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El municipio presentó escrito ante la justicia para acelerar obras en el barrio Butaló

19 julio, 2017
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Desde el municipio de Santa Rosa se solicitó a la justicia que si debe hacer estudios complementarios para agilizar las obras puedan hacerse con celeridad. Advirtieron sobre el riesgo sanitario que hay en el barrio Butaló.

La concejala del FrePam, Claudia Giorgis, informó que el municipio de Santa Rosa presentó el martes 18 de julio un escrito ante la justicia, atento a la situación delicada del Barrio Butalo, sin cloacas, y con grave riesgo sanitario.

“Necesitamos que la Justicia nos autorice a intervenir rápidamente con la realización de la obra nueva en el marco de la ley provincial y la ordenanza municipal de emergencia sanitaria para que en conjunto con la provincia podamos pasarlo a prioridad 1 en el plan de mitigación, de acuerdo a lo solicitado por el Intendente”, señaló en un comunicado.

“Sobre el filo de la feria judicial, la Justicia aceptó en querellante a la Municipalidad y ahí mismo presentamos el informe del ENOHSA que es contundente. No obstante le pedimos en el escrito de ayer que si la Justicia considera que debe hacer pericias o alguna otra prueba que las haga pero que sea lo más urgente posible y que nos autoricen a comenzar la obra. Eso es lo que los vecinos necesitan ya, con suma urgencia.”, agregó.

“En este momento tenemos riesgo de salud y riesgo de accidentes por el estado de las calles a raíz de los hundimientos que el propio informe del ENOHSA señala como consecuencia de compactación defectuosa de la obra y /o presencia indebida de líquido cloacal por pérdida en la red”, dijo.

“Tanto desde el Municipio como de los vecinos se espera y se necesita una resolución urgente de la justicia a este petitorio”, manifestó.

El escrito completo, consigna lo siguiente:

SOLICITA MEDIDA PROBATORIA – AUTORIZACION A EFECTUAR OBRA – CON HABILITACION DE FERIA JUDICIAL.-

Señor Juez:

José Luis Olguin, abogado, inscripto al Tº IX Fº 150 CAPLP, en representación de la Municipalidad de Santa Rosa, en legajo Nº 61414 caratulado “Fiscalía de Investigaciones Administrativas s/ posible Comisión de Hecho Ilícito”, con domicilio constituido en Avda. San Martín nº 50, a usted decimos:

I.- OBJETO:

Que siguiendo expresas instrucciones de mi mandante y en virtud del gravísimo estado sanitario en que se encuentra el Barrio Butalo II, que conforme el informe del ENOHSA acompañado oportunamente, surge de la irregularidad e incumplimientos en la obra pública de Renovación de la Red Cloacal, merituando tratamiento excepcional y urgente en procura de evitar posible epidemias y crisis sanitaria, vengo a solicitar:

a.- Disponga la realización de prueba pericial sobre la Obra Pública “Renovación de la Red Cloacal del Barrio Butalo II”, a fin de que se dictamine sobre las irregularidades existentes en la misma, la especialidad del perito a designar sería la de Ingeniero Civil y/o especialista en obras hídricas y de saneamiento.

b.- Atento la urgencia del caso, vengo a peticionar: 1.- Disponga la realización de todas las medidas probatorias necesarias a fin de conservar las pruebas, toda vez que resulta inminente la reparación del sistema cloacal.-

Por o expuesto y a fin de no entorpecer la presente investigación fiscal preparatoria, vengo a solicitar preste conformidad para realizar los trabajos necesarios para sanear la problemática sanitaria del barrio.-

2.- Asimismo, solicito se de vista al Agente Fiscal que interviene en el presente, a los efectos de que tome conocimiento de la urgencia y la necesidad de iniciar el procedimiento administrativo a fin de sanear la problemática, y en consecuencia, disponga las medidas probatorias que considere necesarias e imprescindibles para constatar los hechos denunciados (inspección judicial, por mencionar alguna), toda vez que luego de reparada la obra, los mismos no podrán corroborarse.

c.- Ordene la habilitación de feria: la presente medida tiene como necesidad la urgente PRESERVACIÓN DE LA SALUD PÚBLICA de los habitantes del barrio que en los últimos días, médicos especialistas advierten sobre posible aparición de enfermedades relacionadas a la contaminación que se vive en esa zona de la ciudad.

II.- FUNDAMENTOS: Lo peticionado encuentra fundamentación en los siguientes elementos que VS deberá tener en cuenta:

a.- Realización de la Prueba Pericial. Si bien existen en autos elementos de prueba tales como el informe del ENOHSA, es necesario conocer y apreciar desde un punto técnico el estado de la obra pública en cuestión.

La medida probatoria propuesta apunta a reforzar elementos convictorios y demostrativos de la obra, y la supuesta comisión de delitos contra el estado y contra la salud de la población. Esto nos permite sugerirle a V.S. que la medida sea con la mayor premura posible ante el deterioro de la situación actual del lugar con claro perjuicio a los habitantes.

Fundo el derecho en lo preceptuado por el art. 205 del CPP.-

b.- Necesidad de nuevas obras. La población hoy en día esta sometida a un grave riesgo sanitario ya que los efluentes cloacales no discurren en el sistema cloacal sino que se ven obstruidos los líquidos y sólidos por falta de conexión a la red.

Deberá tenerse en cuenta que sobre estas afirmaciones se acompaño al legajo de investigación el expediente administrativo nº 3559/2013 caratulado “S/Renovación Red Cloacal de Abesto-Cemento Barrio Butaló” que tramito en la Municipalidad de Santa Rosa.

Fundamos esta petición en los términos del art. 270 inc. 1 y 3 del C.P.P.

c.- Habilitación de Feria.- Esta situación amerita y legitima hacer lugar a la habilitación de los días de feria judicial, para el otorgamiento de la medida mencionada supra. Dicha medida tiene como necesidad la urgente PRESERVACIÓN DE LA SALUD PÚBLICA de los habitantes del barrio que, en los últimos días, médicos especialistas advierten sobre posible aparición enfermedades relacionadas a la contaminación que se vive en esa zona de la ciudad. La jurisprudencia ha dicho que “la habilitación del feriado judicial funciona a los efectos de asegurar el futuro ejercicio de un derecho o el cumplimiento de medidas ya decretadas, a condición de que existan reales razones de urgencia emanadas de la propia naturaleza del caso que así lo justifiquen” (Conf. CNCiv, Sala L, autos “Zambrano, Luis María c/Perticaro, Carlos y otros s/ejecución de alquileres”, 22/04/1994).-

III- PETITORIO:

1.- Solicitamos, que en caso de VS considere insuficiente la prueba ya aportada en autos, se provea la realización de la prueba pericial solicitada.

2.- Disponga la realización de todas las medidas probatorias que considere necesarias, ante la reparación integral sistema cloacal que debe realizarse ante la emergencia sanitaria del lugar.

3.- De vista al Agente Fiscal interviniente en el presente a efectos de que tome conocimiento de la urgencia y la necesidad de iniciar el procedimiento administrativo, para la realización integral de la obra.-

4.- Habilite la feria judicial por los fundamentos dados al punto 2 apartado c, como una medida urgente para la preservación de la salud pública.-

Proveer de Conformidad;

SERÁ JUSTICIA

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