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Condenaron a los involucrados en el robo de la heladería Grido

6 junio, 2017
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La jueza María Florencia Maza, condenó hoy a David Omar González, Juan Manuel Soruco y Lucas Andrés López, como coautores, del delito de robo con arma de fuego en una heladería de Toay.

La jueza de control, María Florencia Maza, a través del procedimiento de juicio abreviado, condenó a David Omar González, Juan Manuel Soruco y Lucas Andrés López Lago, como coautores, materiales y penalmente responsables del delito de robo doblemente calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada, y por haber sido cometido en poblado y en banda, por un hecho ocurrido el 18 de abril de este año en perjuicio de la heladería Grido, ubicada en Toay.




González (albañil, 27 años, con antecedentes penales) recibió tres años de prisión de cumplimiento efectivo y se le revocó el beneficio de la libertad condicional que le había sido otorgada en otra causa en la que fue condenado, el 8 de abril de 2014, a tres años y seis meses de prisión por robo calificado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. Así, se le unificaron ambas penas en una pena única de cinco años y seis meses de prisión.

Soruco (19, desocupado) y López Lago (25, estudiante) fueron condenados a tres años en suspenso y se les fijaron las siguientes reglas de conducta durante dos años:  establecer domicilio, del que no podrán ausentarse sin autorización judicial, someterse al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras; y  abstenerse de entrar en contacto con una empleada del comercio y de acercarse a menos de 200 metros de la heladería.

El abreviado fue acordado entre el fiscal Carlos Ordas, los defensores oficiales Mariel Annecchini y Juan Hermúa y el defensor particular Juan Manuel Díaz y los tres imputados, quienes admitieron la autoría del hecho. La damnificada también prestó su conformidad con el acuerdo y pidió que ninguno de los acusados se acerque más al local.

Con las pruebas acumuladas en el legajo, entre ellas registros fílmicos y apertura de celulares, quedó demostrado que el pasado 18 de abril, a las 0.20, González y Soruco ingresaron a la heladería Grido, ubicada sobre avenida 9 de Julio, en Toay, y esgrimiendo armas de fuego le sustrajeron a la empleada la suma de 2.000 pesos, habiendo sido trasladados hasta allí por López Lago, en un Ford Fiesta negro que los aguardó a metros del lugar. Los tres se dieron a la fuga en ese vehículo.

Maza dijo que la conducta de los imputados quedó encuadrada en el robo doblemente calificado por cuanto “previo ejercer violencia contra la damnificada, amedrentándola con armas de fuego, se apoderaron de dinero ajeno, con pleno conocimiento de esa circunstancia, sacándolo fuera de la esfera de custodia de su legítimo propietario y pudiendo ejercer sobre los mismos actos de disposición”.

Agregó que del hecho participaron “las tres personas mencionadas, en una división de roles que permitió que los dos primeros ingresaran al local comercial; mientras el restante, que los había trasladado en su vehículo, los aguardó para luego llevarlos en su huida, considerando por ello que todos deben responder a título de autor, ya que la participación en el hecho resultó vital para que se concrete en el modo en que se lo hizo”.

Por último, la jueza señaló en el fallo que “si bien el tercer imputado (López Lago) no ingresó a la heladería, ni apuntó con un arma a la empleada para desapoderarla del dinero, su acción fue sustancial para la concreción del hecho (…), en un supuesto de repartición de roles, pero con un objetivo común cuál era el apoderamiento de dinero ajeno”.

https://www.planbnoticias.com.ar/wp-content/uploads/2017/04/robo-a-grido-de-toay.mp4

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