{"id":514696,"date":"2026-09-25T10:56:46","date_gmt":"2026-09-25T13:56:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=514696"},"modified":"2026-09-25T10:56:46","modified_gmt":"2026-09-25T13:56:46","slug":"la-logica-del-derecho-penal-juvenil-es-educativa-y-no-adultocentrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2026\/09\/25\/la-logica-del-derecho-penal-juvenil-es-educativa-y-no-adultocentrica\/","title":{"rendered":"\u201cLa l\u00f3gica del Derecho Penal Juvenil es educativa y no adultoc\u00e9ntrica\u201d"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-514699\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3.jpeg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"960\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3.jpeg 1280w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3-300x225.jpeg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3-1024x768.jpeg 1024w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3-768x576.jpeg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3-1170x878.jpeg 1170w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil3-585x439.jpeg 585w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><\/p>\n<p>\u201cLa l\u00f3gica del derecho penal juvenil es educativa y no adultoc\u00e9ntrica; y enfatizo en esto porque si no seguiremos viendo c\u00f3mo el 70 por ciento de los adultos que pasan por el sistema penal para adultos antes ya hab\u00eda pasado por el sistema penal juvenil\u201d, dijo el abogado y docente Alejandro Osio. \u201cEl sistema penal juvenil no apunta a castigar, sino a resocializar, a que el adolescentes se haga responsable y pueda reintegrarse a la sociedad\u201d, acot\u00f3 la jueza Mar\u00eda Antonella Marchisio.<\/p>\n<p>Ambos fueron los expositores de una larga charla explicativa, y detalladamente t\u00e9cnica, sobre la ley nacional 27.801 que aprob\u00f3 el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil y que redujo, entre otros cambio, la edad de punibilidad de 16 a 14 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Las disertaciones se dieron en el auditorio del Centro Judicial de Santa Rosa y estuvieron destinadas a operadores judiciales. Por ello asistieron el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Hugo Oscar D\u00edaz; el defensor general, Mart\u00edn Saravia; el director general de Justicia, Marcos Gonz\u00e1lez; el presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Carlos Ordas; representantes de la Asociaci\u00f3n de Funcionarios del Ministerio P\u00fablico Fiscal y de la Asociaci\u00f3n de Defensoras, Defensores, Asesores y Asesoras \u2013entidad organizadora\u2013 ; el diputado provincial Hern\u00e1n P\u00e9rez Araujo; jueces, juezas, fiscales\/as, defensores\/as, empleados\/as, abogados\/as. Adem\u00e1s hubo 120 operadores que estuvieron conectados\/as desde Tierra del Fuego, Santa Fe y Misiones, entre otros lugares.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js\"><\/script><\/p>\n<p><!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><script><\/p>\n<p>(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});<\/p>\n<p><\/script><\/p>\n<p>Un primer dato que remarc\u00f3 Osio fue que la ley 27.801 estableci\u00f3 disposiciones de derecho sustantivo (penas, condiciones de punibilidad, extinci\u00f3n de la acci\u00f3n), pero no disposiciones procesales; y que solo reserv\u00f3 estas \u00faltimas para las jurisdicciones nacional y federal. Eso significa que dej\u00f3 en manos de las provincias la fijaci\u00f3n de los procedimientos o caminos legales (desarrollo de los juicios, plazos, pruebas) para cumplir con el derecho sustantivo.<\/p>\n<p>En ese sentido, vale destacar que La Pampa fue una de las provincias pioneras en esta materia porque el 1 de agosto de 2023 hab\u00eda entrado en vigencia el nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes (ley provincial 3353). Esa norma fij\u00f3 como eje central el concepto de justicia restaurativa; o sea que el m\u00e9todo para resolver los conflictos donde intervienen adolescentes haga foco en la reparaci\u00f3n del da\u00f1o causado a la v\u00edctima y a la comunidad \u2013tomando aquel conciencia de su responsabilidad\u2013, en lugar de aplicar un castigo tradicional.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-514698\" src=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2.jpeg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"960\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2.jpeg 1280w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2-300x225.jpeg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2-1024x768.jpeg 1024w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2-768x576.jpeg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2-1170x878.jpeg 1170w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil2-585x439.jpeg 585w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><\/p>\n<p>Por eso ahora, a partir de la aprobaci\u00f3n por el Congreso de la ley 27.801, la Provincia solo tuvo que adecuar ese texto a la norma nacional y lo hizo modificando algunos art\u00edculos de la ley 3353 y otros de la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial.<\/p>\n<p><strong>\u201cCambio de paradigma\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Osio manifest\u00f3 que con la aprobaci\u00f3n de la ley nacional por parte del Congreso se produjo \u201cun cambio de paradigma, al pasarse de un modelo tutelar a un modelo de responsabilidad individual\u201d.<\/p>\n<p>Otro punto que resalt\u00f3 fue c\u00f3mo abordar el concepto del derecho a ser o\u00eddo. \u201cLa primera charla que se tiene con pibe es de traducci\u00f3n, sea imputado, v\u00edctima o testigo. O sea, hay que saber explicarle de qu\u00e9 se trata, que va a pasar\u2026 y no se lo debe hacer desde el adulcentrismo; es decir no se lo puede tratar igual que a un adulto\u201d.<\/p>\n<p>\u201cTodo ello debe adecuarse al adolescente porque la l\u00f3gica del derecho penal juvenil es educativa y no adulc\u00e9ntrica; y porque tampoco es lo mismo un adolescente de 14 a\u00f1os, casi un ni\u00f1o, que otro de 17. Hago hincapi\u00e9 en esto porque sabemos que actualmente el 70 por ciento de los adultos que pasan por el sistema penal para adultos antes pasaron por el sistema penal juvenil\u201d.<\/p>\n<p>Osio brind\u00f3 un ejemplo claro: \u201cSi leo dos sentencias, una del sistema penal para adultos y otra del sistema penal juvenil, al instante me tengo que dar cuenta cu\u00e1l es cu\u00e1l porque el lenguaje tiene que ser diferente\u201d.<\/p>\n<p>\u201cTrabajar con los adolescentes es ir al territorio, comunicar diferente, hablar con la persona, con su familia, con el barrio\u2026 Si queremos cambiar y realmente resocializarlo, pero seguimos mandando una c\u00e9dula para notificar una resoluci\u00f3n, no sirve de nada\u201d, acot\u00f3.<\/p>\n<p>Al final dej\u00f3 un dato particular. \u201cLa ley nacional habla de una asignaci\u00f3n presupuestaria\u201d para que Naci\u00f3n y las provincias cumplan con ella (se prev\u00e9 incorporaci\u00f3n de con personal, equipos interdisciplinarios e institutos de detenci\u00f3n especializados), pero en la reglamentaci\u00f3n de la norma, a cargo del Poder Ejecutivo Nacional, no.<\/p>\n<p><strong>\u201cUna pol\u00edtica criminal clara\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Por su parte, Marchisio \u2013hoy jueza sustituta del Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal\u2013 destac\u00f3 que \u201cLa Pampa tiene una ley modelo\u201d en materia de derecho penal juvenil y record\u00f3 que ella, junto a Mar\u00eda Soledad Forte, fueron las primeras defensoras oficiales en capacitarse en el tema.<\/p>\n<p>\u201cEl sistema penal juvenil no apunta a castigar, sino a resocializar, a que el adolescente se haga responsable y pueda reintegrarse a la sociedad. Para eso es fundamental conocer su entorno, su familia; algo que no ocurre cuanto tratamos con adultos\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3 que \u201cpensar el trabajo con adolescentes es pensar que se puede modificar la realidad. Por eso digo que dese la primera entrevista con \u00e9l tenemos que buscar su traje a medida. \u00bfQu\u00e9 significa? Saber qu\u00e9 necesita y cu\u00e1l es la mejor soluci\u00f3n para cada caso. Por ello remarco que para trabajar es su reinserci\u00f3n social hay que saber c\u00f3mo es, d\u00f3nde vive, cu\u00e1l es su contexto\u2026\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo mencion\u00f3 el fallo de una jueza porte\u00f1a que declar\u00f3 inconstitucional la aplicaci\u00f3n del nuevo r\u00e9gimen penal juvenil, y asegur\u00f3 que ese debate puede evitarse \u201csi el Ministerio P\u00fablico Fiscal fija criterios de pol\u00edtica criminal claros, como ocurri\u00f3 en Entre R\u00edos, especificando qu\u00e9 delitos perseguir y cu\u00e1les no\u201d.<\/p>\n<p>All\u00ed la Procuraci\u00f3n General, a trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n, aprob\u00f3 un Protocolo en materia de actuaci\u00f3n penal juvenil, donde se distingui\u00f3 \u2013entre otras medidas\u2013 las intervenciones por edades (de 14 a 16 y de 16 a 18) y se instruy\u00f3 a los fiscales\/as a ejercer ampliamente los criterios de oportunidad cuando los delitos tengan una pena m\u00e1xima de hasta tres a\u00f1os. El criterio de oportunidad es la facultad legal que tiene el M.P.F. para no iniciar, suspender, interrumpir o prescindir de la persecuci\u00f3n penal en ciertos casos.<\/p>\n<p><strong>Principales modificaciones de la Ley de Adecuaci\u00f3n a la norma nacional<\/strong><\/p>\n<p>La ley provincial de adecuaci\u00f3n a la ley nacional 27.801 \u2013que estableci\u00f3 el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil y redujo la edad de punibilidad de 16 a 14 a\u00f1os\u2013 ya fue promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial y publicada en el Bolet\u00edn Oficial de La Pampa del 11 de septiembre de 2026.<\/p>\n<p>La adecuaci\u00f3n, m\u00e1s las modificaciones y normas complementarias a leyes provinciales, fue aprobada por la Legislatura a trav\u00e9s de la ley 3656. En ella se incluyeron sugerencias aportadas por el Poder Judicial de la Provincia de La Pampa.<\/p>\n<p>La nueva norma reform\u00f3 once art\u00edculos de la ley provincial 3353 de Procedimiento Penal para Adolescentes, que rige en la Provincia desde el 1 de agosto de 2023, m\u00e1s cinco art\u00edculos y el T\u00edtulo IX de la ley 2574 Org\u00e1nica del Poder Judicial y otros dos art\u00edculos de la ley provincial 2831 de creaci\u00f3n del Ente de Pol\u00edticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje, Supervisi\u00f3n y Orientaci\u00f3n para personas en conflicto con la ley penal.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se ampli\u00f3 la competencia de dos juzgados contravencionales y se crearon cinco cargos de fiscales\/as adjuntos y otros cinco de defensores\/as adjuntos.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n un detalle de las principales modificaciones y c\u00f3mo quedaron redactadas:<\/p>\n<p>* La Justica Penal para Adolescentes se integrar\u00e1 con jueces\/zas contravencionales y de control penal para adolescentes, por fiscales\/as penales para adolescentes, defensores\/as para adolescentes y jueces\/zas de audiencia de juicios penales para adolescentes.<\/p>\n<p>* Los jueces\/zas contravencionales y de control penal para adolescentes ser\u00e1n competentes para ejercer el control de legalidad y de legitimidad constitucional de la investigaci\u00f3n dirigida por el fiscal\/a, en relaci\u00f3n a los hechos que pudieran configurar delitos atribuidos a adolescentes punibles respecto de los cuales el fiscal\/la hubiera promovido la correspondiente acci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>* El juicio abreviado, el juicio de flagrancia y la conversi\u00f3n de la acci\u00f3n penal en privada, establecidos en el C\u00f3digo Procesal Penal de La Pampa, son incompatibles con la presente ley, y no ser\u00e1n aplicados en el Procedimiento Penal Juvenil. La v\u00edctima tendr\u00e1 derecho a participar en todo el proceso.<\/p>\n<p>* Los fiscales\/as tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de ejercer la acci\u00f3n p\u00fablica en todos los casos en que sea procedente, con arreglo a las disposiciones de la presente ley. No obstante, el fiscal\/a, de oficio o a pedido de parte, podr\u00e1 abstenerse de ejercer la acci\u00f3n penal, previa opini\u00f3n no vinculante de la v\u00edctima o el ofendido penalmente, en los siguientes casos:<\/p>\n<p>a) Cuando se trate de un hecho que por su insignificancia no afecte gravemente el inter\u00e9s p\u00fablico, o cuando la intervenci\u00f3n del imputado\/a se estime de menor relevancia; excepto que la acci\u00f3n atribuida tenga una pena privativa de la libertad cuyo m\u00e1ximo exceda los seis (6) a\u00f1os.<\/p>\n<p>b) Cuando el autor o part\u00edcipe de un delito culposo haya sufrido, a consecuencia del hecho, un da\u00f1o f\u00edsico, ps\u00edquico o moral grave, que torne innecesaria y desproporcionada la aplicaci\u00f3n de una pena.<\/p>\n<p>c) Cuando la pena que pueda imponerse por el hecho de cuya persecuci\u00f3n se prescinde, carezca de importancia en consideraci\u00f3n a la pena ya impuesta, o a la que puede esperarse por los restantes hechos.<\/p>\n<p>d) Podr\u00e1 asimismo abstenerse de ejercer la acci\u00f3n penal cuando haya conciliaci\u00f3n entre las partes u otro de los mecanismos compositivos previstos en la presente ley, y el imputado haya reparado el da\u00f1o causado, arribado a un acuerdo con la v\u00edctima o afianzado suficientemente la reparaci\u00f3n, restituci\u00f3n u otro resultado compositivo.<\/p>\n<p>* Declarada la responsabilidad del\/la adolescente, verificado el cumplimiento durante al menos un (1) a\u00f1o de las medidas establecidas por la presente ley que fueran impuestas en dicha sentencia, y cumplidos los 18 a\u00f1os; los jueces\/zas de Audiencia de Juicio resolver\u00e1n, sobre la eventual imposici\u00f3n de una pena por sentencia fundada; de lo contrario ser\u00e1 declarada como actividad procesal defectuosa. Asimismo, deber\u00e1n dar respuesta fundada sobre la opini\u00f3n del\/la adolescente y redactar la sentencia en lenguaje comprensible para este\/a.<\/p>\n<p>M\u00e1s adelante, la norma aprobada estableci\u00f3 la competencia del Tribunal de Impugnaci\u00f3n Penal, fij\u00f3 los requisitos para poder ser juez de ejecuci\u00f3n penal y detall\u00f3 cuando estos \u00faltimos intervendr\u00e1n, decidir\u00e1n y juzgar\u00e1n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se dispuso la ampliaci\u00f3n de la competencia de dos Juzgados Contravencionales \u2013que ahora ser\u00e1n adem\u00e1s de Control Penal para Adolescentes; uno con asiento en Santa Rosa y otro en General Pico. En la Tercera y Cuarta Circunscripci\u00f3n Judicial (con sedes en General Acha y Victorica, respectivamente), la competencia penal para adolescentes ser\u00e1 ejercida por los Juzgados de Control de cada una de esas jurisdicciones.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, los legisladores dispusieron que habr\u00e1 cinco nuevos cargos de defensor\/a adjunto \u2013distribuidos en Santa Rosa, General Pico, General Acha, 25 de Mayo y Victorica\u2013 y otros cinco de fiscal\/a adjunto, \u00a0que deber\u00e1n actuar en el r\u00e9gimen penal para adolescentes (dos para Santa Rosa, uno para General Pico, una para General Acha y el restante para Victorica).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cLa l\u00f3gica del derecho penal juvenil es educativa y no adultoc\u00e9ntrica; y enfatizo en esto porque si no seguiremos viendo c\u00f3mo el 70 por ciento de los adultos que pasan&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":514697,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-514696","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Charla-modificacion-ley-penal-juvenil1.jpeg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/514696","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=514696"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/514696\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":514700,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/514696\/revisions\/514700"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/514697"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=514696"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=514696"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=514696"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}