
El dispositivo de Educación reemplaza a los CAJ, CAI, SAI,SAJ, que se suman al sistema con propuestas pedagógicas diferentes a las del trayecto formal y obligatorio
Mediante el decreto Nº 2766 del 25 de julio, que sustituye el artículo 32 del Decreto N° 1245/22, se estableció que desde el 1 de agosto de 2022, se autoriza a “la Dirección General de Planeamiento, con la aprobación previa del Ministro de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 37.325) por cada persona que se contrate para prestar servicios en el marco del Programa Provincial «Vértice Educativo creado por Ley N° 3149″”.
Además en el nuevo artículo 2 se lee: “Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa «Vértice Educativo», percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será abonado mensualmente a partir de agosto de 2022, por los montos que seguidamente se determinan y de acuerdo a la función: Educador Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS QUINCE ($ 28.615). Director Responsable Territorial: PESOS DIECISIETE
MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 17.920). Tallerista: PESOS CATORCE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS ($ 14.186)”.

