
La iniciativa surge de la evidente necesidad de abordar desde el territorio más próximo, como es el local, las necesidades de la infancia y la adolescencia.
La diputada justicialista Sandra Fonseca presentó un proyecto de Resolución, por el cual solicita al Consejo Provincial de Niñez y Adolescencia, la realización de distintas acciones con el fin de promover la creación de las Unidades Locales de Protección de Derechos destinadas a prevenir , asistir, proteger y resguardar los derechos de nuestra infancias y adolescencias, en virtud de la corresponsabilidad que le compete al Estado, y en este caso a los municipios en cuanto al desarrollo del Sistema de Protección Integral de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes .
El mismo surge de la evidente necesidad de abordar desde el territorio más próximo, como es el local, las necesidades de nuestras infancias y adolescencias.
Por eso es indispensable empoderar a los/as Intendentes/as, a sus equipos y a toda la comunidad local con el objeto de fortalecerlos a través de las capacitaciones necesarias con la posibilidad concreta de expresar y atender las necesidades sentidas de los niños.
Los/as intendentes/as tendrán que convocar a la red local, integrada por las organizaciones sociales de su localidad, como así también a los distintos agentes públicos y de esta manera realizar en forma conjunta el abordaje integral de la temática de niñez y adolescencias.
En términos más concretos, las UNIDADES LOCALES tienen que planificar las políticas públicas en materia de niñez, desde los espacios de promoción de derechos, como por ejemplo los deportivos y recreativos hasta la restitución de derechos en caso de vulneración o violación de los mismos.
Como se recordará, la Ley provincial nº 2703 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, establece la conformación de las Unidades Locales de Protección de Derechos.
En su artículo nº 16 establece que tendrán las siguientes funciones:
a) Ejecutar los programas, planes, servicios y toda otra acción que tienda a prevenir, asistir, proteger o restablecer los derechos de las Niñas, los Niños y las/los Adolescentes;
b) Recibir y tramitar denuncias e intervenir de oficio ante el conocimiento de la posible existencia de violación o amenaza en el ejercicio de los derechos de las Niñas, los Niños y las/los Adolescentes;
c) Propiciar y ejecutar alternativas tendientes a evitar la separación de la Niña o el Niño de su familia o de sus guardadores o de quien tenga a su cargo su cuidado o atención; y
d) Decidir la aplicación de las medidas de protección de carácter ordinario.

