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Concejales aprobaron la ordenanza de subsidios al 100%  para tasas y la modificación a la prohibición de fumar

17 agosto, 2017
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Concejales dieron curso a la ordenanza que permite la exención del pago de tasas a vecinos que viven cerca de los cuencos de agua. También se aprobó la modificiación de una norma que permitirá fumar en espacios públicos con determinadas características.

Además de la exposición de vecinos y vecinas autoconvocados y afectados por las inundaciones, en la sesión de este jueves 17 de agosto, las y los ediles santarroseños aprobaron luego de un intenso debate la ordenanza que contempla el subsidio del 100% de los servicios públicos a personas afectadas por los cuencos, tapones hidráulicos y cloacas.




El proyecto del FrePam indica que se autoriza al Ejecutivo a subsidiar los servicios públicos a cargo del municipios en viviendas residenciales radicadas frente a cuencos captadores. El proyecto se tratará el jueves en el recinto.

EL subsidio del 100%  corresponden a viviendas residenciales que se encuentran radicadas frente a cuencos captadores de agua construidos por el Estado, hasta un radio de 200 metros de los mismos, a excepción de los servicios públicos de agua potable y servicios sanitarios.

También a quienes se encuentren radicados en arterias viales donde se producen tapones hidráulicos por escorrentía superficial de agua de lluvia, hasta una distancia de 250 metros.

El proyecto del FrePam indica también que se autoriza al DE a subsidiar tasas en otras situaciones que surjan como consecuencia de la emergencia hídrica y sanitaria

Luego de las exposiciones de las y los ediles, la norma fue aprobado por unanimidad.

Por otra parte, también se aprobó la modificación de la ordenanza que prohíbe fumar en espacios públicos, con la excepción de  la concejala Cristina Lezcano.

La modificación a la ordenanza 3808/07 relacionada con la prohibición de fumar en espacios de acceso público, permitirá fumar en los patios de las confiterías bailables, si cuentan con una superficie de 100 m2 y con trampa de sonido.

El proyecto del FrePam, impulsado por el concejal Miguel Bravo, indica en sus considerandos que “la Constitución Nacional en su artículo 16 pregona en su interpretación amplia, igualdad de situaciones para los habitantes de nuestra nación sin exclusión de ninguna índole; que el artículo 2 bis no trata de iguales a los iguales ya que plantea que en algunos lugares se puede fumar y en otros la misma ordenanza los excluye de forma arbitraria y que actualmente en lugares tales como las confiterías bailables y pubs las personas fumadoras salen de los lugares a las veredas públicas para poder fumar, alterando la seguridad de las mismas y molestando a los vecinos por ruidos molestos, ya que las puertas de los lugares no cuentan con trampa de sonidos”.

Con la modificación, el nuevo articulado quedará redactado de la siguiente manera:” Aquellos locales que presten atención al público y posean una superficie al aire libre igual o superior a los 100 metros cuadrados podrán destinarla para las personas fumadoras. La zona habilitada para fumar deberá estar debidamente señalizados, apartada físicamente del resto de las dependencias. En caso de ser necesario se exigirá que cuente con una trampa de sonido y salida de emergencia”.

En la sesión de este jueves, estuvieron presentes en el recinto alumnas y alumnos de 3 año del Colegio de la UNLPam en el marco de la materia Ciudadanía.

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