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La Justicia suspendió la venta de misoprostol en farmacias

7 diciembre, 2019
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El jueves pasado la justicia hizo lugar a un amparo presentado por la organización “Portal de Belén” y la “Asociación para la promoción de los derechos civiles”, y prohibió la venta del medicamento utilizado para realizar abortos farmacológicos, habilitado desde el 2018.




La jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante del Juzgado Contencioso Administrativo Federal II,  se pronunció a favor de la medida cautelar presentada por las organizaciones antiderechos y  suspendió la venta de Misop 200, la presentación de misoprostol para uso ginecológico.

El fallo suspende el art.2 de la Disposición de ANMAT N°946/18 que autoriza la venta de MISOP 200/ MISOPROSTOL en farmacias bajo receta archivada.

La medida afecta a la venta en farmacias bajo receta pero no aplica para tratamientos de abortos no punibles que se realizan en hospitales.

La jueza planteó que el prospecto del medicamento indica que “debe ser utilizado siguiendo una estricta observación de la dosis y régimen recomendados y únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia”.

La iniciativa del Portal de Belen buscaba la “nulidad absoluta e insanable” por inconstitucional del Protocolo para la atención integral en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), pero el punto fue rechazado por la magistrada.

En un comunicado titulado «Ni un paso atrás en nuestros derechos», la Campaña por el Aborto Legal Seguro y Gratuito repudió la decisión de la jueza. “Entendemos que el objetivo de esta medida es generar una barrera más para el acceso al derecho ya otorgado desde 1921 a la Interrupción Legal de Embarazo, empujar a las personas que deciden abortar a condiciones inseguras y de clandestinidad y coartar la autonomía de nuestros cuerpos a mujeres y personas con capacidad de gestar”, expresaron por medio de un comunicado.

«El misoprostol para la realización de abortos seguros es un medicamento esencial según la Organización Mundial de la Salud. El acceso al mismo como bien social no puede estar condicionado por amparos sin sustento científico ni jurídico de asociaciones antiderechos. El uso ambulatorio de misoprostol tiene sobrada evidencia científica y está recomendado por la OMS, FLASOG, SOGIBA y por el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo de nuestro país», manifestaron desde la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

El medicamento se podía adquirir desde octubre del 2018. Estaba habilitado por una disposición (946-12/10/2018) de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

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