
La jueza de control de Santa Rosa, María Florencia Maza, condenó hoy a través del procedimiento de juicio abreviado a un albañil de 36 años, a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, y le mantuvo la prisión preventiva hasta la finalización del proceso.
La magistrada acreditó que el domingo 4 de noviembre, el imputado “agredió físicamente a su pareja” cuando estaban descansando junto a sus tres hijos. “La tomó del cabello y, llevándola hasta el baño, le propinó golpes de puño en el rostro y en varias partes del cuerpo, realizando lo mismo con un cinto”, dice el fallo. En ese momento intervino una hija de siete años y la víctima pudo salir a pedirle ayuda a una vecina.
El abreviado fue firmado por el fiscal Walter Martos, el defensor particular Walter Pablo Pinto y el acusado, quien registra antecedentes penales. La damnificada dio su conformidad, pero pidió que se le informe si eventualmente su agresor solicitó alguna clase de beneficios antes de completar la condena (salidas transitorias, prisión domiciliaria, libertad condicional, etc.).
Varios hechos.
Por otra parte, el juez de control, Carlos Matías Chapalcaz, también condenó hoy a un obrero de la construcción de 26 años, a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo, por los delitos de amenazas simples en dos hechos independientes, daño y desobediencia judicial en concurso real, debiendo ser valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. A su vez le revocó la libertad condicional que le había sido otorgada en otro legajo donde fue condenado a seis meses en suspenso y le fijó una pena unificada de siete meses efectivos, declarándolo reincidente.
El expediente también se resolvió a través de un abreviado rubricado por el fiscal Cristian Casais, el defensor oficial Claudio Sabio Martínez y el acusado. La víctima, al ser informada de ello, prestó su consentimiento.
¿Cuáles fueron los hechos? El 16 de julio a la 1.30 de la madrugada, el imputado fue hasta el domicilio de una amiga de su expareja, donde ella se encontraba viviendo con sus dos hijos. Allí comenzó a insultar a ambas, pidiendo a los gritos que les entreguen a sus hijos porque si no prendería fuego la casa. A las 4 volvió y dijo lo mismo. Al otro día, a las 19.30, regresó al lugar, insultando a la víctima, y fue detenido por la policía.
Tiempo después, el 4 de agosto, le envió “reiterados mensajes telefónicos de texto y audio, haciéndolo desde teléfonos de conocidos y familiares; refiriéndole en alguno de ellos ‘más tarde voy a ir a buscar a los nenes, no me importa ir preso’, ‘te lo dije, ustedes no se van a burlar de mí, te lo aseguro; no valen nada las vainas sucias veamos cuánto les dura esa sonrisa’, ‘ahora voy a ir donde estás vos y voy a volar la puerta a patadas, lleva a la policía el audio, te los voy a sacar igual a los nenes’”. Todo ello lo hizo “desobedeciendo de modo intencional la medida judicial de restricción de prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio” que había dispuesto la Justicia el 18 de julio, indicó el juez.
Por último, el 8 de septiembre, el agresor se comunicó con su expareja para restituirle los niños y, al encontrarse, le dijo que se fuera de la casa de su amiga porque si no le sacaría a los hijos. Así fue que se inició una discusión y él “la tomó del brazo y la llevó hacia la parte baja del edificio; reteniendo en todo momento” a uno de los menores, hasta que la mujer pudo salir corriendo a pedirle ayuda a la policía. El hombre terminó llevándose al menor.

