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Buscan dar mayor participación a la sociedad en la elección de jueces

2 agosto, 2016
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consiglio

El diputado provincial, Ricardo Consiglio, presentó un proyecto donde pide reformar la Ley orgánica del Consejo de la Magistratura, donde se prevé que la terna o dueto con los postulantes se publiquen en el Boletín Oficial y en diarios de circulación masiva, para que los ciudadanos puedan presentar en forma escrita las observaciones o posturas respecto de cada uno.

El presidente del bloque del FrePam, Ricardo Consiglio, presentó un proyecto de ley para que se incorpore el artículo 26 bis a la ley 2.600 –Ley Orgánica del Consejo de la Magistratura-, cuyo texto será el siguiente:

Artículo 26º Bis.- Una vez confeccionada por el Consejo de la Magistratura la terna o dueto con los postulantes de conformidad con lo establecido en el artículo 26, y con anterioridad a la comunicación correspondiente al Poder Ejecutivo, el Consejo publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos diarios de mayor circulación en la provincia, durante tres días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia.

Además el artículo sostiene que “Los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de 15 días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Consejo de la Magistratura, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección, con declaración jurada de su propia objetividad respecto de los propuestos”.

Finaliza el artículo expresando que “Cumplido el plazo establecido, se elevará al Poder Ejecutivo y al poder Legislativo las presentaciones que se efectuaren. En el caso del poder Ejecutivo se remitirá conjuntamente con el Dictamen del Consejo de la Magistratura de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 26. Las presentaciones efectuadas no serán vinculantes”.

Entre los fundamentos de Consiglio manifestó que “la selección de magistrados y funcionarios que constitucionalmente corresponde al Poder Ejecutivo con acuerdo de la Cámara de Diputados hasta el año 1994 significaba un sistema discrecional que atentaba contra la esencia del sistema republicano y democrático. La reforma constitucional de 1994 significó un gran avance en este punto, al incluir una preselección de ternas por parte del Consejo de la Magistratura”.

Destacó que el proyecto “permitirá incorporar mayor transparencia al nombramiento de los funcionarios y magistrados, generando un republicano control con activa participación de la ciudadanía que siente el procedimiento como propio y por ende imprime de mayor legitimidad al sistema”.

Destacó que “Con estos datos publicados, por un lapso de quince días, los ciudadanos en general –legitimación amplia–, organizaciones no gubernamentales, colegios y asociaciones profesionales, entidades académicas o de derechos humanos pueden presentar por escrito fundado y documentado todo tipo de observaciones y circunstancias de interés respecto de los candidatos incluidos en el proceso de selección, con declaración jurada respecto de su propia objetividad respecto a los ciudadanos propuestos”.

El legislador expresó que “Nuestra propuesta tiende a que los poderes intervinientes en la designación (Ejecutivo y Legislativo), al momento de adoptar la decisión política para los nombramientos, cuenten con mayores elementos de convicción para disponer en la materia, al mismo tiempo que brinda mayor transparencia y reconoce el derecho a la participación ciudadana”.

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