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La atacó en estado de ebriedad: lo condenaron por agredir en dos oportunidades a su pareja

4 septiembre, 2018
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La jueza de control de Santa Rosa, María Florencia Maza, condenó hoy a  un hombre a ocho meses de prisión en suspenso, por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en dos oportunidades, en concurso real; los que a su vez concursan en forma material con el delito de lesiones leves, en concurso real con daño simple, en concurso material con amenazas simples. Los hechos se encuadraron en las disposiciones de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. La víctima fue una ex pareja.




La sentencia que dictó Maza fue a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Andrés Torino, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado, un albañil de 23 años que admitió la autoría de los hechos. En los abreviados, el juez no puede imponer sanciones más gravosas que las solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.

Con las pruebas recolectadas por la fiscalía quedó probado que el pasado 22 de junio, a las siete de la mañana, “César Emilio Raeburn regresó a su domicilio en estado de ebriedad y comenzó a agredir verbalmente” a su entonces pareja “por cuestiones de celos, empujándola hasta que ella decidió salir al patio a buscar la moto para llevar a su hija Victoria a la escuela”.

“Al subirse a la moto (con el casco colocado), Raeburn le propinó un golpe en la cabeza con una herramienta (pinza o tenaza), produciéndole lesiones –acotó–. Luego cuando salió hacia la vereda  junto a su hija en la moto, comenzó a arrojarles piedras, impactando una de ellas en la cabeza de la niña, quien se refugió en el interior del domicilio, provocándole lesiones. Asimismo empezó a dañar con la misma herramienta la luz delantera y las cachas del vehículo, lo que obligó a la víctima a dejar la moto y retirarse a su trabajo”.

Posteriormente, a media tarde, cuando la mejor regresó al domicilio, “observó que el imputado le había sacado los muebles, la ropa y otras pertenencias, y las estaba cargando en una camioneta de su hermano, por lo llamó a la policía y frente a éstos Raeburn la empujó, la insultó y le manifestó que iba a prender fuego a su familia y que no les tenía miedo”, detalló Maza.

Asimismo, la jueza probó que una semana antes, en otra discusión, el acusado –después que empezará a beber alcohol– le había propinado una patada en la pierna derecha a su ex pareja, ocasionándole lesiones.

“Entiendo que estos hechos deben ser encuadrados en las disposiciones de la ley 26485, teniendo en cuenta lo mencionado por la denunciante en cuanto a que siempre padeció violencia física, verbal y psicológica de parte del imputado; no habiendo realizado trámites con anterioridad, pensando que iba a cambiar, relatando otros episodios similares y que en su oportunidad no fueron denunciados, por lo que es correcto encuadrar el accionar de Raeburn en esta instancia, en ese contexto de violencia en el que desarrollaban sus relaciones personales”, sostuvo Maza.

Las partes también convinieron que se le impusieran al imputado las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin autorización judicial; someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal; y abstenerse de entrar en contacto con la víctima, no pudiendo acercarse a menos de 200 metros del lugar donde se encuentre, ni de su domicilio.

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