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Río Negro: Confirmaron la condena contra un médico por obstruir un aborto legal

12 marzo, 2020
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Leandro Rodríguez Lastra fue condenado como autor de incumplimiento de los deberes del funcionario público a un año y dos meses de prisión en suspenso más dos años y cuatro meses de inhabilitación para desempeñar cargos públicos.

El Tribunal de Impugnación de Río Negro resolvió por mayoría confirmar la condena contra el médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por obstaculizar un aborto legal en curso a una joven víctima de violación.




El 4 de octubre de 2019, Rodríguez Lastra había sido condenado a un año y dos meses de prisión en suspenso más cuatro meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El fallo del tribunal, el cual se dio a conocer el 11 de marzo y confirma la sentencia, llevó la firma de los jueces Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambí. También le dieron la razón, en forma parcial, al fiscal jefe Santiago Márquez Gauna y ordenaron debatir -en un nuevo juicio- las reglas de conducta que debería cumplir el imputado.

Intervinieron, por la acusación, el representante del Ministerio Público Fiscal, Santiago Márquez Gauna, y por la defensa, los doctores Damián Torres y Juan Carlos Chirinos, en representación de Leandro Javier Rodríguez Lastra.

Al respecto de la resolución, los jueces coincidieron en que en el caso debe aplicarse la perspectiva de género. «Este estándar implica ese abordaje al verificarse una situación de violencia de un hombre contra una mujer, donde las juezas y jueces debemos resolver como criterio de interpretación de la normativa aplicable, de los derechos y de las pruebas del caso, parte de la consideración de la situación de discriminación en que se hallan las mujeres y ha sido concebida por un sistema normativo que obliga a la adopción de políticas públicas a las que el Poder Judicial no es ajeno», indicó el juez Cardella en el fallo.

Además, confirmaron que se trató de un caso de violencia obstetricia en el que «la acción del imputado, Rodríguez Lastra, tuvo como consecuencia la pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente por parte de la joven mujer violada cuando una ley le daba derechos a esa práctica médica en el sector de la salud pública».

El caso

Según los hechos, la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

La joven consumió de manera particular pastillas de Oxaprost para provocarse un aborto, y debió ser atendida.

Permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti a la espera de la interrupción que nunca llegó. Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

La joven fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

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