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Denuncian a dos fiscales generales y a un perito de la Agencia de Investigación Cientifica

16 agosto, 2022
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Integrantes del Superior Tribunal de Justicia.

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa tiene en su poder una denuncia contra los fiscales Generales Máximo Paulucci, Guillermo Sancho y la fiscala María Cecilia Molinari por incumplimiento de los deberes de funcionario público y estafa procesal, que se habrían cometido al “encubrir” una “pericia falsa” e influir en las decisiones del juez de control Néstor Daniel Ralli y el de ejecución de Primera Instancia de Concurso y Quiebras, Evelio Santamarina.




Además, la FIA encomendó la apertura de un sumario al perito de la Agencia de Investigación Criminal, Juan José Fernández, a quien se le apunta por “falso testimonio agravado; incumplimiento de los deberes de funcionario público y violación de la ley de propiedad intelectual (plagio)”

El abogado Santiago Giuliano presentó la denuncia en la Fiscalía de Investigaciones Administrativas luego de ser sobreseído en una causa en la que también fue imputado y sobreseído José Miguel Ochoteco, por una supuesta estafa con un pagaré a una mujer.

En base a la pericia que se denuncia como falsa, fue allanado, le intervinieron el teléfono y fue expuesto de manera pública. Frente a la presentación, la FIA recomendó un sumario a Fernández y remitió al Superior Tribunal de Justicia la parte de los fiscales. Plan B pudo saber que se encuentra en secreto de sumario en la Sala B del máximo tribunal.

Parte de la pericia desestimada por «plagio».

“Delincuente al servicio del estado”

En el escrito al que accedió Plan B, el denunciante asegura que “Fernández es un delincuente al servicio de funcionarios públicos del estado (…) del actual ministerio de seguridad y ministerio público fiscal” a quien acusa de no tener “ningún tipo de reparos en falsear un informe pericial para que un ciudadano inocente sea imputado y luego formalizado”

Para el denunciante, el “accionar de Fernández no puede entenderse si no se encuentra garantizado con la impunidad que le puede brindar la figura de un protector”, en alusión a fiscales generales.

Giuliano denunció “el plagio” y “la pericia falsa” durante el proceso judicial al que fue sometido, pero el recurso fue desestimado por los fiscales. Luego, los propios fiscales lo desestimarían. Pero el daño estaba hecho.

El denunciante expuso los motivos por los cuales denunció a Fernández, y que fueron adelantados por Plan B, donde se informó que la defensa de los abogados José Miguel Ochoteco y Alberto Santiago Giuliano estableció que había partes copiadas sin citar al verdadero autor y que se hizo sin los elementos técnicos para verificar la veracidad o no de la escritura en los documentos que formaban parte sustancial de la prueba en su contra.

Al detectar las falencias en el trabajo pericial, por el cual fueron formalizados, representados por el abogado Juan Resia, encomendaron una pericia de parte que realizó Federico Rubén Rindlisbacher, Calígrafo Público Nacional, titular de Laboratorio Pericial Rindlisbacher & Asociados, y destacado docente en la materia de investigación criminal.

El nuevo perito, luego de analizar la prueba, señaló que Fernández en distintos puntos del informe oficial “ha empleado palabras, oraciones, frases que corresponden a otros autores, sin que haya hecho mención de los mismos, ni de sus obras literarias, describiéndolas como fuente de su informe” lo también puede ser entendido como que se apropió “de obras literarias ajenas” que se considera una violación de la ley de Propiedad intelectual 11.723.

Con eso se lo acusó al perito oficial de copiar el concepto de “Escritura” de un módulo de estudio del estudiante universitario Francisco Catalán en el sitio web https://www.academia.edu

En una parte mencionan la copia de un sitio donde estudiantes suben sus trabajos. En este caso, según la defensa, habría sacado la parte en la que afirma que “el grafismo resulta de una serie de movimientos registrados a través de los trazos, que acaban por adquirir aspecto, o lo que es lo mismo, forma o configuración. El estudio de dichos movimientos o gestos gráficos es, en síntesis, el examen del trazo o grama, pues viendo lo que aconteció con el trazo en su desenvolvimiento, estarían revelados los movimientos ejecutados por el hombre en la producción de ese facsímiile gráfico, pudiendo aún, desarrollar una observación parcelada de cada uno de los rasgos, en su configuración adquirida”, de un libro de la materia, según se lee en la presentación que hizo Resia en favor de sus defendidos.

“Dicho párrafo, indicado como propio por el Lic. Of. Principal Juan José FERNANDEZ, surge del uso indebido de la Obra literaria de José Del Picchia (Hijo) y Celso Mauro Ribeiro Del Picchia en su libro “Tratado de Documentoscopía. La falsedad documental”, páginas (página 117) y de la tesis de María Laura Parigi, estudiante de la carrera de Lic. en Criminología de la Facultad de Psicología, Universidad de Aconcagua – Mendoza del año 2012, página 16 y 17, publicada en internet en el sitio http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/347/tesis-4326-nalisis.pdf, obras que no fue citada en la pericia realizada”, específica.

La defensa consideró a la pericia un “agravio” que pone en peligro el derecho a defensa, ya que gran parte de la acusación se basa en “la utilización de una pericia que padece vicios técnicos específicos de la materia”, por lo que solicitaron una nueva pericia que fuera realizada por “un nuevo cuerpo de peritos, más precisamente al cuerpo de peritos oficiales de la Corte Suprema de Justicia de La Nación”.

La defensa necesitaba una pericia veraz “para elaborar un acabado y pormenorizado informe scopométrico que permita dilucidar si se presentan o no irregularidades en la antigüedad absoluta y relativa de la confección del ‘pagaré’ cuestionado”.

Integrantes del Superior Tribunal de Justicia.

Exposición

En la denuncia presentada primero en la FIA y luego remitida al STJ, Giuliano relata los hechos y señala que logró que Pauluci, Sancho y Molinari ordenaran otra pericia porque “habían quedado demasiado expuestos respecto del fraude procesal que cometieron, es decir que el mismo no tuvo como fin arribar a la verdad de los hechos, sino encubrir elegantemente su propio accionar”.

Mencionó que ese accionar del MPF “se tradujo en un costo dinerario para las arcas del estado provincial, cuando esa pericia, en caso de no haberse opuesto oportunamente, se podría haber realizado a un bajo costo o sin costos por el cuerpo de peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, situación que conlleva el agravante de haber transcurrido cuando nos encontrábamos en plena pandemia y el Estado Provincial realizaba malabares con sus finanzas para poder afrontar la misma”.

Asegura que los fiscales“tenían conocimiento desde un principio de la falsedad realizada por Fernández” y consideró que “deberían haber desechado la pericia cuando el pseudo perito se excedió en los puntos que eran objeto del estudio encomendado”.

Frente a esos hechos es que Giuliano denuncia que los fiscales indujeron a los jueces Ralli y Santamarina a formalizar a imputados “en perjuicio del suscrito (…) no quedando dudas del fraude procesal cometido”.

Antes de presentar la prueba que acompaña sus dichos, Santiago Giuliano postula por qué cree que fue motivo de una investigación.

Se pregunta si hubo malestar por sus denuncias públicas sobre el costo del asfalto en Trenel con comparación en Santa Rosa, el de Santa Rosa con San Luis; “la preadjudicación de una casa del ARA San Juan a un integrante de la banda narco que fuera desarmada por la operación ‘Pino Verde’; la quiebra del Frigorífico General Acha y hasta la cena del día del amigo, donde funcionarios judiciales violaron la cuarentena para compartir una cena con el empresario Ruiz Pérez, interesado en comparar el frigorífico”.

Por el secreto de sumario no se conoce el resultado de la intervención del STJ, pero ya se habría consultado a otro fiscal general para que emita su opinión.

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