{"id":86769,"date":"2017-11-07T13:29:05","date_gmt":"2017-11-07T16:29:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/?p=86769"},"modified":"2017-11-07T13:29:05","modified_gmt":"2017-11-07T16:29:05","slug":"condenan-a-concesionaria-vial-por-siniestro-en-la-ruta-5","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/2017\/11\/07\/condenan-a-concesionaria-vial-por-siniestro-en-la-ruta-5\/","title":{"rendered":"Condenan a concesionaria vial por siniestro en la ruta 5"},"content":{"rendered":"<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-72543\" src=\"http:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial.jpg\" alt=\"\" width=\"981\" height=\"627\" srcset=\"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial.jpg 981w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial-300x192.jpg 300w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial-768x491.jpg 768w, https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial-585x374.jpg 585w\" sizes=\"(max-width: 981px) 100vw, 981px\" \/><\/p>\n<p>La jueza civil de Santa Rosa, Fabiana Berardi, bas\u00e1ndose en la ley nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, conden\u00f3 a una concesionaria vial a pagarle una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica al due\u00f1o de una camioneta, cuya concubina sufri\u00f3 un accidente en la ruta 5, por \u201cla inexistencia de se\u00f1alizaci\u00f3n que advirtiera, de manera anticipada, un riesgo concreto y previsible\u201d.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l fue el hecho por el que el propietario de una Ford Ranger inici\u00f3 la demanda por da\u00f1os y perjuicios contra Autov\u00eda Oeste S.A.? La mujer conduc\u00eda el veh\u00edculo de Santa Rosa a Uriburu, cuando a la altura del kil\u00f3metro 571 se encontr\u00f3 con una hondonada \u201ccubierta de agua (\u2026) ocasion\u00e1ndole un \u2018aquaplaning\u2019 y haci\u00e9ndole perder el control del mismo (\u2026) A ra\u00edz de ello, la parte trasera de la camioneta se fue hacia la izquierda, dio un giro de 180 grados y luego se tumb\u00f3 sobre su costado izquierdo, se arrastr\u00f3 unos metros y comenz\u00f3 a dar vueltas de costado para finalizar dentro de un charco de agua en la banquina\u201d.<\/p>\n<p><script async src=\"\/\/\"><\/script><br \/>\n<!-- Publi m\u00f3vil interior nota --><br \/>\n<ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display: inline-block; width: 320px; height: 100px;\" data-ad-client=\"ca-pub-7250018434179914\" data-ad-slot=\"1040343543\"><\/ins><br \/>\n<script>\n(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});\n<\/script><\/p>\n<p>La veracidad del hecho, la existencia de la ondulaci\u00f3n y la falta de carteles preventivos quedaron constatadas a trav\u00e9s de la polic\u00eda, testigos y un perito. La conductora debi\u00f3 ser trasladada al hospital Lucio Molas porque padeci\u00f3 varios traumatismos.<\/p>\n<p>Berardi \u2013al definir el encuadre jur\u00eddico de la demanda\u2013 sostuvo que \u201cel v\u00ednculo existente entre los usuarios y los concesionarios viales debe reputarse como una relaci\u00f3n de consumo tutelada por la ley 24.240, la cual instaura una obligaci\u00f3n de seguridad extensiva a las cosas y servicios\u201d y, en particular, hizo referencia al art\u00edculo 5\u00b0 de la norma \u2013referida a la protecci\u00f3n al consumidor\u2013 que dice que \u201clas cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad f\u00edsica de los consumidores o usuarios\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEn conclusi\u00f3n \u2013indic\u00f3\u2013, salvo que el concesionario acredite el quebrantamiento del nexo causal presumido por la obligaci\u00f3n de seguridad contra\u00edda (para lo cual deber\u00e1 demostrar la ocurrencia del caso fortuito, la culpa de la v\u00edctima o la de un tercero por el cual no tenga que responder) ser\u00e1 responsable de los da\u00f1os que padezca el usuario en ocasi\u00f3n de circular por una ruta concesionada\u201d.<\/p>\n<p>Demandada<\/p>\n<p>La concesionaria contest\u00f3 que en la demanda no se mencion\u00f3 qu\u00e9 norma legal incumpli\u00f3 y cuestion\u00f3 la falta de legitimaci\u00f3n activa y pasiva del litigante, pero Berardi desech\u00f3 ambos argumentos se\u00f1alando que \u201ctodo conductor, por el solo hecho de circular por una ruta concesionada, se encuentra legal y procesalmente facultado para demandar al concesionario vial por el da\u00f1o padecido a ra\u00edz de alguna irregularidad en el camino, con independencia de que el accidente hubiera\u00a0 tenido lugar antes o despu\u00e9s de su arribo a alguna cabina de peaje y su consecuente pago\u201d.<\/p>\n<p>Tampoco hizo lugar al argumento de\u00a0 Autov\u00eda Oeste de que no estaba entre sus facultades \u201cdecidir qu\u00e9 se\u00f1alizaci\u00f3n se coloca y d\u00f3nde\u201d porque eso es responsabilidad de la autoridad de aplicaci\u00f3n (Estado Nacional). \u201cEllo es as\u00ed atento al encuadre dado precedentemente a la relaci\u00f3n entre usuario y concesionario como de consumo, de acuerdo al principio de buena fe, la amplitud del deber de custodia y la obligaci\u00f3n de seguridad asumida por la empresa demandada\u201d, subray\u00f3 la titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Miner\u00eda N\u00b0 4.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s la concesionaria, para liberarse de su responsabilidad total o parcial, invoc\u00f3 la culpa de la v\u00edctima, manifestando que circulaba a excesiva velocidad,\u00a0 sin prestar la debida atenci\u00f3n y que, adem\u00e1s, no mantuvo el pleno dominio de la camioneta<\/p>\n<p>El perito ingeniero que intervino en el expediente afirm\u00f3, en cambio, que \u201cdesde el lugar donde escurre el agua sobre la ruta (punto m\u00e1s bajo de la hondonada) hasta donde qued\u00f3 volcada la camioneta hab\u00eda una distancia de 12 metros, lo que permite suponer que circulaba a una velocidad promedio de entre 50 y 70 kil\u00f3metros por hora\u201d. A ra\u00edz de ese informe, la jueza infiri\u00f3 que \u201cconsiderando que la conductora circulaba por una ruta nacional durante un d\u00eda con lluvias intermitentes, la excesiva velocidad no fue tal\u201d.<\/p>\n<p>Con respecto a alegada falta de dominio, Berardi expres\u00f3 que lo primero que hubo que saber es si la conductora estuvo o no en condiciones de divisar el obst\u00e1culo con antelaci\u00f3n (agua sobre la calzada) y adoptar alguna medida a fin de evitarlo.<\/p>\n<p>Sobre ese punto, el experto inform\u00f3 que \u201cen las condiciones clim\u00e1ticas imperantes al momento del accidente se puede perder el control de un automotor (&#8230;) ya que se trata de un veh\u00edculo alto, poco estable y con la visibilidad disminuida por la lluvia, lo que hizo que fuese dificultoso observar con suficiente distancia la presencia de agua sobre la ruta debido a una situaci\u00f3n anormal (escurrimiento de agua no frecuente), para disminuir la velocidad, m\u00e1xime al tratarse de una persona que transita diariamente por ese lugar\u201d.<\/p>\n<p>\u201cA lo expuesto \u2013se\u00f1al\u00f3 la jueza\u2013 debe sumarse la falta de anoticiamiento temprano\u00a0 que pusiera en aviso a la conductora de la posibilidad de encontrarse con agua sobre la calzada, en d\u00edas de lluvia, a fin de bajar la velocidad o adoptar alguna medida de prevenci\u00f3n (\u2026) En consecuencia, cabe concluir que tampoco se ha acreditado la p\u00e9rdida de dominio del automotor por parte de la conductora, como eximente de responsabilidad de la accionada, y por ende deber\u00e1 responder por las consecuencias de su incumplimiento\u201d.<\/p>\n<p>En definitiva, Berardi hizo lugar a la demanda y dispuso que Autov\u00eda Oeste S.A. abone una determinada suma por tres rubros, da\u00f1os materiales, p\u00e9rdida del valor venal y privaci\u00f3n del uso del automotor. La resoluci\u00f3n fue confirmada por la Sala 1 de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil de Santa Rosa, conformada por las juezas Norma Garc\u00eda de Olmos y Laura Torres.<\/p>\n<p>\u200b<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La jueza civil de Santa Rosa, Fabiana Berardi, bas\u00e1ndose en la ley nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, conden\u00f3 a una concesionaria vial a pagarle una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica al due\u00f1o&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":72543,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-86769","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2017\/08\/ciudad-judicial.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86769","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=86769"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86769\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":86770,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86769\/revisions\/86770"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/72543"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=86769"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=86769"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.planbnoticias.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=86769"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}