
El juez Carlos Alberto Mattei, condenó hoy a Ezequiel Alfredo Stieb a la pena de 3.000 pesos en concepto de multa y 18 meses de inhabilitación para conducir vehículos, por ser autor del delito de lesiones graves culposas en un siniestro de transito que sucedió el 2011 en Santa Rosa.
A través del procedimiento de juicio abreviado, el juez de audiencia, Carlos Alberto Mattei, condenó hoy a Ezequiel Alfredo Stieb a la pena de 3.000 pesos en concepto de multa y 18 meses de inhabilitación para conducir vehículos, por ser autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas en accidente de tránsito (artículo 94 segundo párrafo, en relación con el 90 y el 84 segundo párrafo, segundo supuesto del Código Penal).
Una vez que la resolución quede firme se informará de la inhabilitación a la Provincia, y por su intermedio a quién corresponda, a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Santa Rosa, al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito y al Departamento de Operaciones Policiales Provincial, y se le exigirá al imputado que, dentro de los tres días de su notificación, entregue su licencia de conducir en la Oficina Judicial de Santa Rosa. El acuerdo avalado por el juez fue convenido entre el fiscal Máximo Paulucci, el defensor oficial Pablo Maldini y el imputado, un mecánico de 22 años.
A través de él quedó probado lo que ocurrió el 10 de diciembre de 2011 a las 14 en la colectora de la avenida Perón casi Siete Colores. Stieb “violó el deber de cuidado a su cargo del automotor Ford Falcon al salir del estacionamiento a 45 grados, sin advertir que sobre la colectora, con sentido Toay-Santa Rosa, se conducía la motocicleta Suzuki guiada por Pablo Orlando Montes, la cual colisionó con su vehículo, sufriendo el motociclista contusión pulmonar izquierda, traumatismo acromioclavicular izquierdo, derrame pleural izquierdo y fractura costal izquierda; lesiones que fueron calificadas como graves por el médico forense debido al tiempo de inhabilitación laboral que le causaron”, se indicó en el fallo.
Al acusado se le reprochó “no haber advertido la circulación de la moto conducida por Montes en condiciones climáticas favorables, y siendo el único obstáculo para ver hacia el sector por dónde venía la moto”.
Mattei, para condenar a Stieb, tuvo en cuenta más allá de la aceptación de responsabilidad del imputado, los informes de Criminalística y demás documentación. “Se acreditó la falta al deber de cuidado por parte de Stieb, quién salió del estacionamiento sin tomar la precaución de asegurare que no circulara otro vehículo, o bien no constituirse en un obstáculo a su circulación si es que lo advirtió y no cedió el paso, maniobra que tuvo incidencia directa en la producción del hecho, del que resultara lesionado Montes”, expresó el magistrado.

