El incumplimiento habilita el cobro de multas que oscilan entre los 2.000 y los 5.000 pesos ante la primera infracción. La Provincia se suma a la decisión del gobierno Nacional y exigirá a las personas mayores de 13 años que tengan el esquema completo de vacunación contra el coronavirus cada vez que asistan a actividades de riesgo de contagio masivo.
El Gobernador Sergio Ziliotto firmó el Decreto N° 4967 del 30 de diciembre de 2021 por el cual se aplicará en toda la provincia el “pase sanitario” para la asistencia a eventos masivos en La Pampa.
En el marco de la tercera ola de coronavirus, marcado por la prevalencia de las cepas Delta y Ómicron, el Gobierno Nacional tomó la medida para proteger la salud y evitar cierres de actividades económicas, tal como ocurrieron durante 2020 y parte de 2021.
En el texto avalado por el gabinete de Sergio Ziliotto se le que “Adhiérese la Provincia de La Pampa, en cuanto fuere materia de su competencia y con los alcances definidos en el presente Decreto, a las disposiciones de la Decisión Administrativa N° 1198/21 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que establece la necesidad de que toda persona que haya cumplido los trece (13) años de edad y que asista a las definidas como Actividades de Mayor Riesgo Epidemiológico y Sanitario enumeradas en el Anexo de la citada Decisión, o las que en el futuro se establezcan, deberá acreditar que posee un esquema de vacunación completo contra la COVID-19, aplicado al menos catorce (14) días corridos antes de la asistencia a la actividad o evento, exhibiéndolo ante el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación, y al momento previo de acceder a la entrada del evento o actividad”.
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En el artículo 2 agrega que “Determínase que la acreditación de contar con el esquema de vacunación completo será a través de la aplicación denominada «Cuidar» – Sistema de prevención y cuidado ciudadano contra la COVID-19 – apartado «Información de Salud» en su versión para dispositivos móviles, que podrá descargarse en forma gratuita de las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e i0S. Las personas que no pudieran acceder a la aplicación conforme establece el párrafo precedente podrán acreditarlo con certificado de vacunación contra la COVID-19 en soporte papel y/o formato digital, en el cual consten las dosis aplicadas y notificadas al Registro Federal de Vacunación Nominalizado (NOMIVAC), acompañado con el Documento Nacional de Identidad”.

“Establécese que los organizadores y/o titulares y/o responsables de las actividades sujetas a lo dispuesto en el presente decreto, tendrán a su cargo el control de la acreditación del esquema completo de vacunación, en los accesos a las mismas y de acuerdo a lo previsto en el presente.
Art. 4°: Establécese que el incumplimiento de las medidas establecidas en el presente, en el marco de las medidas generales de prevención y disposiciones contenidas en la normativa nacional y provincial y en los protocolos, podrá implicar la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 3242, sin perjuicio de dar intervención a la autoridad competente en el marco de lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”, añade.
Por último establece que “las autoridades municipales, en el marco de lo normado por el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 678/21 y artículo 6° de la Decisión Administrativa N° 1198/21, en coordinación con las autoridades competentes provinciales y nacionales, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar las medidas dispuestas en el presente”.
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Sanciones
El decreto establece que se aplicarán las sanciones previstas por la ley 3242 de incumplimiento de las medidas de prevención para evitar la propagación del coronavirus.
Allí se establecen sanciones económicas que van desde los 2 mil a los 5 mil pesos la primera vez que una persona es sorprendida violando las recomendaciones sanitarias.
En el caso de reincidencia se puede cobrar un 100 por ciento más, lo que lleva las multas de 4 mil a 10 mil pesos por persona.

