
El diputado nacional, Martín Berhongaray, presentó un proyecto de ley que establece los presupuestos mínimos para la protección ambiental y el uso racional de los acuíferos existentes en el territorio de la República Argentina, y define los objetivos para promover el aprovechamiento sustentable y su preservación.
En el proyecto se define como Autoridad de Aplicación Nacional al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a quien corresponderá formular una política ambiental integral de los acuíferos sobre la base de los diagnósticos establecidos, que tenga en consideración y respete las escalas nacionales, provinciales y locales.
Además, se establece que deberá actuar en permanente coordinación con la autoridades de aplicación provinciales y la que defina la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cumplimiento de los cometidos planteados en la ley, y en particular en la evaluación y otorgamiento de las autorizaciones para todas aquellas actividades, públicas o privadas, que utilicen los sistemas acuíferos interjurisdiccionales en su desarrollo, así como en la definición de los criterios de protección y utilización de los acuíferos interjurisdiccionales.
Se plantean cuatro objetivos:
- Promover la preservación de los acuíferos mediante el ordenamiento territorial;
- Fomentar la protección ambiental y la gestión integrada de las aguas subterráneas;
- Instar al uso y aprovechamiento racional, sustentable y equitativo de los acuíferos;
- Efectuar el relevamiento y apreciación geológica e hidrogeológica de las características básicas de los acuíferos y masas de agua subterráneas existentes en el territorio nacional.
Una de las metas del proyecto “consiste en estimular los procesos de participación en la toma de decisiones, y fomentar la suscripción de acuerdos entre las jurisdicciones provinciales co-propietarias de acuíferos y el Estado Federal, para su preservación, administración, explotación y protección de manera coordinada y única”.
Finalmente se prevé: “la creación de un Registro Nacional de Acuíferos para inventariarlos a efectos de contar con la información necesaria para su adecuada conservación, control y monitoreo, incluyendo la cuenca hidrológica, ubicación, superficie y áreas de recarga directa, indirecta y de descargas de las aguas”.

