
Se acordó que la comuna elabore y proyectos, diseño, pliegos de bases y condiciones, selección del contratista, ejecución e inspección de las obras y el gobierno financiará la ejecución de las mismas.
El gobierno provincial informó que con fecha 24 de noviembre, el gobernador Carlos Verna y el intendente de Santa Rosa, Leandro Altolaguirre, firmaron un Convenio Marco de Cooperación y Financiación para las obras de renovación y rehabilitación del sistema de agua potable, desagües cloacales, desagües pluviales y disposición de aguas de lluvia y freáticas de los Barrios Butaló I, II, III, Vial y Jardín, de la ciudad de Santa Rosa.
Esta acción se da a partir de las actividades conjuntas entre Provincia y Municipio con el fin de concretar la reparación y recuperación del sistema urbano de servicios públicos de provisión de agua y saneamiento urbano. La Provincia resolvió otorgar una asistencia financiera, acordando los términos de instrumentación de la misma.
En el Convenio, las partes acuerdan:
El Municipio se compromete a llevar adelante la elaboración de estudios y proyectos, diseño, pliegos de bases y condiciones, selección del contratista, ejecución e inspección de las obras por el sistema de Administración/por Terceros, conforme al ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.
La Provincia se compromete a financiar la ejecución de las obras, cuyo presupuesto el Municipio estima en $120.000.000, suma máxima hasta la cual la Provincia asume la asistencia financiera. Las partes formularán convenios particulares donde se detallarán las condiciones y pautas que regirán los desembolsos.
Otro de los puntos del Convenio (Cláusula sexta) establece que las obras deberán concluirse dentro de los 24 meses, contados a partir de la fecha de suscripción del Convenio. El mismo podrá ser prorrogado cuando existan causas justificadas, previa no objeción de la Provincia.
Asimismo, serán por cuenta y cargo del Municipio los actos administrativos y gestiones judiciales o extrajudiciales que fueran menester para concretar eventuales expropiaciones, constituir servidumbres y obtener permiso de paso, así como el pago de las indemnizaciones correspondientes y los costos que generen tales actividades, como así también verificar el cumplimiento por parte de la contratista, de toda la normativa aplicable en materia de seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo, será responsabilidad del Municipio la obtención de los permisos locales necesarios para la ejecución de las obras, tales como, permisos ambientales, el correspondiente trámite de impacto ambiental, u otros que fueren requeridos por la jurisdicción local.
El Municipio abonará con recursos propios los reclamos por pagos de cualquier naturaleza de las contratistas y/o terceros. La Provincia, sus órganos superiores, inferiores o dependencias, no asumen el carácter de Comitente, ni pueden subrogarse en los derechos y obligaciones del Municipio en los contratos que ella suscriba.
El Municipio se compromete a mantener indemne la Provincia por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, daño, pérdida y/o cualquier otro concepto, incluyendo multas, costas judiciales y honorarios de abogados, como consecuencia de la ejecución de las obras.
Una vez finalizadas las obras, el Municipio deberá acompañar con el último informe técnico, donde se acreditará que las obras se encuentran ejecutadas de conformidad y al 100%. La Provincia podrá, sin necesidad de autorización, permiso o cualquier manifestación de voluntad previa por parte del Municipio, realizar auditorías técnicas que considere necesarias, con el objetivo de verificar la correcta ejecución de las obras, sin perjuicio de las tareas inherentes en la materia a cargo del Municipio, comprometiéndose éste último a garantizar el ejercicio de las mismas. Toda modificación relativa a las obras deberá contar con la pertinente autorización por parte de la Provincia como condición necesaria para su eventual financiación.
Las partes podrán rescindir el presente Convenio, previa notificación fehaciente a la otra con una anticipación no menor a 1 mes. La rescisión del Convenio no afectará el normal financiamiento de las obras que estuvieran con Convenios Particulares en ejecución, las que deberán ser concluidas de conformidad a lo estipulado en el presente y sus Convenios Particulares, salvo que medie acuerdo expreso en contrario de ambas partes.
Para el caso de suscitarse alguna controversia en cuanto a la interpretación, aplicación y/o ejecución del Convenio, las partes intentarán resolverlo en términos cordiales. De no arribar a una solución satisfactoria para ambas, las partes se someterán a la jurisdicción contencioso administrativa del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal.

ANTECEDENTES DE LA FIRMA DEL CONVENIO
Desde el gobierno de La Pampa, se informó que previo a la elaboración del Convenio Marco, se reunieron días atrás representantes del Gobierno de La Pampa y de la Municipalidad de Santa Rosa para determinar acciones conjuntas.
Formaron parte de ese encuentro, con fecha 16 de noviembre, el secretario de Hacienda y Producción, Luis Evangelista, el director de Obras Públicas, Claudio García, el director de Asuntos Jurídicos, Claudio Pérez Laprida, los asesores Delegados APA, Mirna Soto y Juan Manuel Ruiz Palma, el gerente Contable de APA, Marcos Dosio, y el administrador de APA, Julio Rojo.
En el día de hoy, el administrador de APA, Julio Rojo, ingresó por mesa de entrada de la Municipalidad de Santa Rosa el Convenio Particular de Cooperación y Financiación para “Medidas de Emergencia en la ciudad de Santa Rosa”, al no encontrarse el intendente Leandro Altolaguirre, el Convenio entrará en vigencia una vez firme el jefe comunal.
En relación al Convenio Particular, con fecha 24 de noviembre, el ministro de Obras y Servicios Públicos, Julio Bargero, y el intendente de Santa Rosa, Leandro Altolaguirre, acuerdan celebrar el Convenio Particular de Cooperación y Financiación para las “Obras de renovación y rehabilitación del sistema de agua potable, desagües cloacales, desagües pluviales y disposición de aguas de lluvia y freáticas de los Barrios Butaló I, II, III, Vial y Jardín – Primera Etapa”, de la ciudad de Santa Rosa.
En el mismo la Provincia se compromete a financiar la ejecución de la obra de “recambio de cañerías de redes cloacales y de agua potable, conexiones domiciliarias, readecuación de bocas de registro y cámaras de inspección, Barrios Butaló I, II, III, Vial y Jardín – Primera Etapa”, con un presupuesto de $5.826.154 y un plazo de ejecución de 120 días, contados a partir de la firma del acta de replanteo.
El Municipio tendrá a cargo la ejecución, inspección y control de las obras, como así también la posterior operación y mantenimiento conforme al ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.

