u00e1s adelante, los jueces manifestaron que \u201ctambi\u00e9n debe tenerse en cuenta las caracter\u00edsticas del elemento que utiliz\u00f3 en su ataque \u2013corto punzante\u2013, ya que si se admitiera la pretensi\u00f3n defensiva, en cuanto a que la intenci\u00f3n de C.V.B. fue s\u00f3lo la de agredir a su peque\u00f1o hijo, es claro que deber\u00eda haber recurrido a un elemento menos contundente, y con menor valor ofensivo\u201d.<\/p>\n<p>\u201cSi a esto se suma la cantidad de las heridas infligidas \u2013cuatro\u2013, como as\u00ed el lugar del cuerpo de la v\u00edctima donde fueron realizadas \u2013vena yugular\u2013, no es admisible duda alguna sobre la intencionalidad de la acusada de dar muerte a su hijo, cuando efectu\u00f3 un ataque repetido sobre su peque\u00f1o cuerpo y utiliz\u00f3 para ello un elemento corto-punzante\u201d, acotaron los magistrados.<\/p>\n<p>Con respecto a la pena, el tribunal tuvo presente que el delito imputado va de 10 a 15 a\u00f1os, aunque en este caso se reduc\u00eda a 14 porque fue lo pedido por el Ministerio P\u00fablico Fiscal. Por ello, se tuvo en cuenta como agravantes las siguientes circunstancias: \u201cel tiempo de vida de la v\u00edctima (seis meses), que la coloc\u00f3 en una situaci\u00f3n de extrema desigualdad frente a su agresora; la imposibilidad absoluta y total de ofrecer cualquier tipo de resistencia y mucho menos a\u00fan, de realizar alguna maniobra defensiva, al ataque recibido por parte de un adulto; la utilizaci\u00f3n de un elemento corto-punzante que connot\u00f3 de mayor poder ofensivo al accionar de C.V.B.; la repetici\u00f3n de este ataque que provoc\u00f3 cuatro heridas direccionadas al resultado letal, a todo lo cual se sum\u00f3 el da\u00f1o que provoc\u00f3 esta conducta desplegada por la imputada no s\u00f3lo a la v\u00edctima directa, sino tambi\u00e9n a las v\u00edctimas indirectas (sus otros dos hijos), quienes con su corta edad se vieron expuestos a presenciar gran parte del hecho hasta su desenlace, sobre todo (uno de ellos), que se vio obligado a interrumpir la decisi\u00f3n homicida de su madre hacia su hermano peque\u00f1o\u201d.<\/p>\n<p>A su vez el tribunal valor\u00f3 a favor de la causa que no registrase antecedentes criminales, como as\u00ed sus condiciones de vida, ya que se trata de \u201cuna persona que ha sido v\u00edctima desde muy peque\u00f1a, de violencia familiar, situaci\u00f3n de vulnerabilidad que muy probablemente haya impuesto en ella una impronta, con tendencia a repetir la violencia a la que fuera sometida\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La justicia le mantuvo la prisi\u00f3n preventiva hasta tanto la resoluci\u00f3n quede firme. 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