
La Cámara de Expendedores de Combustibles, Lubricantes y Afines de La Pampa cuestionó una vez más el proyecto del diputado Daniel Robledo “Sin casco no hay nafta”, en el marco del plenario que se llevó a cabo en la Comisión de Legislación General.
En los fundamentos señalaron que la Ley Nacional de Tránsito (LNT) y su adhesión provincial, “se ocupa de la vía pública, las estaciones de servicios no están dentro de ese concepto, son propiedades privadas que prestan servicios”.
El proyecto plantea el involucramiento de todos los actores sociales, al respecto informaron que “desde CECLA hemos invertido mucho dinero en campañas preventivas y de concientización. Nos parece muy importante participar activamente, pero creemos que la delegación del poder de policía es el reconocimiento de la falla de los organismos estatales con funciones públicas de control”.
“El proyecto de Ley no solo restringe el comercio, condiciona el ambiente laboral y pone en riesgo la seguridad física y mental de los empleados, también mal interpreta los derechos de propiedad y delega o exime de responsabilidades a actores secundarios, que no se vinculan con el delito original y que no tienen las funciones y capacidades necesarias”, manifestaron desde la Cámara en relación al planteo de que no va en contra de los derechos.
En un documento, los empresarios consideraron la propuesta como una “intromisión en las actividades comerciales de un actor secundario y sus derechos de propiedad, condicionando el funcionamiento normal y la seguridad de los empleados. Y adicionando actividades, funciones y responsabilidades que no son inherentes a la actividad y la responsabilidad civil”.
Además, remarcaron que “el incumplimiento de la normativa (usar casco) es responsabilidad directa del conductor y su acompañante”.
En ese sentido, criticaron el proyecto porque “exime la responsabilidad del conductor y se la traslada a toda persona física y jurídica propietaria de las EESS, cuestión que no es lógica y justa, pues las sanciones correspondientes deben ser aplicadas a quien infringe la norma en primera instancia, cuestión causal principal del problema”
“Nos preguntamos: si el agente de tránsito que multa una estación de servicio por cargar nafta a un motociclista sin casco vio el hecho, ¿por qué no multó directamente al infractor? Es ilógico el planteo, el primero que debe ser sancionado es el infractor original, que está faltando a las normas antes, durante y después del expendio de nafta”, expresaron.
“Lo que propone es generar otro nuevo orden de incumplimiento, desligando responsabilidad civil al principal actor y trasladando las exigencias a un tercero que nada tiene que ver con su situación y circunstancias”, argumentaron desde CECLA.
“Si bien el proyecto de Ley exceptúa de responsabilidad de los trabajadores, es lógico que ante algún tipo de falta (y su respectiva sanción), la persona física o jurídica que el proyecto hace responsable trate de establecer responsabilidades y sanciones internas. Esto generará problemas adicionales en el ámbito laboral, lo cual repercutirá negativamente en el clima organizacional y en las personas que participan de la empresa. Hay que considerar que esta situación puede condicionar los puestos laborales, pues genera antecedentes que pueden justificarse como causa de despidos”, señalaron.
Los empresarios manifestaron que la responsabilidad del trabajador de control y negar el expendio puede ocasionar problemas, “negar el expendio, sin ser reconocido por el tercero como autoridad, es una invitación a la confrontación física y verbal. Tenemos documentados diversos hechos violentos vinculados a la propuesta e implementación de iniciativas similares.
“Hay que resguardar el ambiente laboral y la salud íntegra de los trabajadores y empresarios, y este proyecto atenta contra ambas cuestiones”, concluye el documento.

