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Avendaño presentó el proyecto para generar “techo, tierra y trabajo”

25 noviembre, 2020
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El diputado provincial del Frente Justicialista Pampeano y referente del Movimiento Evita presentó el proyecto de ley que a nivel nacional impulsan los movimientos sociales para generar soluciones habitacionales y tierra para el trabajo.

En los fundamentos del proyecto “Tapera” menciona que la situación empeoro con la pandemia y señala que “en nuestro país, la situación económica y social en la que nos encontrábamos a finales del 2019 ya resultaba crítica. Según estimaciones del INDEC, la pobreza alcanzaba 35.5% de la población y la indigencia llegaba al 8%. Un cuarto de los hogares del país se encuentra por debajo de la línea de pobreza, esto equivale a 10 millones de argentinos y argentinas”.




“Esta situación se vuelve más crítica si consideramos que la mitad de los niños y las niñas de nuestro país menores de 14 años son pobres. La desocupación alcanza el 8.9%, llegando al 10% en las áreas más afectadas”, indicó.

“Pero si se mira atentamente, la tasa de subocupación creció mucho más. Lo mismo ocurre al hablar sobre el trabajo informal. En conjunto, estos indicadores muestran la precaria situación en la que se encuentra el empleo en el país y las dificultades para generar nuevos puestos de trabajo”, agregó.

“A su vez, según la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) realizada por el INDEC, al primer trimestre del 2019 un cuarto de los habitantes el país no era dueño de la vivienda que ocupaba. De ellos, casi el 10% de las personas se encuentra en una situación irregular con respecto a su   vivienda, siendo ocupantes del lugar donde habitan, impedidos de acceder a su propia vivienda”, recordó.

“El Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de 2010 precisa que el déficit habitacional en la Argentina es de 2,5 millones de hogares. La tendencia, diez años después, es ascendente. El déficit se puede clasificar en dos facetas: el 78% representa viviendas recuperables u hogares con hacinamiento por cuarto –déficit cualitativo–, mientras que el 22% restante constituye el déficit cuantitativo”, resaltó.

“Más del 90% de la población total reside en zonas urbanas de más de dos mil habitantes y casi el 50% de los argentinos viven en ciudades con más de 500 mil residentes. Son datos que permiten concebir la situación habitacional como un problema sistémico. Más de un millón de personas de la población nacional se encuentra en situación de hacinamiento crítico. Y millones más son los que no cuentan con un buen acceso a los servicios. En términos claros, la mitad de los argentinos y las argentinas no accede al menos a alguno de los servicios básicos necesarios”, describió.

“El problema habitacional resulta efectiva e históricamente uno de los principales problemas en nuestro país. En miles de barrios, villas y asentamientos, nuestros compatriotas sufren la falta de empleo, la pobreza y baja calidad de la vivienda obteniendo, como resultado, una reducida calidad de vida”, indicó.

“Todo esto es sin duda caldo de cultivo para el desarrollo de enfermedades como el Coronavirus. Son los 4400 barrios populares relevados por las Organizaciones Sociales que han logrado la creación del Registro Nacional de Barrios Populares –RENABAP- y la consiguiente sanción de la Ley 27.453 de Integración Socio Urbana de los mismos, incluyendo la necesidad de la expropiación de las tierras que ocupan”, dijo.

“Al mismo tiempo, son cada vez son más los sectores de capas medias, principalmente jóvenes, que también están imposibilitados de acceder a un terreno y mucho menos a una vivienda familiar. Los sucesos de los últimos meses, los efectos sanitarios, sociales y económicos de la pandemia, además de las lamentables pérdidas de vidas humanas producidas por la enfermedad, las necesarias medidas de contención y cuidado para evitar la propagación del virus tienen como contracara un impacto crítico en la actividad económica”, enumeró.

En otra parte menciona que “poner en marcha respuestas inmediatas a esta gravísima situación social, en la medida que el avance en las sucesivas fases permita ir saliendo de esta grave situación sanitaria, económica y social”.

“Con sus particularidades territoriales y los las medidas de prevención y de bioseguridad adecuadas, se podrá proveer respuestas habitacionales dignas a los residentes de asentamientos, villas y áreas rurales; que subsisten en condiciones de precariedad laboral, promoviendo la generación de trabajo, su capacitación y el mejoramiento de su hábitat”, asegura.

Avendaño señala que “debe ser una de las metas de este Gobierno, procurar el descenso progresivo del déficit habitacional cuantitativo y cualitativo, promoviendo y financiando proyectos para el desarrollo de soluciones habitacionales, dando prioridad a aquellos que utilicen la capacidad de autoconstrucción de los beneficiarios y de las organizaciones comunitarias para ello, dirigiendo sus  labores a fin de readecuar los espacios, mitigar riesgos y mejorar la calidad de vida en general. Poniendo en movimiento la capacidad de miles de pobladores articulados con el papel del Estado y su asistencia inmediata con medidas prácticas para dar respuestas a la falta de trabajo y precariedad habitacional”.

“Desde hace años las cooperativas, organizaciones sociales y PyMES de nuestro país y de nuestra provincia vienen cumpliendo un papel clave  brindando una importante cantidad de puestos trabajo, aumentando la producción nacional y, más importante aún, vinculando las comunidades. Generar arraigo en el interior del país, Tierra, el Techo y el Trabajo para millones de argentinos y argentinas es la clave para eso”, fundamenta

El articulado del proyecto es el siguiente:

Artículo 1°.- Créase el Programa Provincial “Tierra, Techo y Trabajo” (Programa) con las finalidades que a continuación se enumeran:

a- La construcción de Soluciones Habitacionales, viviendas nuevas e infraestructura social básica para la población en situación de déficit habitacional;

b- Instrumentar políticas de acceso a la tierra, priorizando la agricultura familiar, campesina y originaria que encuentra en la tierra su principal sustento y constituyen la base de las economías regionales; y

c- La generación masiva de Puestos de Trabajo para resolver la situación de miles de trabajadores desempleados con pequeñas y medianas obras en toda la provincia, y miles de campesinos trabajando la tierra para encender la economía, generar empleo local con paridad de género y garantizar el acceso a derechos.

Artículo 2°.- Para cumplir con las finalidades del Programa Provincial “Tierra, Techo y Trabajo” enumerados en el artículo 1°, las cooperativas que funcionan en la provincia, modelo de organización comunitaria que da trabajo innumerables personas, serán incorporadas al Programa para la implementación de las obras.

Las cooperativas y su empleo en la pequeña obra pública tendrán un rol muy importante para achicar la brecha del desempleo.

Artículo 3°.- A los fines de esta ley, se entiende por déficit habitacional a los hogares que carecen de vivienda, la comparten o que habitan en casas de carácter muy precario en términos de sus materiales (viviendas irrecuperables), sin agua potable, luz eléctrica y sin saneamiento; viviendas de categoría regular en la tipología de materiales y hogares con hacinamiento por cuarto, en condiciones críticas, con tres o más personas por habitación.

Artículo 4°.- Créase el “Fondo Provincial Para el Acceso a la Tierra, el Techo y el Trabajo” (Fondo).

Artículo 5°.- El Fondo tendrá el presupuesto inicial que le fije el Poder Ejecutivo Provincial, que deberá aumentar progresivamente en sintonía con los logros y necesidades de los objetivos del programa. Dicho fondo inicial se conformará con una suma inicial compatible con los objetivos del Programa enunciados en el artículo 1°, destinada a la Etapa Anual Inicial del Plan, su implementación provincial y municipal.

Artículo 6°.- Son objetivos del Programa Provincial “Tierra, Techo y Trabajo”:

a- Regularización Dominial Urbana y Rural;

b- Tendido de Infraestructura Social y Servicios Básicos (contempla las obras necesarias para garantizar la accesibilidad vial con apertura de calles, provisión de agua corriente, desagües cloacales y pluviales, redes eléctricas, de protección ambiental, alumbrado, equipamiento barrial, veredas, recolección de residuos y servicio de transporte público, etc.);

c- Eliminación progresiva del déficit habitacional mediante la implementación masiva de Soluciones Habitacionales con variantes de respuestas: ampliaciones y/ o mejoras necesarias en viviendas existentes rescatables, con hacinamiento o carente de servicios;  construcciones básicas que aseguren la estructura y cubierta (Servicio de Techos), con diferentes superficies asegurando la base adecuada para posteriores etapas de completamiento; construcción de viviendas completas de inicio;

d- Equipamiento Social (Salas y dispositivos de generación inmediata para la atención sanitaria en la Pandemia, Escuelas, Jardines de Infantes, Aéreas Verdes, Recreación, Capacitación Juvenil, Deportes y Refugios de Mujeres que sufren Violencia de género, otros);

e- Generación de Centros de Producción de Elementos Constructivos, (ladrillerías, partes estructurales, carpinterías, herrerías, etc.);

f- Insumos y provisión de agua para la producción primaria en zonas rurales;

g- Mensuras, gestión y aprobación de la subdivisión del suelo, confección e inscripción de títulos y asistencia legal a los beneficiarios para la formalización de la tenencia de terrenos y la futura escrituración de nuevos lotes y/o unidades funcionales;

h- Construcción de mil (1.000) soluciones habitacionales para la Etapa Anual Inicial o la cantidad que determine el Poder Ejecutivo Provincial en la reglamentación;

i- Generación de cuatro mil (4.000) puestos de trabajo directos o la cantidad que determine el Poder Ejecutivo Provincial en la reglamentación (considerando solamente para el inciso h; este número aumentará sensiblemente con la planificación y ejecución de las obras descritas en los incisos a) a g). Asimismo, se generará una cantidad por lo menos similar de empleos indirectos al reactivarse de esta manera la industria de la construcción y sus variados proveedores de insumos.

j- Generación de trabajo para los sectores medios vinculados al asesoramiento, Proyecto y Dirección de Obras de construcción locales,  en particular jóvenes profesionales de disciplinas con relación al Hábitat, las y los arquitectos, las y los ingenieros, diseñadores, las y los maestros mayores de Obra, idóneos.

Artículo 7°.- La elaboración y ejecución del Programa Provincial “Tierra, Techo y Trabajo” estará a cargo del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV), o de organismo que determine el Poder Ejecutivo Provincial en la reglamentación, quién articulará con los Ministerios de Obras Públicas y Servicios Públicos, de Desarrollo Social y demás organismos provinciales y/o municipales que correspondan, con el objeto de vincular sinérgicamente los variados Planes y recursos económicos, humanos, técnicos y productivos de los mismos a los fines de la presente Ley.

Artículo 8°.- Se creará una “Mesa Intersectorial Consultiva” (Mesa) local en cada ciudad o jurisdicción donde se ejecuten las acciones estipuladas en el Programa, integrada por las autoridades provinciales y/o municipales, organizaciones sociales, cooperativas y PyMES, asociaciones profesionales involucradas en el programa a nivel local.

Artículo 9°.- La ejecución de las obras involucradas en el Programa procurará realizar las adaptaciones locales requeridas, respetando la mayor disponibilidad de materiales locales, adecuándose a las particularidades culturales de cada región (pueblos originarios, diferencias climáticas, etc.)

Artículo 10.- Articulando y complementando las normativas y diseños generales de las diferentes reparticiones estatales, se incluirán profesionales y otros actores mencionados en el inciso j) del artículo 6°,  residentes en cada localidad donde se realicen las obras, para la confección de los proyectos específicos y la dirección de obra de las mismas. Se deberá garantizar tanto en proyecto como en la dirección y organización de obra, el estricto cumplimiento de los protocolos generales y los que resulten necesarios al efecto, respecto de los cuidados en la presente pandemia CoVID-19. Para esto último, se articulará con Asociaciones, Colegios y demás organizaciones locales.

Se invitará a Universidad Nacional de La Pampa y a los Institutos Provinciales a la coordinación de Pasantías, que puedan ser parte de sus Currículas, para vincular la teoría con la práctica y la comunidad educativa docente, estudiantil y de investigadores, con las demandas de la realidad social más acuciante, que aporten al logro de los objetivos del programa.

Artículo 11°.- En la adquisición de bienes, materiales, servicios, suministros, locaciones, consultorías y alquileres, para la ejecución de las obras del Programa Provincial “Tierra, Techo y Trabajo”, tendrán prioridad las personas físicas o jurídicas a nivel local, que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa que regule el régimen general de licitaciones y contrataciones públicas.

Artículo 12.- La contratación de personal y/o asignación de las obras para la ejecución del Programa Provincial Tierra, Techo y Trabajo, deberá integrarse comenzando con las organizaciones sociales y población residente a nivel local.

Artículo 13.- Las obras que se ejecuten en cumplimiento de los objetivos del Programa Provincial Techo Tierra y Trabajo tendrán un plazo de inicio y  finalización que establecerá la Autoridad de Aplicación en la reglamentación.

El programa no podrá habilitar el inicio de ejecución de nuevas obras, encontrándose inconclusa alguna de las obras en las que hubiere operado el vencimiento del plazo para su finalización.

Artículo 14.- Invítase a las Municipalidades y Comisiones de Fomento a adherir a la presente ley.

Artículo 15.- De forma.

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