
El juez de control de Santa Rosa, Néstor Daniel Ralli, condenó a un hombre de 34 años, como a responsable de los delitos de lesiones leves calificadas, amenazas simples y hurto simple contra su ex pareja, a la pena de un año de prisión.
Además el juez le revocó la condicionalidad del cumplimiento de la pena impuesta por una sentencia anterior; le unificó la misma con la actual sentencia y le impuso la pena única de un año de prisión de efectivo cumplimiento.
El acuerdo fue suscripto por el fiscal Cristian Casais, el defensor Martín García Ongaro y el propio imputado quien admitió los hechos. La damnificada, al ser informada sobre el acuerdo suscripto prestó su consentimiento, y solicitó ser informada en cuanto el imputado recupere su libertad, o comience a gozar de algún beneficio como pueden ser las salidas transitorias.
Con las pruebas incorporadas en las dos causas presentadas en el acuerdo, el juez dio por acreditado que:
El 26 de diciembre de 2018, el imputado, luego de una discusión, le propinó a su ex pareja varios golpes de puño en su rostro, más precisamente en pómulo izquierdo, boca y nariz, causándole lesiones; luego la arrojó a la cama, la tomó con ambas manos del cuello y comenzó a ahorcarla, logró soltarse la víctima y llegó personal policial en ese momento.
Por otra parte, en la madrugada del 1 de marzo de este año, el imputado ingresó al domicilio de su ex pareja y le dio golpes de puño en la cabeza dejándole hinchazón, y le hizo perder el conocimiento. Al despertar la misma, el imputado estaba encima de ella, le tapó con una mano la boca y con la otra sostenía un cuchillo, colocándoselo sobre el cuello, sin lesionarla, le manifestó amenazas de muerte y le efectuó pinchazos en mano izquierda, luego de que la damnificada gritara, se retiró de inmediato llevándose la llave del departamento y la cuchilla.
En referencia a la sanción penal a imponer, el juez consideró “ que el artículo 382 del Código Procesal Penal prohíbe fijar una pena superior o más grave a la solicitada por el representante del Ministerio Público Fiscal, legalmente a ella debo limitarme; por ello corresponde imponer al imputado la pena de un año de prisión; revocar la condicionalidad del cumplimiento de la pena impuesta por sentencia 33/2017; unificar la misma con la presente; e, imponer en definitiva al imputado la pena única de un año de prisión de efectivo cumplimiento”.

