
Así se desprende de la del texto legal prmulgado por el intendente de Santa Rosa.
La comuna local informó que el intendente Leandro Altolaguirre promulgó la ordenanza Nº 5560/16 “cuyo objeto es regular el servicio de transporte para personas con discapacidad, tanto se trasladen en forma regular o accidental, o que sufran una discapacidad motriz, mental o una insuficiencia que por distintos motivos, provoque un estado de discapacidad momentánea o permanente”.
En la ordenanza “queda expresamente establecido que el servicio de transporte para personas con discapacidad no es un servicio público; y será la autoridad de aplicación de la normativa, la Secretaría de Gobierno y Seguridad, a través de la Subdirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, o las que en el futuro las reemplacen. La mencionada ordenanza consta de un total de 23 artículos que reglamentan el servicio”, informaron.

