
El Gobierno comenzó a reglamentar este jueves, por decreto, varios artículos de la ley de reforma previsional y, entre otras cuestiones, quedaron sin efecto las intimaciones para jubilarse a los 60 o 65 años de edad y contar con 30 años de aportes.
Según publicó el Poder Ejecutivo en el Boletín Oficial, se trata de artículos de las leyes 27.426 y 27.260, que introducen cambios en el sistema jubilatorio.
La reforma previsional permite a los trabajadores, hombres o mujeres sin distinción, optar por jubilarse a los 70 años. O dicho en otras palabras, extiende la vida laboral 5 años más. El que no quiera seguir trabajando no accederá al incremento del haber jubilatorio que tendrá quien llegue a la edad de 70 años. La medida solo es aplicable al sector privado.
La ley de ajuste estableció que “por cada año por encima de los 30 años de aportes, el monto de la jubilación futura aumenta 1,5% del sueldo promedio actualizado de los últimos 10 años por cada año trabajado. Si el trabajador alarga 5 años su retiro jubilatorio, su futuro haber mejora 7,5 puntos”.
De acuerdo con el texto oficial, «los plazos previstos en el artículo 252 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y sus modificatorias, que hubieran comenzado a transcurrir con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma introducida por la Ley Nº 27.426, quedarán sin efecto».

