
La decisión gubernamental se tomó «para evitar un impacto en la inflación», y fue formalizada este miércoles en el Boletín Oficial.
Mediante el Decreto 381/2019, el gobierno nacional estableció que “el incremento en los montos del impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4° del Capítulo I del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que resulte de comparar los valores actualizados al 31 de diciembre de 2018 con los actualizados al 31 de marzo de 2019, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018, surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de julio de 2019, inclusive.”
Así, el Gobierno nacional decidió ayer postergar por un mes el ajuste del impuesto a las Transferencias de los Combustibles, que tenía previsto poner en vigor el 1° de junio, según consignaron fuentes de la Secretaría de Energía. La medida iba a entrar en vigencia el próximo sábado e implicaba un aumento en el precio de venta final de los carburantes (naftas y gasoil).
La decisión gubernamental se tomó “para evitar un impacto en la inflación” y mañana se formalizará mediante la publicación en el Boletín Oficial de la suspensión del ajuste del gravamen hasta el próximo 1° de julio.
Fuentes de la Secretaría de Energía anticiparon la postergación y estimaron que el ahorro previsto “rondará el 1,5%”. Voceros de las estaciones de servicios, por su parte, habían evaluado que el incremento del impuesto iba a ser trasladado de forma inmediata a los surtidores, con el consiguiente impacto en los automovilistas.
La actualización del tributo sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono se aplica cuatro veces al año: en marzo, junio, septiembre y diciembre, como reflejo de los aumentos registrados en el Indice de Precios al Consumidor (IPC) de los tres meses anteriores.

