
El constitucionalista y jurista Hernán Gullco y el vicedecano y magister Francisco Marull disertaron este miércoles en la Jornada «Libertad Ambulatoria y Derechos Humanos» que abordó los excesos y procedimientos policiales y judiciales, en vista de los últimos casos ocurridos en la provincia.
Los especialistas expusieron en un encuentro que fue organizado por la Facultad de Económicas y Jurídicas de La Pampa, a través del Observatorio de Derechos Humanos, con colaboración del Centro de Estudiantes.
Marull indicó que «es importante poner en discusión los límites de actuación de los agentes estatales, ya sean provinciales o nacionales, de la Policía o del Poder Judicial, con respecto a la privación de la libertad de los ciudadanos. Y como equilibrar un aspecto que es atendible como es la prevención del delito, con el respeto a los derechos individuales de cada uno de nosotros».
Gullco por su parte agregó que «la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en esta tensión entre las dos posiciones ha sido clara en su definición por la vigencia de las garantías constitucionales por sobre el esclarecimiento de los hechos delictivos».
Los dos abogados marcaron durante la charla cuáles eran los lineamientos de la normativa pampeana. Marull indicó que el Código Procesal Penal «es garantista y de avanzada, más allá de que se están estudiando reformas para su mejor funcionamiento». Gullco afirmó que «el Código Procesal Penal establece pautas muy rígidas para poder privar a una persona de su libertad, básicamente, tiene que ser sospechosa de haber cometido algún delito y deber poder acreditarse la existencia de riesgos procesales: peligro de fuga u obstaculación de la investigación».
Ambos especialistas observaron por el contrario que la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia podría ser declarada inconstitucional en varios de sus artículos por presentar un formato vago y ambiguo en lo referido a garantizar la libertad ambulatoria de los ciudadanos. Gullco fue contundente sobre esta ley «que también autoriza a detener básicamente por averiguación de antecedentes, pero tiene estándares mucho más laxos que el Código. Lo que uno se pregunta en estos casos, es si una ley de ese tipo, que le da facultades tan amplias a la Policía, es constitucionalmente válida o no».
El especialista precisó que la libertad ambulatoria «está garantizada por la Constitución, lo que ocurre es que muchas veces las leyes o los procedimientos de los funcionarios no se ajustan a la Constitución y para eso, justamente, están los jueces que tienen que velar para que se cumpla con la Constitución».
«Esta jornada surgió a raíz de las noticias en los últimos tiempos vinculadas a excesos y arbitrariedades cometidas por agentes estatales tanto de las fuerzas de seguridad como del Poder Judicial», informó la institución.

