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Le unificaron penas y lo condenaron a dos años y medio de prisión

14 octubre, 2016
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ciudad-judicial

Un pintor de 21 años fue condenado a dos meses de prisión, al ser capturado in fraganti, luego de un robo. Tenía una condena anterior y ahora deberá purgar dos años y cinco meses de cárcel.

El juez de audiencia, Carlos Alberto Mattei, a través del procedimiento de juicio directo, condenó hoy a Jesús Ezequiel Fuentes, como autor material y penalmente responsable del delito de robo simple en grado de tentativa (artículos 164, 42 y 44 del Código Penal), a la pena de dos meses de prisión, y le unificó esta pena con otra anterior en una pena única de dos años y cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente. El hecho delictivo se produjo apenas 21 días atrás.

A su vez le revocó el beneficio de la libertad condicional que oportunamente le fuera otorgado por el Juzgado de Ejecución Penal de Santa Rosa, y le mantuvo la prisión preventiva dispuesta oportunamente hasta tanto el fallo quede firme.

El legajo se tramitó por juicio directo porque Fuentes, un pintor de 21 años, fue detenido in fraganti. Ante las evidencias probatorias, la fiscala Leticia Pordomingo, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio imputado llegaron a un acuerdo de juicio abreviado que el Tribunal de Audiencia admitió.

Así, quedó probado que el 23 de septiembre, a las 23.45, después de forzar la ventana de una vivienda ubicada en la calle Calegaris, Fuentes sustrajo de allí un home theatre con un parlante pequeño, siete películas, dos juegos de Play Station II, una Play Station II con dos joysticks, dos controles, una malla de hombre, perfumes de ambos sexos, esmaltes, cajas de cartón con alhajas varias, un reloj de pared de niño, y dos bolsas de tela de supermercado. El acusado “no logró apoderarse de los objetos mencionados, dado que se dio aviso policial de que el autor del hecho había abordado un taxi, y fue interceptado en Paladino y avenida Belgrano Norte con todos ellos en su poder”, puede leerse en la sentencia.

“No obstante que en el acuerdo suscripto y presentado el imputado aceptó la autoría del hecho, del análisis del material probatorio también surge dicha autoría –indicó Mattei–. El fue sorprendido inmediatamente después del hecho, tras ser visto y avisado al personal policial que lo interceptó con la totalidad de los elementos sustraídos. Ello no deja duda alguna en cuanto a que resultó ser el autor material del hecho, y que éste ocurrió en las circunstancias de tiempo, modo y lugar descriptas en el acuerdo presentado por las partes”.-

“En cuanto a la calificación legal –concluyó el juez–, comparto la propuesta por las partes de que Fuentes, consciente y voluntariamente ingresó al domicilio de la damnificada, previo ejercer fuerza y dañar una ventana, y se apoderó de los elementos que le fueron posteriormente secuestrados, no logrando disponer libremente de los mismos por la oportuna intervención del personal policial que lo interceptó”.

Fuentes ya había sido condenado por la jueza de control, Florencia Maza, el 12 de noviembre del año pasado, mediante otro abreviado, a tres meses de prisión por el delito de robo simple y a su vez le había unificado esa sanción con otra previa en una pena única de dos años y tres meses de prisión de efectivo cumplimiento.

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