
El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó la demanda poresentada por un jubilado perjudicado por el cálculo que determinó su haber. Fueron afectados todos aquellos que dejaron de trabajar entre 1996 y 2010.
Los jueces Roberto José Sappa y Elena Fresco, de la Sala C del Superior Tribunal de Justicia rechazaron el “recálculo de haberes”, que demandan cerca de 3 mil agentes públicos jubilados que se retiraron entre 1996 y septiembre de 2010.
Sappa y Fresco dieron el duro golpe a los trabajadores del sector pasivo en el caso “Gallo, Alberto Alfredo c/ Instituto de Seguridad Social s/ Demanda Contencioso Administrativa”, según consignó el diario La Arena en el día de hoy
La modificación en el cálculo de haberes se hizo en el marco de la emergencia económica durante los gobiernos peronistas de Carlos Menem y Rubén Marín.
La causa que hoy cerraron los supremos pampeanos se inició en 2013 por Alberto Alfredo Gallo por medio de las abogadas Lucía Colombato y María José Martínez Córdoba contra el Instituto de Seguridad Social.
Al jubilarse el demandante se encontraba vigente la ley 1671, por la que se había declarado el estado de Emergencia Económica del Sistema Previsional local por el término de 4 años a partir del 1 de enero de 1996.
Esa norma modificó la forma de hacer el cálculo y en lugar de durar 4 años duró 14. Como el demandante hizo «reserva federal» le queda la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Un grupo de jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas sostiene el reclamo del recálculo por considerarse discriminados respeto a quienes se retiraron antes de 1996 y después de 2010. Varios de ellos murieron por el tiempo que lleva produciéndose la injusticia previsional.

