
Un jockey de 32 años fue condenado a seis meses de prisión en suspenso, por ser autor material y penalmente responsable de cuatro delitos: lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, daño, amenazas simples y violación de domicilio, todos en concurso real y en el marco de 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. La víctima fue una ex pareja.
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El fallo fue dictado hoy por el juez de audiencia de Santa Rosa, Carlos Alberto Besi, quien –con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria– dio por demostrado que el 17 de julio de 2015, a la noche, el imputado le envió un mensaje de texto a la damnificada diciendo “te voy a romper todo, empezá a comprar ropa porque no te va a quedar nada”.
Posteriormente, entró a la casa de la mujer, tras romper el picaporte, y allí la esperó. Cuando la víctima arribó a la madrugada, el agresor “la tomó de los pelos, le pidió que le entregara el celular y, ante la negativa de ella, le propinó un golpe de puño en el rostro, provocándole lesiones”. La ex pareja alcanzó a salir de la casa, pero el acusado la alcanzó y volvió a agarrarla de los cabellos. Al ver que había vecinos observando la escena, el jockey se retiró del lugar.
El magistrado, para dar por acreditados los hechos, tuvo en cuenta la denuncia de la agredida, los mensajes de texto y tres informes médicos y un cuarto de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito y a los Testigos, entre otros elementos probatorios. “Se ha probado, independientemente de la palabra del imputado, con la denuncia formulada por la víctima, quien expuso las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos criminosos. Además se cuenta con los certificados médicos que dejaron constancia de las lesiones padecidas por la damnificada”, indicó Besi en el fallo.
“Por otra parte, las piezas procedimentales colectadas denotaron que el imputado irrumpió en el domicilio de la mujer sin su autorización, previo a provocar la rotura de picaporte de la puerta principal; como así también se corroboró que manifestó expresiones amenazantes que limitaron la libertad de autodeterminación a ella, causándole temor”, acotó Besi.
El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, que fue convenido entre el fiscal Marcos Sacco, el defensor oficial Pablo De Biasi y el condenado, quien admitió su culpabilidad. La víctima, al ser notificada de ello, también prestó su conformidad.
A su vez, las partes acordaron fijarle al agresor tres pautas de conducta durante dos años: fijar domicilio, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras –presentándose en forma mensual en el Juzgado de Paz donde se domicilia– y cesar y/o abstenerse de realizar todo acto de perturbación y/o intimidación que de forma directa o indirecta perjudique a la víctima.

