
Dos agresores fueron condenados a seis y siete meses de prisión en suspenso por golpear a ex parejas. Las sentencias se lograron de juicios abreviados.
La jueza de audiencia, Alejandra Flavia Ongaro, condenó hoy a Víctor Noel Balquinta a seis meses de prisión de cumplimiento nocturno, por ser autor de los delitos de lesiones graves y amenazas simples, en concurso real, en perjuicio de una ex pareja y un hermano de ella; y a Raúl Alberto Lesdema a siete meses de prisión en suspenso, por ser responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja previa con la víctima (artículo 89, en relación con el 92 y 80 inciso 1° del Código Penal y disposiciones de la ley 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres).
La primera resolución fue consecuencia de un pedido de juicio abreviado presentado por la fiscala María Cecilia Martiní, el defensor particular Gastón Eduardo Gómez y el propio imputado, un albañil de 30 años que admitió su culpabilidad.
Así, quedó probado que el 7 de marzo del año pasado, a primera hora de la mañana, Balquinta ingresó a la vivienda de su ex suegra, en el barrio Matadero, y agredió con golpes de puño a un hermano de su ex pareja cuando estaba durmiendo, “provocándole múltiples traumatismos, fractura de maxilar y de piezas dentarias”. A su vez le dijo a la mujer, que se encontraba allí: “cuando te vea por ahí te voy a matar, no te voy a dejar tranquila”.
Con relación a la pena, las partes acordaron que sea de cumplimiento efectivo, aunque bajo la alternativa de prisión nocturna que prevé el artículo 42 de la ley 24.660.
De acuerdo al informe del Registro Nacional de Reincidencia incorporado al expediente, Balquinta registraba un condena de ejecución condicional del 28 de marzo de 2014 – a seis meses en suspenso por encubrimiento por receptación dolosa, que a su vez le fue unificada con otra anterior del 2 de diciembre de 2011 en una pena única a tres años de prisión de ejecución condicional–. “por lo cual no se puede aplicar, para una segunda sentencia condenatoria, una pena con igual modalidad, de allí que debe serlo en esta oportunidad de efectivo cumplimiento”, indicó la magistrada.
Con relación al segundo fallo, Ongaro además le impuso a Ledesma, por dos años, la obligación de fijar residencia, someterse al Ente de Políticas Socializadoras para personas en conflicto con la ley penal y abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima.
La sentencia fue dictada a partir de un juicio abreviado convenido entre el fiscal Andrés Torino, el defensor particular Carlos Alberto Pérez Funes y el imputado, un plomero, gasista y albañil de 38 años, que aceptó la autoría del hecho. Al serle informado del acuerdo, la víctima dio su consentimiento, aunque explicó que por temor debió irse de la casa que compartían.
En el legajo se demostró que el 20 de diciembre pasado, a la noche, la ex pareja de Ledesma se apersonó hasta esa vivienda –donde hasta hacía unos días habían convivido– para mantener una conversación con Lesdema. Una vez allí, se produjo una discusión en la que el imputado “reaccionó de mala manera, tomándola fuertemente del cuello y golpeándola con un puño en la mejilla izquierda”.
En ese momento, la mujer “tomó una espada ‘antigua’, en la desesperación para que la dejara de agredir, y la clavó en una puerta”. Ledesma, a su vez, le dio varios golpes en el cuerpo a la víctima con “la funda de la espada de hierro” y luego le pidió disculpas. Ella, llorando, le pidió que la dejara ir y él accedió. Los médicos constaron que la víctima sufrió tres escoriaciones en el maxilar y en el cuello, una contusión de 10 centímetros en la escápula izquierda, otra en la cresta ilíaca derecha y una tercera en ambos gemelos.

