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¿Qué hacer ante un caso de maltrato o crueldad animal?*

16 octubre, 2018
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Cada vez se está haciendo más notorio ver los casos de maltrato animal que se están produciendo en la provincia de La Pampa. No obstante, a pesar de los reclamos en cuanto a realizar cursos, capacitaciones, jornadas e instruir al personal de las fuerzas de seguridad como así también a los operadores judiciales y a la ciudadanía en general hay un rotundo silencio por parte de la dirigencia política ante esta gravísima problemática. Y es por tal motivo que los ciudadanos deben saber que  hacer ante un caso de maltrato o crueldad animal.




En primer lugar debemos saber que hay una Ley penal, Ley 14.346 que pena los actos de mal trato y crueldad hacia los animales, es una ley muy cortita ya que posee 4 artículos con sus correspondientes incisos pero muy efectiva para la protección de los animales no humanos. La misma posee una pena de prisión de 15 días a un año de prisión.

Por ser una ley penal la misma tiene aplicación en todo el territorio nacional (incluyendo a la provincia de La Pampa) y toda persona mayor de edad puede realizar la denuncia penal concurriendo a una comisaría o a la fiscalía más cerca que se encuentre de su  domicilio.

Los oficiales de la ley deben de actuar de oficio ante un caso de maltrato y/o crueldad animal, y más aún cuando el mismo ha tomado conocimiento público ya que  es su obligación hacerlo, como así también obligación de la policía tomar las denuncias penales, caso contrario estarían ambos incurriendo en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (Art 248 Código Penal)

La denuncia la podrá hacer quien fue testigo del hecho ilícito, aunque también podrá denunciar quien este anoticiado del hecho. Se podrá acompañar la denuncia con fotos o  videos para reforzarla si embargo no es obligatorio, solo sirve para darle más fuerza a lo denunciado. Las mismas es importante que sean tomadas en lugares públicos (plazas, veredas de casas, calles, etc) caso contrario se incurriría en el delito de violación de la privacidad,  por ejemplo si fuese tomada del interior de un domicilio particular.

La denuncia podrá ser presentada en forma escrita u oral ya sea en una comisaría o la fiscalía más cercana a su domicilio particular. Y  sea que fuese radicada en uno u otro lado tanto el oficial de policía como el funcionario público tienen el deber y la obligación de recibirla.

Para finalizar es importante brindar información detallada del hecho que se está denunciando, por ejemplo: lugar, hora, hecho denunciado, nombre de quien cometió el hecho (si se conoce), señas particulares  de la persona, domicilio, quién fue el que sufrió el daño, etc. Si hubo testigos también se podrán nombrar, esto servirá luego para acompañar la posterior  investigación judicial.

 * Cecilia Inés Domínguez, delegada provincial de la AFADA (Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales)

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