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En enero robo una estación de servicio y ya fue condenado

17 febrero, 2016
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La jueza María Florencia Maza, condenó a Cristián Alba a dos meses de prisión por ser autor del delito de robo, por un hecho ocurrido el día 4 de enero pasado en perjuicio de una estación de servicio y un estacionero, y le unificó la pena con otra anterior de dos años y cuatro meses, en una pena única de dos años y seis meses de efectivo cumplimiento.

La jueza de control, María Florencia Maza, condenó hoy a Cristián Alberto Alba a dos meses de prisión por resultar autor material y penalmente responsable del delito de robo simple (artículo 164 del Código Penal), por un hecho ocurrido el día 4 de enero pasado en perjuicio de una estación de servicio y un estacionero. Además le unificó la pena con otra anterior de dos años y cuatro meses, en una pena única de dos años y seis meses de efectivo cumplimiento.

La resolución fue adoptada a partir de un juicio abreviado convenido por el fiscal Facundo Bon Dergham, el defensor particular Gastón Gómez y el propio imputado, un fletero de 27 años, quien admitió la autoría del hecho ocurrido hace apenas 44 días.

A Alba –con antecedentes penales– le habían dictado la condena anterior el 4 de abril de 2013 y era en suspenso. Ahora al unificársele ambas penas en una sola se le revocó aquella condicionalidad.

Durante la investigación fiscal preparatoria quedó probado que ese día, a las 5.30, Alba concurrió, junto a una persona que no ha podido ser identificada, a la estación de servicio ubicada en Circunvalación y Schmidt y le dijo al estacionero “quédate tranquilo que no te va a pasar nada” y “quédate quieto porque el otro te tira”, mientras hacía “movimientos con el cuerpo por debajo de la ropa de tipo intimidatorios, como haciendo creer que tenía un arma”.

Así, en esas circunstancias, le sustrajo al empleado 700 pesos que tenía en su billetera –sacándosela de su bolsillo– y un celular y 2.141 pesos más de la caja, y luego se dio a la fuga.

En el fallo se señaló que “Si bien el damnificado en su denuncia, así como un testigo, hicieron referencia a la posible existencia de un arma blanca y un arma de fuego en el momento del hechos, esa circunstancia no fue corroborada por la investigación llevada a cabo por la fiscalía actuante; toda vez que no se ha logrado el secuestro de arma alguna, no siendo tampoco esa circunstancia corroborada siquiera por los dichos del damnificado, quien refirió no haber visto arma alguna, sino simplemente movimientos que le hicieron pensar acerca de su existencia, viendo que el chico más robusto tenía oculto algo entre sus prendas, pero no vio qué era”, dijo Maza en el fallo.

“Esta circunstancia hace imposible el encuadre de los hechos en la agravante del tipo con armas, entendiendo que la calificación dada por las partes en el acuerdo resulta adecuada a los hechos tenidos por probados”, agregó.

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