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Tres años de prisión condicional a un camionero que mató a dos personas

24 agosto, 2016
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ciudad judicial

El juez Daniel Sáez Zamora, condenó al camionero Jorge Suarez, a tres años de prisión condicional e inhabilitación de diez años para conducir vehículos. El conductor chocó en el cruce de las rutas 1 y 5, donde murieron el expresidente del Concejo Deliberante de Catriló, Néstor Alonso, y su esposa María Luisa Delgado.

Lo inhabilitaron por 10 años para conducir, pero todavía maneja porque el fallo no está firme. Fue un choque en el cruce de las rutas 1 y 5 en julio de 2015. Murieron dos vecinos de Catriló, el expresidente del CD y exjuez de paz Néstor Alonso y su esposa María Luisa Delgado.

A través de un juicio abreviado, el juez de audiencia Daniel Sáez Zamora condenó hoy a Jorge Norberto Suarez a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación de diez años para conducir todo tipo de vehículo que requiera licencia para ello, por ser autor de los delitos de homicidio culposo, en concurso ideal con lesiones graves culposas, en concurso ideal con lesiones leves culposas, todos por la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor.

Una vez que el fallo quede firme, y en un plazo de tres días a partir de su notificación, el imputado deberá entregar su licencia de conducir en la Oficina Judicial.

El abreviado fue convenido entre la fiscala María Cecilia Martiní, el defensor particular Sebastián Mendiara y el propio Suárez, de 50 años y domiciliado en Salliqueló, quien admitió la autoría del hecho y aceptó la sanción impuesta. Los jueces, en este tipo de juicios, luego de ser admitidos, no pueden imponer penas más gravosas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

Con las pruebas incorporadas al legajo quedó demostrado que el 8 de julio del año pasado, a las 20.30, el imputado conducía un camión Mercedes Benz por la ruta provincial 1 y colisionó a un Chevrolet Agile en el cruce con la ruta nacional 5. En esas circunstancias circulaba a 68 kilómetros, no respetando la velocidad “precautoria reglamentaria” de 40 kilómetros y tampoco la señalización de “pare” que había sobre su mano.

Como consecuencia del siniestro fallecieron Néstor Julio Alonso y su esposa María Luisa Delgado, sufrieron lesiones graves Roberto Bustamante, María Agustina Saravia, Andrea Daiana Saravia y Jesús Ezequiel Saravia, y lesiones de menor gravedad, Simón Rodas y María Julieta Alonso; siendo los ocho ocupantes del vehículo embestido.

El juez señaló en la sentencia que el hecho se probó no solo por el propio reconocimiento del acusado, sino también por “las contingencias resultantes de las pruebas documentales, tales como el acta de inspección ocular y el croquis demostrativo del lugar del hecho, el informe accidentológico labrado por la División Criminalística, las tomas fotográficas, el informe técnico de los vehículos referenciados, las historias clínicas, las copias de los certificados de defunción y  informe expedido por el médico José Sansón”.

“De esos elementos de juicios se desprende que la causa eficiente y determinante de los resultados lesivos padecidos por las víctimas fue la conducta imprudente del acusado en la conducción del camión, consistente en cruzar la ruta nacional 5 sin respetar la señalización, ni tomar los recaudos necesarios tendientes a cerciorarse que no se trasladaran otros vehículos por la calzada”, agregó Sáez Zamora.

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