
El diputado nacional, Martín Berhongaray, elaboró un proyecto de ley que pretende que a toda niña y niño al nacer se le practique un examen oftalmológico dirigido a la detección precoz, diagnóstico y posterior tratamiento de patologías y enfermedades oculares, como el retinoblastoma, ambliopía, facomatosis, y otras, que pueden ocasionar la ceguera parcial o total o incluso la muerte.
Berhongaray resaltó que la prueba de rastreo para la correspondiente determinación oftalmológica deberá repetirse con una periodicidad de seis meses hasta que la niña y el niño cumplan los cuatro años de edad.
Además, la realización de la correspondiente práctica oftalmológica para su detección y seguimiento, será de cumplimiento obligatorio en todos los establecimientos médico asistenciales, tanto sean públicos -de gestión estatal o de la seguridad social- y privados de la República Argentina, en los que se atiendan partos a recién nacidas/os como así también a toda niña o niño que no hubiere cumplido los cuatro años de edad.
Entre sus fundamentos expresó que “El proyecto tiene por objeto implementar un examen oftalmológico obligatorio para todas las niñas y niños recién nacidos, así como para aquellos comprendidos en la etapa de la ‘primera infancia’ (hasta los 4 años de edad) con la finalidad de garantizar la salud de la población y prevenir alteraciones visuales y la ceguera infantil”.
Comentó que la evaluación oftalmológica deberá: “practicarse en los establecimientos médicos asistenciales públicos o privados y permitirá diagnosticar a tiempo el retinoblastoma, la ambliopía, el glaucoma congénito, la retinopatía del prematuro, las cataratas, la hiperplasia primaria del vítreo, entre otras patologías”.
Señaló que “muchas de las enfermedades oculares supra citadas pueden ocasionar la pérdida parcial o total de la visión e incluso la muerte del paciente, de allí la importancia de su detección precoz y oportuno tratamiento”.
Destacó que “Algunas leyes nacionales y provinciales prescriben la obligatoriedad de realizar la pesquisa neonatal de las distintas enfermedades congénitas de los recién nacidos garantizando la detección precoz de esas condiciones no reconocibles al momento de su nacimiento, tanto del ámbito público, privado y de la seguridad social”, dijo.
Recordó que “el artículo 1° de la Ley Nacional N° 26.279 (Régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién nacido) dispone que ‘…A todo niño/a al nacer en la República Argentina se le practicarán las determinaciones y posterior tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarenal congénita, deficiencia de biotidinasa, retinopatía del prematuro…’ (el subrayado no está en el original)”.
Berhongaray aseveró que “A pesar de que la normativa nacional obliga a practicar el examen de retina a los recién nacidos ‘en condiciones prematuras’, no prevé la evaluación oftálmica de las niñas y niños nacidos a término”.
“La importancia de la existencia de exámenes reglados y obligatorios importará, para muchas niñas y niños, la única oportunidad de que se les detecte en forma precoz alguna patología intraocular o enfermedad visual que, con una temprana determinación y adecuado tratamiento tiene mayores pronósticos de recupero”.
Entre las enfermedades que el diagnóstico precoz permitirá detectar y atender se encuentran:
- El Retinoblastoma es el tumor intraocular primario más frecuente en la infancia y supone el 1-3 % de todos los tumores pediátricos. Crecen exponencialmente las posibilidades de que se manifieste en niños menores de 5 años de edad y su diagnóstico y tratamiento precoz resulta clave para la supervivencia humana.
- Por su parte, la Ambliopía se origina cuando las células cerebrales que se encargan de la visión del ojo, no se desarrollan por falta de uso. Puede ser causada también por defectos visuales como la miopía, astigmatismo e hipermetropía, no diagnosticados en forma precoz durante la niñez. Si bien estadísticamente afecta a 3 de cada 100 niños, sin tratamiento oportuno puede causar ceguera en el ojo que se usa poco.
- Las Facomatosis son un grupo de enfermedades sistémicas que afectan al sistema nervioso central, la piel y al aparato de la visión. En los primeros años de vida puede detectarse una alteración a través de la realización de un fondo de ojo.
Añadió que “Las mencionadas son sólo algunas de las patologías que un diagnóstico y tratamiento oportuno brindados por una asistencia neonatológica y oftalmológica permitirán detectar y curar, deteniendo así el progreso de consecuencias no deseables para la salud humana”.
Remarcó que “La promoción de la salud y la prevención de las enfermedades representan aspectos impostergables de la acción de gobierno para mejorar la calidad de vida de la población; resultando conveniente tomar las medidas necesarias de carácter preventivo e informativo, no sólo para el recién nacido sino también para la madre respecto al cuidado de su persona y la de su hijo”.

