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Piden asistencia a mujeres en situación de calle: “a ningún funcionario de ninguna gestión le interesa”

22 abril, 2021
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Irma Santaillán usó la banca de la vecina para pedir el cumplimiento de la ordenanza 4477 que estableció el «Programa Integral para la Prevención, Asistencia y Oportunidades para el Desarrollo para Víctimas de Trata de Personas por Explotación Sexual y Prostitución»




“Estoy en situación de prostitución actual y estoy reclamando una ordenanza que no le interesa a nadie. Han pasado terribles cosas en la noche, cada vez son más las niñas violentadas, que exponen su cuerpo y soportan violencia de género”, dijo Irma Santillán al periodista de Radio Kermés, Mauro Monteiro.

“Con la ordenanza se pudieron haber evitado un montón de estas situaciones. Yo creo que no quieren trabajar las áreas, o están naturalizando tanto la cosas. No hace nada el área social ni la de género de la Municipalidad”, se quejó.

“En la noche pasa de todo. Descaderaron a una compañera, prendieron fuego a otra, las niñas son violentadas por la policía, están soportando a los prostituyentes, que todos saben que para soportarlos hay que drogarse”, dijo.

“La ordenanza establece un acompañamiento de 10 meses desde el área de género. Nadie acompaña, te dejan sola, te pueden asistir pero nada más. Una noche me salvan de la prostitución, pero después sigo siendo violentada y maltratada, Les pedimos acompañamiento para encontrar trabajo y poder salir”, agregó.

“Todas estamos esperando la oportunidad, empoderarnos, conseguir trabajo, no esperamos un príncipe azul. Queremos una oportunidad de trabajo, no comemos, no somos bichos”, aseveró.

“La respuesta de todas las gestiones ha sido la misa, ninguna hizo nada. He visto a niñas que las policía las lleva a los golpes, todo está funcionando mal. Les pedimos que como funcionarias hagan lo que tengan que hacer”, finalizó.

La ordenanza

El programa contempla que las víctimas puedan “participar en el diseño de políticas y de medidas necesarias para asegurar la protección y la asistencia de las victimas de los delitos de trata de personas y de explotación sexual”; organizar y desarrollar actividades de capacitación con el fin de favorecer la identificación de las posibles victimas y conocer las formas en que opera el crimen organizado nacional y transnacional relacionado con la trata de personas y la explotación sexual”; promover la realización de actividades de estudio, investigación y divulgación entre organismos e instituciones estatales y organizaciones no gubernamentales vinculadas a la protección, especialmente, en el marco de los derechos de niñas, niños, adolescentes y mujeres”.

También propicia “la integración de una red interinstitucional conformada por dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con despliegue de una acción interdisciplinaria y multisectorial que involucre a los diferentes niveles gubernamentales; “promover conciencia y acciones frente a la responsabilidad del «prostituyente» en la generación y sostenimiento de las actividades de trata de personas y explotación sexual”; facilitar la suscripción de Convenios con los poderes del Estado Provincial, con otras provincias, con la Nación y con otros municipios, así como con organismos públicos o privados, personas físicas y jurídicas, para la adopción de medidas destinadas a monitorear, prevenir y erradicar la trata de personas y la explotación sexual”.

Además que puedan “cooperar con las autoridades judiciales, migratorias y las fuerzas de seguridad y policiales con competencia especificas en la materia; “habilitar un Registro de Organizaciones no Gubernamentales cuyo objeto se relacione con la trata y tráfico de personas y la explotación sexual; “diseñar su propio Plan de Acción y someterlo a aprobación del Departamento Ejecutivo Municipal”.

Incluso se establece que “las personas que ingresen bajo el Programa podrán acceder a una asistencia económica mensual, de conformidad con lo previsto en el Componente 3 a) del Programa aprobado por el Artículo 1°, la que podrá ser variable y se establecerá de acuerdo con la personal situación social y psicofísica de la víctima, en un monto de hasta el equivalente a la categoría 16 de la ley 643, y estará exenta de la obligación de rendición prevista en la Ordenanza N° 3436/06. Esta asistencia económica mensual se extenderá por un periodo de seis (6) meses, renovable como máximo por un período similar, sujeto a evaluación del equipo profesional encargado del abordaje y acompañamiento de la persona bajo programa, de conformidad con los requisitos de ingreso y permanencia en el Programa que determine la reglamentación dispuesta por el Departamento Ejecutivo”.

 

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