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Le tiró una botella a una mujer y lo condenan a 6 meses de cárcel efectiva

28 septiembre, 2017
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El juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, condenó a Diego Gustavo Ibarra a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves y daño, lesiones leves y amenazas simples, concursando todos ellos de manera real  en dos causas diferentes; le revocó la condicionalidad de una sanción anterior y le unificó ambas en una pena única de seis meses de prisión.




El expediente se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala María Cecilia Martini, la defensora oficial Mariel Annecchini y el imputado, un taxista de 35 años que reconoció la autoría de los hechos.

En uno de los legajos se probó que el 6 de octubre de 2014, a medianoche, Ibarra le arrojó una botella de cerveza a una mujer en una reunión familiar, provocándole heridas en su mano izquierda, luego de protagonizar una gresca con otro hombre.

En el otro se demostró que el 20 de julio del año pasado “agredió con golpes de puño en el rostro y profirió dichos amedrentantes” a un vecino cuando éste, junto a su esposa, “habían requerido la presencia policial en su domicilio por disturbios provocados” por el acusado. Además daño una de la persiana de una de las ventanas de la casa. El atacado sufrió “una lesión contusa en el cuero cabelludo y un hematoma en el mentón, con contusión en el labio superior”.

Ibarra había sido condenado el 26 de febrero de año pasado, por el juez de control Néstor Daniel Ralli –en otro abreviado– a seis meses de prisión en suspenso y dos años de cumplimiento de reglas de conducta por el delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente. ¿Qué había hecho? El 16 de noviembre de 2014 fue hasta la casa de su ex pareja, y tras una discusión en la vereda, “la tomó de los cabellos violentamente y le propinó golpes de puño y puntapiés en distintas partes del cuerpo”.

Ahora Sáez Zamora, según lo convenido entre las partes, le revocó la condicionalidad de esa pena y le unificó ambas condenas en una pena única de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

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