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De ahora en más podrá solicitarse la figura de «amicus curiae» en cualquier fuero judicial

2 noviembre, 2018
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El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad de las y los diputados en la sesión del jueves pasado. La iniciativa recubre una gran importancia ya que se podrá solicitar ante cualquier fuero o instancia de los tribunales.

La figura de “Amicus Curiae” (Amigo del Tribunal) se podrá invocar en toda causa judicial, que tramiten ante cualquier fuero e instancia de los tribunales de la provincia de La Pampa, de trascendencia institucional o que resulten de interés público, en especial en los casos en que se encuentren comprometidos derechos de incidencia colectiva o de interés general.

«El motivo de esta difusión es tan simple como la especial naturaleza del derecho internacional de los derechos humanos y el interés generalizado que rodea cualquier causa en la que esté en juego el ejercicio de algún derecho fundamental», dijo la diputada e impulsora del proyecto, Patricia Testa.




En el ámbito nacional la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró al “Amicus Curiae” “como un provechoso instrumento destinado, entre otros objetivos, a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia, el Tribunal considera apropiado que, en las causas en trámite ante sus estrados y en que se ventilen asuntos de trascendencia institucional o que resulten de interés público… Que, en efecto, en el marco de las controversias cuya resolución por esta Corte genere un interés que trascienda al de las partes y se proyecte sobre la comunidad o ciertos sectores o grupos de ella, a fin de resguardar el más amplio debate como garantía esencial del sistema republicano democrático” . En este contexto, se señala que el “Amicus Curiae” “tiene una doble función: a) aportar al tribunal bajo cuyo examen se encuentra una disputa judicial de interés público argumentos u opiniones que puedan servir como elementos de juicio para que aquel tome una decisión ilustrada al respecto; b) brindar carácter público a los argumentos empleados frente a una cuestión de interés general decidida por el Poder Judicial, identificando claramente la toma de posición de los grupos interesados, y sometiendo a la consideración general de las razones que el tribunal tendrá en vista al adoptar y fundar su decisión”.

La aceptación de este instituto por tribunales de nuestra provincia tuvo lugar en la causa “Cornejo, Guillermo s/ robo calificado” (Nº 49/99). En esta causa el Procurador Penitenciario de la Nación se presentó en carácter de “Amicus Curiae” ante la Cámara en lo Criminal Nº 2 de la  provincia de La Pampa efectuando peticiones relacionadas a las condiciones de detención de un interno.

Los tribunales locales, salvo casos excepcionales, rechazan actualmente éste instituto por no existir en nuestra provincia una ley que la recepte. En tal sentido ha dicho el Superior Tribunal de Justicia : «Si bien la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante Acordada N° 28/2004 procedió a reglamentar, en los procesos que alcanzan a su competencia, la intervención del “Amicus Curiae” ‘amigos del tribunal’- y gran parte de la doctrina lo ha considerado como un provechoso instrumento de participación ciudadana cuando se ventilan asuntos que resultan de interés público, en nuestra provincia no existe norma procesal alguna que habilite su intervención en el proceso. [«Partido Socialista Distrito La Pampa c/ Provincia de La Pampa s/ acción declarativa de inconstitucionalidad», año 2008.

En igual sentido se resolvió en autos “CHENA, Roberto Emanuel y otros en causa por habeas corpus colectivo s/ recurso de casación” del año 2013. En sentido contrario se resolvió en el mes de abril del año 2014, por parte del Tribunal de Impugnación Penal, que excepcionalmente y luego de una petición concreta de la Fundación “Estrellas Amarillas” admitió su participación como “Amicus Curiae” en aquellas causas relacionadas con siniestros viales.

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