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Seis meses de prisión condicional por golpear y amenazar a su pareja

27 abril, 2018
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El juez de control santarroseño, Nicolás Casagrande Lorences, condenó a A.D.N., como autor de los delitos de amenazas simples, en tres oportunidades, y lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

La resolución fue consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el imputado, un jornalero de 30 años que aceptó la autoría de los hechos. La víctima fue su pareja y también prestó su consentimiento.




El primer episodio de violencia ocurrió el 5 de marzo del año pasado, cuando en el interior de la vivienda de ella, Navarro le dio un golpe de puño porque se había negado a mantener relaciones sexuales y, además, le dijo “te voy a matar”.

El segundo, el 19 de septiembre a primera hora. El imputado “agredió verbal, psicológica y físicamente a su pareja, con quien tiene un hijo de dos”, dice el fallo. Al iniciarse una discusión, él “le ordenó que se calle, la tomó del cuello sin ocasionarle lesiones y luego, mientras la mujer pedía auxilio, le tapó la boca con la mano –agrega–. En determinado momento, la víctima alcanzó a tomar el celular e intentó llamar al 101. El imputado le arrebató el teléfono y le expresó ‘vos llamás a la policía o me llegás a denunciar, y te juro que te mato, te prendo fuego la casa con todos adentro’, en alusión a ella y su familia”.

El último hecho se produjo tres días más tarde, cuando el agresor arribó a la casa de la víctima y le expresó a viva voz: “te voy a matar a vos y a toda tu familia”.

“Entiendo que la conducta (del agresor) resulta constitutiva de los delitos de amenazas simples, tres hechos, y lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real, en calidad de autor; los cuales deberán ser valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral de la Mujer”, señaló Casagrande Lorences.

“Ello –acotó– toda vez que las lesiones fueron constatadas por el Servicio de Sanidad Policial, mientras que en cuanto a las amenazas surge claramente que se han producido en un contexto de vulnerabilidad de la víctima, aprovechado por el imputado para ejercer un hostigamiento sistemático, situación que incluso fue presenciada por la madre” de la víctima.

El juez también le impuso al jornalero el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta por dos años: fijar residencia, comparecer mensualmente ante la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima, y realizar un tratamiento psicológico especializado en la temática de violencia de género.

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