
El juez Fernando Rivarola, condenó a prisión en suspenso a Jesús Alberto Álvarez y a Ricardo Luis Carlomagno, quiénes en abril del año pasado circulaban en una camioneta y tras discutir con unos jóvenes, tomaron del brazo a uno de ellos y lo arrastraron por varios metros con el vehículo. Al soltarlo, cayó y fue arrollado por el rodado.
El juez de control, Fernando Rivarola, condenó a Jesús Alberto Alvarez a un año de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de lesiones graves en concurso ideal con lesiones leves (artículos 90, 54 y 89 del Código Penal), y le unificó esa pena con otra anterior a dos años en suspenso –dictada el 4 de diciembre de 2015– en una pena única de dos años y seis meses en suspenso.
En la misma resolución, Rivarola también condenó a Ricardo Luis Carlomagno a un año de prisión en suspenso y dos años de cumplimiento de reglas de conducta como autor de los delitos de lesiones graves en concurso ideal con lesiones leves.
A partir de la prueba incorporada al legajo, quedó probado que el 19 de abril del año pasado, a las seis de la mañana, Alvarez (22 años) y Carlomagno (36), cuando se trasladaban en una camioneta con la inscripción “Alvarez Construcciones”, por la calle Víctor Del Carril, en Catriló, “se cruzaron con un grupo de jóvenes y comenzaron a discutir con uno de ellos, Germán Antonio Franco Valdivieso. En un momento lo tomaron al nombrado de los brazos y Alvarez aceleró el vehículo, arrastrándolo por varios metros, luego de lo cual lo soltaron. Valdivieso cayó al asfalto, siendo arrollado por el rodado, a raíz de lo cual sufrió fractura de fémur en la pierna derecha –detalló el magistrado en el fallo–. Asimismo, María de los Angeles Valdivieso, al tratar de retener a su hermano mientras era arrastrado, sufrió traumatismo de tobillo y hematoma en la pierna derecha”.
La resolución de Rivarola se dio en el marco de un juicio abreviado convenido entre el fiscal Carlos Ordas, los defensores Sebastián Mendiara y Mariel Annecchini, y los propios imputados.
En el caso de Alvarez ya tenía una condena previa. El 4 de diciembre del año pasado había recibido dos años en suspenso, por lo que las partes acordaron que se le aplique una sanción única a dos años y medio en suspenso.
En aquella ocasión, el propio Rivarola, en otro abreviado convenido entre el fiscal Marcos Sacco y el defensor particular Gastón Gómez, Alvarez había sido declarado autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja en tres oportunidades, violación de domicilio y amenazas con arma, todo ello en concurso real. A su vez se le fijó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, y abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima ni acercarse a menos de 200 metros de su domicilio.

