
La jueza de control santarroseña, María Florencia Maza, condenó hoy a Eduardo Matías Silva a un año de prisión en suspenso, como autor de los delitos de amenazas simples, lesiones leves calificadas y violación de domicilio contra su ex pareja.
¿Cuáles fueron los hechos? Hace un mes, el sábado 10 de noviembre a la noche, Silva –33 años, desocupado– fue hasta la casa de la víctima a llevarle un par de zapatillas al hijo de ella. En ese contexto “manifestó expresiones agraviantes en relación al vínculo” que la mujer había mantenido con el padre del niño y le propinó “varios golpes de puño en la cabeza, mientras le decía ‘si no estás conmigo, no estás con nadie, si no estás conmigo, te voy a matar’”.
Cuando el agresor tomó a su expareja del cuello y “la apretó fuertemente con ambas manos”, el hijo de la víctima “le alcanzó una cuchilla para que se defendiera”. Silva se fue hacia la cocina y la damnificada “aprovechó para salir de la casa” y refugiarse en una iglesia que se encuentra enfrente.
“En ese momento –dice el fallo–, Silva salió por la puerta de atrás y se retiró en su vehículo, circunstancia que aprovechó la víctima para regresar a la vivienda, solicitar presencia policial y volver a la iglesia, quedando sus hijos en la casa bajo llave (…) El imputado regresó luego de unos minutos, y previo dañar la puerta trasera, que se encontraba con llave, entró. Inmediatamente personal policial, procedió a su detención”.
La sentencia fue dictada por Maza en el marco de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Walter Martos, el defensor oficial Juan José Hermúa y el imputado. La víctima, que se constituyó como querellante en el expediente, al ser informado de ello también prestó su consentimiento.
“Considero adecuado enmarcar las conductas de Silva en las disposiciones de la ley 26.485, teniendo en cuenta el contexto de violencia de género en el que los hechos acontecieron, evidenciado ello no solo por lo que se desprende de los informes de la Oficina de Atención de la Víctima y el Testigo, sino de la circunstancia de haber ocurrido encontrándose vigente una restricción absoluta de acercamiento y contacto” del imputado con la su expareja, cometiendo así “nuevos hechos que vulneraron a la damnificada y la colocaron en una situación de mayor fragilidad”, indicó la magistrada.
Finalmente, Maza le impuso al acusado las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin autorización de la autoridad judicial; someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; abstenerse de entrar en contacto con la víctima, ni acercarse a menos de 200 metros del lugar donde se encuentre; y realizar un tratamiento psicoterapéutico relacionado con la problemática de violencia de género.

