Plan B Noticias
  • JUICIO SUBZONA 14
  • Ciudad
  • Provincia
    • ríos pampeanos
  • Gremiales
  • Pais
    • Ajuste por ley
  • Cultura
    • Anaqueles
    • Sergio Ibaceta
  • Deportes
  • Mundo
  • Finanzas
  • LIBERTAD DE EXPRESION
  • Sale o Sale
  • Webe@ando

Plan B Noticias

  • JUICIO SUBZONA 14
  • Ciudad
  • Provincia
    • ríos pampeanos
  • Gremiales
  • Pais
    • Ajuste por ley
  • Cultura
    • Anaqueles
    • Sergio Ibaceta
  • Deportes
  • Mundo
  • Finanzas

Díaz presentó proyecto de acompañamiento a Ley de Derechos a Pacientes de Salud

20 mayo, 2017
Compartir esta noticia:

La diputada provincial Josefina Díaz (Cambiemos – Propuesta Federal) presentó un proyecto de ley en la legislatura provincial por el que la provincia de La Pampa, “adhiere a la Ley Nacional N°26.529 de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e instituciones de la Salud”.




“Al momento de hablar de salud y de derechos, la realidad hace ruido, y es ahí donde los reclamos de pacientes, no son casos aislados. Por ello es positivo adherir a esta normativa como garante de los derechos de todos los pacientes, el Derecho a la salud es un derecho humano fundamental, y que a pesar de los esfuerzos y el voluntariado, en muchos casos está violentado y sin ningún tipo de posibilidad de reclamos   por   parte   del   principal   damnificado, el   paciente…por eso es importante de dónde parte esta ley, definiendo cuáles son los derechos esenciales que tienen los pacientes y que deben respetar los profesionales e instituciones de la salud, sean éstas públicas o privadas”, expresó Díaz.

Entre sus aspectos fundamentales, esta Ley establece una serie de derechos para los pacientes tales como “recibir atención médica adecuada, trato digno por parte de los profesionales de la salud, intimidad, confidencialidad, derecho a interconsulta, consentimiento informado, propiedad y acceso a la historia clínica, entre otros”.

A la vez que contempla “el respeto de la autonomía y voluntad del paciente respecto de los tratamientos sugeridos por los profesionales de la salud”.

La iniciativa busca que “en todas las instituciones de Salud, Públicas y/o Privadas, deberá exhibirse en un lugar perfectamente visible, un letrero con el siguiente texto: Ley N° 26.529 Derechos de Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud, a disposición en la oficina de admisión para su consulta».

Es importante señalar que “desde la sanción de la Ley N°26.529 a la fecha, 18 provincias de nuestro país ya cuentan con legislación respecto a derechos de los pacientes”.

El proyecto:

Para fundamentar este proyecto  debemos partir de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde se reconoce  a la salud como derecho inalienable e inherente a todo ser humano.

Esto implica la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada garantizando disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad…

La Ley N° 26.529, a la que hoy adherimos protege el Derecho del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud,  fue sancionada el 21 de octubre del año 2009…En su artículo N° 22 invita a las provincias adherir, y desde el año de su sanción, 18 provincias ya asumieron  el desafío de plantear el  derechos de los pacientes. Esta  ley  fue modificada por la Ley N°26.742 en el año 2012  y Reglamentada mediante el Decreto N°1089 del 2012, y más tarde por la Ley N°26.812 en el año 2013.

Al momentos de hablar de SALUD y de derechos la realidasd hace ruido, donde los reclamos de pacientes, no son casos aislados por esos es bueno adherir a esta normativa como garante de los derechos de todos los pacientes, el Derecho a la SALUD es un derecho humano fundamental, y que a pesar de los esfuerzos y el voluntariado en muchos casos esta violentado y sin ningún tipo de posibilidad de reclamos por parte del principal damnificado…  el paciente… por eso es importante de donde parte esta ley, definiendo cuáles son los derechos esenciales que tienen los pacientes y que deben respetar los profesionales e instituciones de la salud, sean éstas públicas o privadas…,

Entre ellos:

– Que todos los paciente tiene derecho a ser atendido por los profesionales de la salud sin ningún tipo de distinción por cuestiones ideológicas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual, etc. igualdad de trato

– así como también tiene derecho a un trato digno y respetuoso con respeto a sus convicciones personales y morales.

– los profesionales e instituciones de la salud deben resguardar la información y documentación clínica del paciente para proteger su intimidad, y respetar la confidencialidad, privacidad

Las modificación que introduce la ley 26.742 del  2012, garantiza la  Autonomía de la voluntad, según la cual el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad, si se arrepintiera.

En el marco de esta potestad, el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado. También podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable.

– La ley también establece que el paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria, incluso por escrito si la solicitara, con el fin de realizar una interconsulta.

-Respecto de la historia clínica, tema no menor y que debería ser una realidad en nuestro sistema de salud establece que constituye un documento único dentro de cada establecimiento sanitario, obligatorio y completo en el que consten todas las actuaciones sobre el paciente en forma cronológica, firmado por los profesionales intervinientes. Éste puede ser en formato papel o digital, para cuyo caso se regiría por la ley de firma digital. Es un documento inviolable que debe custodiar el centro de salud durante 10 años.

El paciente tiene derecho a disponer de ella a simple solicitud y la institución sanitaria debe entregársela dentro de las 48 hs, salvo caso de emergencia.

Y cuando de historias clínicas se habla es necesario ser más ambiciosos y buscar que esta obligación que se tiene en cada establecimiento, nos pongamos  todos a trabajar por la  implementación de una historia clínica única y digitalizada, que permita que mas allá del lugar donde el paciente se atienda a través de las tecnología se pueda acceder de manera inmediata… en un claro ejemplo un paciente que se atiende en el hospital de Victorica si padece un accidente en 25 de Mayo, con su documento y nombre completo poder acceder a su historia clínica desde cualquier centro de salud, y en esto no es tan complejo sumar a lo privado ya que el mayor índice de atención de salud de nuestra provincia recae en la salud pública…, este debe ser el camino a seguir para ello debemos avanzar en los servicios tecnológicos de calidad en todos los centros de salud, garantizar el estado  la conectividad, y avanzar en la implementación de la firma digital…en el sentido más amplio.

En algún momento de nuestras vidas vivenciamos la experiencia de ser pacientes, la cual resulta muchas veces dolorosa, y nos expone a situaciones innecesarias que acrecientan aún más el estado de vulnerabilidad al que estamos expuestos en esos momentos. Estamos convencidos que esta realidad es la que permite que el proyecto tenga el apoyo unánime, entendemos que esto atañe a cuestiones que no podemos obviar ni permitir que permanezcan dormidas, porque  viene a cubrir un vacío en el derecho provincial garantizando un trato igualitario y el respeto por la dignidad humana, de todas las personas.

 

Comentarios

Comentarios

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre

nombre


nombre

nombre

nombre

nombre


nombre

@2018 - Plan B Noticas - Contacto: planbnoticias@gmail.com / Diseño y Desarrollo de www.generarweb.com